Suprema Corte discutirá caso de acuífero maya en riesgo por mega granja porcícola en Yucatán

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El caso de la mega granja porcícola en el pueblo de Homún, Yucatán, que pone en peligro el acuífero maya será discutido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). El asunto fue atraído por el máximo tribunal del país en agosto de 2019.

Organizaciones civiles indicaron que la SCJN tiene la posibilidad de generar nuevos criterios sobre las precauciones ambientales, establecer lineamientos que se tomen como base en el derecho ambiental nacional y que protejan la salud de la población bajo estándares internacionales de derechos humanos.

En conferencia de prensa, representantes del pueblo maya de Homún, Greenpeace, Indignación, Promoción y Defensa de los Derechos Humanos y Fundar explicaron que, desde finales de 2016, se instaló en Homún una mega granja de Producción Alimentaria Porcícola del Grupo Porcícola Mexicano (PAPO).

Desde entonces la granja ha violado reiteradamente los derechos indígenas y humanos del pueblo maya, denunciaron. Pese a ello, advirtieron, la Secretaría de Desarrollo Sustentable local aprobó la manifestación de impacto ambiental (MIA) que enunciaba una capacidad de 50 mil cerdos, sin tener el plan de manejo integral.

Lourdes Medina ­–abogada de Indignación– mencionó que desde 2017 el gobierno [tanto a nivel local como federal] comenzó a emitir permisos para la construcción de la mega granja.

En consecuencia, ­el mismo año el pueblo de Homún se organizó y conformó Kanas Ts’ono’ot [guardianes de los cenotes] para defender su territorio. Aunado a esto, en 2018 un colectivo de niños junto con sus representantes legales demandaron a la granja PAPO exigiendo el derecho de la infancia a la salud, vida digna, al agua, a la autonomía y a un ambiente sano. Con ello, se logró la suspensión del funcionamiento de la granja por parte del Poder Judicial.

En agosto de 2019 el caso fue atraído por la SCJN. Al respecto Lourdes Medina  comentó que la Suprema Corte tiene ahora la oportunidad de fijar un parámetro de aplicación del principio precautorio a nivel nacional para evitar cualquier daño ambiental.

Además, aseguró que uno de los criterios que ocupó la juez fue que no había existido consulta indígena previa, “ni se había otorgado el consentimiento por parte de la comunidad para la instalación de este mega proyecto”.

Finalmente, Lourdes Medina afirmó que con la atracción de este caso, la SCJN “reconoce a los pueblos indígenas, al pueblo maya de Homún como un sujeto de derechos que puede proteger sus recursos naturales y decidir sobre su territorio”.

Nayeli Escalona

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