El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) informó que, por mayoría, aprobó la cancelación del registro como candidatos en Guerrero a los ciudadanos Félix Salgado Macedonio, Pablo Amílcar Sandoval Ballesteros, Yair García Delgado, José Fernando Lacunza Sotelo, Luis Walton Aburto, así como a la candidata Adela Román Ocampo.
Según el INE, las anulaciones se deben a que supuestamente omitieron presentar informes de ingresos y gastos de precampaña, a pesar de que la Unidad Técnica de Fiscalización detectó diversos actos y mensajes que debieron ser reportados.
En un comunicado, señaló que por ello impone una multa por 6 millones 573 mil 391.97 pesos al partido Morena, “por la omisión en la presentación de los informes de ingresos y gastos de sus precandidatos”.
La consejera Adriana Favela Herrera, presidenta de la Comisión de Fiscalización, aseguró que a pesar de que Morena rechazó tener precandidatos y periodo de precampañas, la autoridad electoral determinó lo contrario, por lo que en el caso de los ciudadanos sancionados se actualiza el precepto previsto en la norma que los obliga a la presentación de los informes correspondientes.
“Cualquier persona que aspira a una candidatura tiene que presentar un informe de precampaña, obviamente también tiene una circunstancia complicada porque tendría que tener los accesos a los distintos sistemas para el reporte es el partido político, pero si el partido político asume que no tenían precampaña y no da acceso a esos sistemas, pues entonces las personas no logran rendir el informe”.
Por su parte el consejero Jaime Rivera Velázquez dijo que “los elementos son bastante claros”, y para la Comisión de Fiscalización quedó demostrado tanto documentalmente, como con múltiples pruebas técnicas y de hechos, así como declaraciones de los involucrados, que diversos actores políticos y militantes de Morena se asumieron como precandidatos a la gubernatura de Guerrero y actuaron como tales.
Al respecto, la consejera Carla Humphrey Jordan indicó: “nosotros no somos jueces constitucionales para dejar de aplicar la ley, dejar de aplicar la sanción o la consecuencia jurídica que está establecida claramente en la ley”. Y agregó que el Tribunal Electoral del Poder judicial de la Federación estableció que todo acto orientado a la obtención de alguna candidatura debe ser considerado como precampaña, independientemente de la denominación que se le dé. No obstante, reconoció que “la sanción puede sonar, ser o parecer desproporcionada”.
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