A más de 1 año de que las autoridades mexicanas retuvieran el barco de carga de bandera norcoreana, la tripulación ha regresado a su país y el buque se oxida en el puerto de Tuxpan, Veracruz. El Panel de Expertos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) no ha podido comprobar que éste sea propiedad de la Ocean Maritime Management Limited Company (OMM), por lo que la legalidad de la retención que hiciera el gobierno de México se encuentra en entredicho.
El 14 de julio de 2014, el barco de carga Mu Du Bong (IMO 8328197) de pabellón de la República Popular Democrática de Corea zarpó del puerto de La Habana, Cuba, con dirección a Tuxpan, Veracruz, México. Cerca de la costa mexicana la nave colisionó con el arrecife de Tuxpan-Lobos y encalló. La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), ante el llamado de la embajada norcoreana en México, procedió a desencallarlo y asegurar su cabotaje hasta el puerto tuxpeño, donde llegó el 26 de julio.
Mientras que las autoridades veracruzanas multaron al capitán del barco O Chun Il por los daños ecológicos en un área de 13 kilómetros de arrecife de la zona Tuxpan-Lobos y detectaron la falta de cobertura de seguro por el mismo, el Consejo de Seguridad emitía una nueva resolución de sanciones en contra de la nación asiática, en la que figuraría la OMM, a la cual se le adjudicaba, entre otras embarcaciones, la propiedad del barco de carga Mu Du Bong.
En consecuencia, al arribar en el puerto veracruzano se decretó su detención indefinida, en virtud de las obligaciones internacionales de México ante la ONU y, en particular, a las resoluciones emitidas por el Consejo de Seguridad y su Panel de Expertos 1718 (2009), por presuntamente ser propiedad de la empresa OMM con sede en Pionyang, capital de la República Popular Democrática de Corea, la cual esta sancionada por dicho Panel del Consejo de Seguridad.
En 2013, el barco de carga Chong Chong Gang fue interceptado en su paso por el Canal de Panamá con armas escondidas debajo de una carga de azúcar proveniente de Cuba, la empresa propietaria de la embarcación era OMM. A raíz de estos sucesos, en el informe del Panel de Expertos S/2015/131, en el capítulo VIII, sección A, apartado 125, menciona que “el 28 de julio de 2014, el Comité decidió que se aplicasen sanciones selectivas a OMM sobre la base de las recomendaciones del Grupo y varios Estados miembros. Esa sociedad fue esencial para organizar el envío de armas y material conexo ocultos a bordo del buque Chong Chong Gang de Cuba a la República Popular Democrática de Corea en julio de 2013”.
En consecuencia, “los Estados miembros están obligados a congelar inmediatamente los activos y recursos económicos que sean de propiedad o estén bajo control de OMM o de cualquier persona o entidad que trabaje para ella o que la ayude a evadir las sanciones. El Grupo considera que se entiende que los términos ‘activos’ y ‘recursos’ incluyen activos de todo tipo, entre ellos buques […] que sean de propiedad o estén bajo [su] control”, como consta en el informe S/2015/131 en el capítulo VIII de la sección A, del apartado 133.
En lo específico del navío Mu Du Bong, en el apartado 134 del mismo capítulo, informa que “desde el 28 de julio de 2014 hasta el momento […] 12 de los 14 buques asociados con la OMM […] estuvieron en puertos de países extranjeros o los visitaron o fueron vistos cerca de ellos. […] El Grupo considera que esos buques deben ser congelados inmediatamente por los Estados miembros pertinentes de conformidad con lo dispuesto en las resoluciones. El Grupo no tiene conocimiento de que ningún Estado miembro haya congelado buques controlados por OMM. Por lo que se refiere al Mu Du Bong, en el momento de presentar este informe, el buque seguía retenido por las autoridades mexicanas. […] El Grupo comunicó a las autoridades mexicanas su opinión de que el Mu Du Bong era un activo de OMM. Las autoridades indicaron al Grupo que tenían la intención de esperar hasta la publicación del informe para adoptar una decisión”.
El seguimiento de las sanciones de la ONU, que formalmente son vinculantes para todos los Estados miembros, no siempre se ve reflejado en la realidad. En entrevista con Contralínea, el especialista en asuntos norcoreanos de NK News, Leo Byrne, señala que “China y Rusia son típicamente laxas cuando se trata de navíos de OMM, pero [también] Corea del Norte ha sido adepta de evadir tales medidas. Mientras que el hecho de renombrar, cambiar la bandera y transferir la propiedad de buques, posiblemente les dé la posibilidad a países no interesados en crear disputas diplomáticas el margen para dejar pasar a los navíos de OMM”.
El 23 de febrero de 2015 fue emitido el reporte S/2015/131, que argumentaba la presunta pertenencia (aún pendiente de confirmarse en el seno del Panel mismo). En julio de 2014, la destrucción a través de 13 kilómetros de arrecife conllevó a que las autoridades ambientales mexicanas (en específico, la Profepa) multaran al capitán O Chun Il por omisión, al navegar en la zona del arrecife de Tuxpan-Lobos.
La falta de cobertura por parte de una aseguradora internacional fue inicialmente el impedimento para su liberación inmediata. El representante de la compañía propietaria cubrió los gastos oportunamente. En paralelo, el Departamento del Tesoro de Estados Unidos emitió un reporte que, al igual que el organismo supranacional, adjudicaba el barco a la propiedad de la Ocean Maritime Management. En virtud de estos dos documentos, el gobierno mexicano retuvo el barco y a sus 33 tripulantes por tiempo indefinido en el puerto de Tuxpan.
Desde su misión permanente ante la ONU, el representante de la República Popular Democrática de Corea, An Myong Hun, reiteró en conferencia de prensa el 8 de abril pasado que “no hay razones ni fundamentos para detener [la embarcación Mu Du Bong] en el contexto de la ley internacional o de la ley nacional de México. Mu Du Bong es una embarcación pacífica, mercante y no ha transportado cargamentos prohibidos por la ley o regulaciones internacionales. Además ya hemos pagado íntegramente las compensaciones a las autoridades mexicanas de acuerdo con la ley nacional vigente. Mu Du Bong está detenido por la fuerza […]. La detención del Mu Du Bong es una violación flagrante de la soberanía de Corea del Norte. […]. Tomaremos las medidas necesarias para que el barco se vaya de inmediato”.
En septiembre de 2014, una comisión del Panel de Expertos había visitado la embarcación norcoreana. No obstante, este último sigue sin emitir un veredicto formal al respecto. Esto consta en el comunicado de prensa 185 de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), que data del 9 de abril de 2015 y admite lo siguiente: “El 14 de julio de 2014, el buque Mu Du Bong encalló en el Área Natural Protegida Sistema Arrecifal Lobos-Tux- pan, en Veracruz, provocando graves daños ambientales. Por esta razón, dicho buque fue inmediatamente inspeccionado por las autoridades nacionales competentes, quienes determinaron que se debía reparar el daño y pagar las multas que entonces fueron fijadas. El 3 de diciembre de 2014 se realizó el pago correspondiente”. Más adelante declara, además, que “en forma casi simultánea, el Consejo de Seguridad de la ONU notificó al gobierno mexicano que había indicios de que el buque pertenecía a una empresa incluida en la lista de personas y entidades de la República Popular Democrática de Corea que se encuentra bajo un régimen amplio de sanciones de dicho Consejo desde 2006 […].
“El Consejo de Seguridad no ha concluido el análisis del caso, por lo que, en acatamiento de las obligaciones que le impone la Carta de las Naciones Unidas, México no puede autorizar el despacho del buque. Las decisiones del Consejo de Seguridad son obligatorias para todos los Estados miembros de la Organización de las Naciones Unidas y, en su actuación, el Consejo lo hace en nombre de todos los Estados miembros.”
En el caso del Mu Du Bong, éste iba vacío de toda carga que declarar a las aduanas mexicanas. En este sentido, el investigador de NK News, Leo Byrne, afirma que “las resoluciones de la ONU no dependen de su cargamento. La problemática es que un buque de OMM ha sido encontrado al llevar de contrabando armas a través del Canal de Panamá, y como tal es una empresa que ha demostrado su involucramiento en actividades ilícitas”.
Entrevistada por Contralínea, la senadora perredista Luz María Beristain Navarrete, integrante de la Comisión de Relaciones Exteriores del Senado de la República, sostiene: “En el tema de la propiedad del barco y de acuerdo con la información que el Panel de Expertos del Consejo de Seguridad emitió en un informe sobre el buque, se confirmó que éste es propiedad de la empresa OMM. Sin embargo, también está la versión del representante de Corea del Norte ante la ONU, quien ha hecho saber que el buque no tiene ningún vínculo con la empresa OMM. Por eso se ha acusado que el buque está retenido ilegalmente en México. […] En su caso, corresponderá a Corea del Norte refutar la decisión del Panel de Expertos y deberá canalizarse al Consejo de Seguridad.”.
La embarcación Mu Du Bong fue, según el reporte del Panel de Expertos S/2015/131, registrada bajo la propiedad de Mu Du Bong Shipping, Ltd (IMO 5435991), la cual está identificada por el Panel como subsidiaria de OMM, además que comparte la dirección postal, el número de teléfono y correo electrónico de OMM. Además que en el Anexo 15, Sección A) identifica al buque como asociado a OMM, mas no figura como propiedad per se de dicha empresa.
Una vez desencallado del arrecife, el barco Mu Du Bong arribó al puerto veracruzano el 26 de julio de 2014, la permanencia de 33 tripulantes a bordo fue rápidamente un tema pertinente por las autoridades locales. En primer lugar se dijo que estarían hospedados en un hotel tuxpeño, pero esto fue desmentido enseguida por fuentes de la Secretaría de Relaciones Exteriores. Parece, por lo tanto, que los marinos asiáticos se habrían hospedado a bordo de la misma embarcación.
Para abril de 2015, la estadía legal de la tripulación del barco se encontraba a punto de caducar, dejando la puerta abierta para su expulsión del país. Sin embargo, fue solicitada una visa humanitaria al INM para que pudiera permanecer al frente de la embarcación. Las autoridades migratorias habrían optado por extender la estadía legal hasta nueva orden, en vistas de resolver la demanda de visa humanitaria en curso.
El INM también responde a Contralínea que “con relación a la situación migratoria de los 33 marinos de nacionalidad norcoreana de la embarcación Mu Du Bong, se indica que a los mismos les fue otorgado el retorno asistido a su país de origen de conformidad al artículo 118 de la Ley de Migración, razón por la cual ya abandonaron territorio nacional”. El INM, en este sentido, se remite a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF), que en el artículo 84 indica que “son atribuciones de la Dirección General de Control y Verificación Migratoria: II. Sustanciar y resolver los procedimientos administrativos migratorios de extranjeros presentados, así como de aquellos que opten por el beneficio del retorno asistido, de conformidad con la Ley de Migración y demás disposiciones jurídicas aplicables”.
Finalmente se concretó la repatriación de una primera parte de la tripulación el 9 de abril, con la salida de dos grupos de 10 miembros, que fueron trasladados a la Ciudad de México, y por vía aérea hacia su país, por lo que quedó pendiente de seguir el mismo procedimiento un grupo de 13 personas. El 14 de julio de 2015, a 1 año de su retención, el grupo restante fue a su vez repatriado a Corea del Norte, con lo que se dejó la embarcación sin tripulación alguna. En vistas de tal situación, difícilmente se podría encarar la posibilidad de volver a zarpar a corto plazo, cuando para las dimensiones del mismo se requerirían, al menos, de 21 marinos.
En el cuarto párrafo del comunicado de prensa 185 de la Secretaría de Relaciones Exteriores, del 9 de abril de 2015, se estipula que “desde el encallamiento del buque Mu Du Bong, el gobierno de México ha velado por las condiciones de la tripulación, integrada por 33 nacionales norcoreanos, la cual se encuentra gozando de libre tránsito y a la que no se ha fincado cargo alguno”.
Pero de la embarcación, ni las visitas oficiales de los expertos del Panel 1718 ni las tratativas bilaterales entre Pionyang y México han podido destrabar el nudo gordiano. Este Panel dice tener pruebas fehacientes de su vínculo con la OMM, al menos de acuerdo con el reporte S/2015/131 del 23 de febrero de 2015.
Las investigaciones emprendidas por los autores del reporte preliminar del Panel de Expertos no deja ver una constatación definitiva. El abogado Joshua Stanton, en entrevista con Contralínea, afirma que “hay claridad [de la propiedad] de acuerdo con la ONU. Entonces la ONU nombra un Panel de Expertos para investigar violaciones a las resoluciones, y cada 6 u 8 meses redactarían un reporte. […] Los reportes concluyen que el Mu Du Bong es propiedad de Ocean Maritime Management a través de empresas fantasmas. Estas empresas fantasmas son esencialmente falsas, puestas en pie con el único propósito de esconder quién es el verdadero propietario. Entonces, dado que la embarcación es propiedad de OMM, y dado que OMM ha sido señalada por la ONU, los Estados miembros, incluyendo México, tienen la obligación de detener la embarcación, de bloquearla y de impedirle su traslado”.
En este sentido, los investigadores del Panel se mueven entre la hipótesis de una vinculación no enteramente corroborada y la sospecha de evasión de sanciones por parte de la República Popular Democrática de Corea. A nivel internacional, existe una práctica común en el mundo marítimo donde se hace diferencia entre el propietario, el operador y el representante. En tal medida puede incluso darse el caso de que el pabellón exhibido no sea el mismo que el de la empresa propietaria.
El reporte del Panel de Expertos S/2015/131, fechado el 23 de febrero 2015, cita en la introducción: “El Panel ha adquirido conocimiento en las técnicas para evadir las sanciones mediante la investigación de la red de Ocean Maritime Management Company Limited, designado por el Comité el 28 de julio de 2014. La red de la compañía opera en Asia, Europa, Suramérica y Oriente Medio. Utiliza un abanico de técnicas, incluyendo empresas ficticias, intermediarios extranjeros y métodos de pago indirectos para opacar la naturaleza de su negocio y disociar las transacciones financieras de la logística. Desde su designación, OMM ha renombrado y vuelto a registrar la mayoría de sus embarcaciones, que continúan sus operaciones en la región y en el extranjero pese al hecho que sus recursos económicos están sujetos a la congelación de bienes”.
El bloguero Joshua Stanton, del sitio One Free Korea, en entrevista con Contralínea, afirma que “el problema de esto es que varios Estados miembros no los llevan a cabo muy bien, y China, en particular, que es el socio comercial mayor de Corea del Norte, vota las resoluciones pero simplemente las ignora. Continúan permitiendo la salida y entrada de armas de Corea del Norte, permiten a Corea del Norte vender armas a través de puertos chinos, a través de espacio aéreo chino […]. Y tampoco los rusos han cumplido con ello demasiado. Recientemente esto ha empeorado. En Europa la imagen es más dividida, algunos países han seguido estas sanciones, Suiza ha demostrado un pésimo trabajo, pero en el Reino Unido, por ejemplo, se encontró que vendía yates a Corea del Norte. Se ha descubierto que los alemanes y otros países periódicamente han vendido productos de lujo. Los suizos han permitido todo tipo de transacciones bancarias”.
El cumplimiento de las sanciones parece ser por lo tanto una cuestión de doble rasero.
Agrega el analista Joshua Stanton que “las sanciones afirman que solamente ciertas actividades son sancionadas: venta de armas, productos de lujo, armas de destrucción masiva. Sin embargo, las sanciones dicen que no deberían ser aplicadas de forma que perjudique a la población, en el sentido que impida los programas humanitarios. Pero al mismo tiempo todo lavado de dinero requiere comercio lícito para enmascarar el comercio ilícito. […]. Las sanciones también reconocen eso, por ejemplo, cuando Corea del Norte abre nuevas sucursales de bancos, o pide un puerto para comerciar, los países tienen la obligación de hacer auditorías de esas transacciones norcoreanas.”
En este sentido, la resolución S/RES/2207
(2015) del Consejo de Seguridad de la ONU, en el artículo 5: “Insta a todos los Estados, los órganos competentes de la ONU y otras partes interesadas a que cooperen plenamente con el Comité establecido en virtud de la resolución 1718 [2006], 1874 [2009], 2087 [2013] y 2094 [2013]”. La senadora Luz María Beristain sostiene en este contexto que “el grupo de expertos deliberó que este buque pertenece a la empresa OMM, que hasta donde se tiene conocimiento no ha cumplido con las sanciones del Consejo de Seguridad. Mientras la investigación siga en curso, y a petición del Panel de Expertos del Consejo de Seguridad, nuestro país tiene la obligación de mantener el buque donde se encuentra”.
Para la realización de este trabajo, Contralínea solicitó entrevista con el capitán del Puerto de Tuxpán, Veracruz, Alberto Antonio Orozco Peredo, quien afirmó que “no [tiene] autorización para hablar sobre el tema, […] no [puede] dar entrevistas”. También se solicitó entrevista con el comisionado del Instituto Nacional de Migración, AdelioVargas Fosado, a través de su asistente María Carmen Rodríguez. Y se contactó al licenciado Arturo Ignacio Tornel Moreno, director de Información Nacional de la Dirección General de Comunicación Social de la Secretaría de Relaciones Exteriores, con quien se tuvo comunicación hasta el cierre de edición, sin que se pudiera concretar una entrevista. La embajada de la República Popular Democrática de Corea ante México, por su lado, declinó todo comentario o entrevista al respecto.
Axel Plasa, @axel_contra
[BLOQUE: INVESTIGACIÓN] [SECCIÓN: LÍNEA GLOBAL]
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Contralínea 456 / del 28 de Septiembre al 04 de Octubre 2015
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