En temas de seguridad social como el caso de las pensiones, los gobiernos neoliberales abandonaron la obligación del Estado de garantizar el derecho a una vejez digna a millones de mexicanos tras el desplazamiento del sistema solidario al de cuentas individuales mediante las Administradoras de Fondos de Retiro (Afores), que se convirtieron en un redituable negocio para los banqueros a costa del ahorro de la clase trabajadora.
Como lo establecimos en la anterior entrega, los diputados que votaron en diciembre de 2020 a favor de la iniciativa que reformó, adicionó y derogó buena parte del contenido de la Ley del Seguro Social y de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, no valoraron que lejos de implicar un beneficio a los futuros jubilados, su aprobación no resolvía de fondo el irresponsable manejo que por casi dos décadas han hecho los grupos financieros de los multimillonarios recursos puestos en sus manos en el gobierno de Ernesto Zedillo.
Desde su entrada en vigor a la fecha, tanto las Afores como los distintos gobiernos federales, no han informado a detalle en qué se han invertido en todos estos años los ahorros de los trabajadores y en qué medida esto ha ayudado al desarrollo del país, como tampoco han explicado el porqué de las crecientes minusvalías (pérdidas), contras la que nada pueden los titulares de los casi 70 millones de cuentas individuales registradas por la Comisión Nacional de Ahorro para el Retiro (Consar).
Igual criterio prevaleció en el 2005 cuando se reformó la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) para sumar a los trabajadores del apartado “B” al sistema de cuentas individuales. En esos años, los dirigentes de las centrales burocráticas celebraron el cambio aduciendo que con ello se fortalecerían los proyectos nacionales de infraestructura. Años más tarde, en uno de los peores excesos permitidos por los representantes de centrales charras como la Confederación de Trabajadores de México (CTM) ante el Instituto del Fondo Nacional de Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), se dio la apertura para que también los recursos acumulados por concepto de vivienda, pudieran ser invertidos en firmas como Oro Negro que fueron a la quiebra sin que hasta el momento nadie haya respondido por tal quebranto.
En nuestro país se ha pasado por alto el contenido de diversos tratados internacionales en lo referente a afianzar la seguridad social como un derecho humano y donde el acceso a una pensión digna debe ser garantizado por el Estado.
En la obra: Seguridad Social, Guía de Educación Obrera (1995) de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), se establece la tesis: “La protección que la sociedad proporciona a sus miembros, mediante una serie de medidas públicas, contras las privaciones económicas y sociales que de no ser así ocasionaría la desaparición o una fuerte reducción de los ingresos por causa de enfermedad, maternidad, accidente de trabajo o enfermedad laboral, desempleo, invalidez, en particular en caso de vejez y muerte; y también la protección en forma de asistencia médica y de ayuda a las viudas con hijos”.
Al respecto, cabe citar el Convenio 102, relacionado sobre las prestaciones base que la seguridad social debe otorgar para cubrir esos mínimos, estableciendo con claridad la obligación del Estado a brindar asistencia médica, prestaciones económicas por enfermedad, de desempleo, cesantía, etcétera.
Además, en un estudio realizado por la OIT en el 2019, sobre la protección social universal para una vida digna y saludable, se infiere que los sistemas de seguridad social contribuyen a prevenir y reducir la pobreza y la desigualdad y a promover la inclusión social y la dignidad humana, que tiene por objeto garantizar el acceso a la atención médica y a los servicios de salud, así como la seguridad de los ingresos a lo largo de todo el ciclo de vida, sobre todo en caso de enfermedad, desempleo, accidentes de trabajo y, por supuesto, en caso de jubilación o vejez.
Es importante explicar a la clase trabajadora las razones por las que el sindicalismo independiente del que forma parte el Sindicato Mexicano de Electricistas (SME) en la Nueva Central de Trabajadores (NCT) ha promovido un juicio de amparo que llegó a manos del Ministro Alberto Pérez Dayán, en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y que se espera sea resuelto a favor de los intereses de las nuevas generaciones de jubilados, para dar marcha a lo aprobado por los diputados.
Con las reformas del decreto en estudio en el alto tribunal, el Estado impone la precarización en las pensiones, a través de la indexación del salario mínimo y privatización en la administración de cuentas individuales por entes financieros particulares, ligados a corporaciones multinacionales que lejos de invertir en el desarrollo de los países pobres, destinan vastos recursos, producto del oscuro manejo del ahorro de los trabajadores, al fortalecimiento de empresas multinacionales.
Al renunciar a su obligación constitucional de velar por la seguridad social como parte de los derechos humanos y con ello garantizar el derecho a una pensión digna, el Estado mexicano rompe el equilibrio entre los factores de la producción al imponer modelos unilaterales y discrecionales después de una relación de trabajo, fomentando una contradicción con lo dispuesto no solo en la Constitución sino en las tratados internacionales firmados por nuestro país y que, en automático, adquieren rango constitucional.
Dentro de estos estándares internacionales para garantizar en el mundo la seguridad social se busca armonizar su legislación y políticas públicas con la protección de los derechos humanos. Y en tal sentido, la reforma de diciembre del 2020 no produce mayores beneficios a las pensiones en México; pues por el contrario, pierde una parte sustancial de su capacidad de ganancia con la paulatina precarización a que conlleva el manejo discrecional de los millonarios fondos, sin mencionar que con las diversas modalidades de pensión, la seguridad social se convierte en letra muerta y lo mismo ocurre con la antigüedad en el trabajo.
Los legisladores que aprobaron tal iniciativa recetaron un placebo a un cáncer en fase terminal al no tomar en cuenta que con su proceder están vulnerando la dignidad humana de la clase trabajadora para su retiro, al omitir considerar que lo único que tienen los asalariados para aspirar a una vida diga en la vejez o la llamada tercera edad, en sus aportaciones tripartitas es la cuota social y al eliminarse los medios para equilibrar su debilidad con el poder económico, se nulifican de manera directa los derechos humanos de millones de mexicanos.
Martín Esparza*/Segunda parte
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