En el marco del inicio del segundo año de la LXIV Legislatura se han detectado omisiones legislativas absolutas con hasta 7 años de retraso, refiere un análisis del Instituto Belisario Domínguez.
La inactividad de los legisladores no sólo constituye un problema jurídico y constitucional, sino también social y político, ya que se abona la pérdida de credibilidad y confianza en el Poder Legislativo, indica la nota estratégica Omisiones legislativas del Congreso de la Unión: deudas normativas vigentes.
Dichas omisiones, agrega, vulneran un mandato supremo expreso establecido en las reformas constitucionales o bien aquellas decisiones legislativas que el Congreso ha postergado a pesar de que las leyes vigentes han resultado deficientes y tienen efectos vinculatorios y repercusiones prácticas en los derechos y obligaciones de las personas, en el manejo de la economía, en la forma de gobierno y en casi cualquier aspecto de la vida.
Hasta el 24 de septiembre de 2019, las dos cámaras acumulan leyes reglamentarias pendientes de reformas constitucionales en materia de derechos humanos, catastros municipales, reforma política de la Ciudad de México, registros civiles, justicia cívica e itinerante, código único en materia procesal civil y familiar y prisión preventiva oficiosa.
Ley reglamentaria en materia de suspensión del ejercicio de los derechos y garantías.
Ley reglamentaria en materia de expulsión se extranjeros, ambas con fecha de vencimiento al 11 de junio de 2012, retraso acumulado 7 años.
Ley general de registros públicos inmobiliarios y catastros municipales fecha de vencimiento 27 de junio de 2013, retraso acumulado 6 años.
Ley general que armonice y homologue la organización y el funcionamiento de los registros civiles.
Ley general en materia de justicia cívica e itinerante ambas con fecha de vencimiento al 3 de agosto de 2017, retraso acumulado 2 años.
Leyes que establezcan las bases para la coordinación entre los poderes federales y los poderes locales de la Ciudad de México.
Ley general de mecanismo de coordinación administrativa en materia de planeación del desarrollo y ejecución de acciones regionales para la prestación de servicios públicos, ambas con fecha de vencimiento al 17 de septiembre de 2018, retraso acumulado 1 años.
Código único en materia procesal civil y familiar con fecha de vencimiento al 14 de marzo de 2018, retraso acumulado 1 años.
Adecuaciones normativas en materia de prisión preventiva oficiosa, fecha de vencimiento 11 de julio de 2019, retraso acumulado 2 meses.
Por otro lado, el análisis indica que otras normativas que se saben necesarias pero se han aplazado por falta de acuerdos y costo político son:
Una reforma fiscal que incremente la recaudación del Estado para cumplir de manera más eficaz con sus funciones.
Una reforma al sistema de pensiones para garantizar un ingreso digno a los trabajadores luego de su retiro.
La expedición de un Código Penal Único que homologue las sanciones penales en todo el territorio nacional.
Las omisiones siempre son producto de la voluntad del legislador e infringe directamente el principio de supremacía constitucional, destacó el Instituto Belisario Domínguez
El Instituto sugirió que entre las causas de estos retrasos destacan la pérdida de vigencia del tema que merma no sólo el interés de los legisladores sino también de la sociedad, la invisibilidad de los problemas ya que al tratarse de situaciones extremas que no están ocurriendo no se traducen en un problema concreto y no existen incentivos para retomar el tema en el Poder Legislativo, la afectación de grupos de interés (al imponer derechos y obligaciones, las leyes pueden generar resistencia de grupos afectados), el costo político de las normas, y la inexistencia de sanciones para la inactividad legislativa. Estas causas se refuerzan entre sí y detienen el avance de la legislación.
El Instituto recalcó que las omisiones de la LXIV Legislatura también se pueden deber al desconocimiento, ya que no todos los legisladores tienen informacón de las leyes que se encuentran pendientes, derivadas de las reformas constitucionales aprobadas por la Legislatura anterior.
Indra Cirigo
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