Publicado este día por el propio organismo autónomo, el Informe analiza aquella recomendación que emitió la pasada administración de Luis Raúl González Pérez el 28 noviembre de 2018 –dos días antes del cambio de gobierno y cuatro años después de ocurrido el crimen. González Pérez había asumido la presidencia del órgano el 19 de noviembre de 2014, dos meses después de los hechos.
Ahora, al analizar las actuaciones realizadas por la CNDH, sus omisiones e inconsistencias, el organismo autónomo señala que se obvió el papel de integrantes de las Fuerzas Armadas en los hechos. El reporte advierte que mientras el Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes señalaba que la Secretaría de la Defensa Nacional restringió el acceso a la información tras asumir el control del C4 en Iguala, la recomendación de la CNDH apuntaba que “de las constancias que analizó no encontró evidencia que sustentara dicha afirmación” (página 1407).
Por ello, el nuevo informe –elaborado por la propia Comisión de 488 fojas– cuestiona: “¿cómo es que el personal de la CNDH tiene la certeza de que fue una imprecisión lo informado por el Comandante del 27 Batallón? Y ¿Cómo es que el personal de la CNDH tiene certeza de que no se desplegaron elementos militares?”
El análisis también critica que “respecto a la hipótesis de que los normalistas hubiesen sido incinerados en crematorios del Ejército, la CNDH la descarta por completo, con base en la respuesta de la Sedena que afirma que ninguna instalación militar cuenta con crematorios (CNDH, 2018, página 1453)”. Sin embargo, del informe se advierte que esta versión no es precisa pues personal militar retirado –que estuvo en el 27 Batallón de Infantería– refirió que algunos hospitales de la Secretaría de la Defensa Nacional sí cuentan con crematorios. Las declaraciones se hicieron como parte de las entrevistas y reuniones que personal de la Dirección General de Supervisión de la Progresividad sostuvo con los militares.
También observa la falta de diligencia en todo este caso. Como ejemplo está el hecho de que “en determinado momento se concedió a los familiares de los normalistas, y en forma extensiva a la CNDH, el ingreso a las instalaciones del 27 Batallón; sin embargo, semanas después el gobierno federal [de Enrique Peña] retiró su ofrecimiento (CNDH, 2018, página 1452)”. Al respecto, el reporte observa que la Comisión entonces encabezada por González Pérez “no realizó ningún cuestionamiento acerca del retiro del ofrecimiento por parte del gobierno federal a través de la Secretaría de Gobernación, ni mucho menos refiere alguna insistencia para visitar las instalaciones militares”.
Asimismo, se señala que por la forma en como está redactada la Recomendación, ésta avaló de facto la formulación de la verdad histórica. Y se apunta que si bien no lo señala tácitamente, su argumentación lo hace en sí misma, sin aportar nada a la verdad y a la justicia.
Otros resultados relevantes del Informe son:
-Que no hubo un enfoque diferencial y especializado, al momento de redactar la recomendación y en especial al momento de brindar atención a las personas en situación de víctimas, dado que varios estudiantes, así como sus madres o padres pertenecen a pueblos indígenas que habitan el estado de Guerrero.
-Que los dictámenes u opiniones técnicas que emitió personal de la CNDH en su momento, fueron realizados en gabinete, es decir, que no se acudió al lugar de los hechos.
-Que la aplicación de los protocolos de Estambul presentó serias deficiencias que no permitieron la documentación de prácticas de tortura realizadas a diversas personas detenidas.
-Que, en varios momentos, la Oficina Especial para el Caso Iguala actuó bajo una lógica de investigación ministerial y no de documentación de violaciones a derechos humanos.
-Que el trabajo de dicha Oficina Especial, se hizo bajo secrecía y fragmentación de la información, a grado tal que las personas que participaron en las diversas diligencias desconocían lo que el resto del personal realizaba en torno al caso.
-Que no se consideró la importancia de investigar la cadena de los mandos medios policiacos, y su participación por acciones u omisiones durante los hechos victimizantes.
Al publicar este día el informe, la CNDH indicó en un comunicado que “México alberga un sinfín de historias de violencia, injusticias y abusos de poder, consecuencia de las propias contradicciones de la evolución de la sociedad mexicana, y de sus instituciones. El caso Ayotzinapa, plasmado en la Recomendación 15VG/2018, es una de esas historias, una profunda herida en la memoria colectiva de la sociedad mexicana, que acompaña el dolor y la zozobra con que han tenido que vivir las madres y padres de los 43 estudiantes normalistas desde el 27 de septiembre de 2014”.
A este crimen lo califica como “una historia del horror, de ignominia, de terror, de impunidad y de corrupción, que enmarcan a la violencia estructural, a las prácticas sistemáticas de tortura y de desaparición forzada, que aún se encuentran anquilosadas en las instituciones del Estado, particularmente en aquellas diseñadas para garantizar y proveer seguridad a la sociedad, junto con las que son responsables de la administración y procuración de justicia”.
Asimismo, admite que en ese contexto se suscitaron “prácticas institucionales de revictimización de las personas en situación de víctimas, particular y dolorosamente por parte de los organismos protectores de derechos humanos, como la CNDH, de tal suerte que las madres y padres de los 43 normalistas han manifestado su inconformidad respecto a diversos aspectos de la Recomendación 15VG/2018, tales como:
“-Las prácticas de revictimización, estigmatización y criminalización de los estudiantes de la Escuela Normal Rural “Raúl Isidro Burgos”, de Ayotzinapa.
“-La dilación para la elaboración y presentación de la Recomendación, ya que los hechos victimizantes se dieron en septiembre de 2014, y la Recomendación 15VG/2018 se presentó el 28 noviembre de 2018 es decir, 4 años después.
“-La Recomendación carece de una aplicación robusta del enfoque de derechos humanos y de atención victimológica.”
También recuerda que este informe es producto del acuerdo firmado por la actual presidenta, Rosario Piedra Ibarra, el 18 de marzo de 2020, con el cual “se ordenó la reapertura de los expedientes de queja en los que exista una inconformidad o reclamo de parte de las personas en situación de víctimas sobre el trámite que se dio a su expediente”.
Asimismo, indica que desde esa fecha “la CNDH se ha dado a la tarea de hacer una análisis integral de la Recomendación 15VG/2018, resultado del expediente de queja CNDH/1/2014/6432/Q/VG, el cual consta de 1 mil 255 tomos y 1 millón 100 fojas, donde se documentan las diversas actuaciones que este organismo nacional realizó a partir de que tuvo conocimiento de los hechos victimizantes”.
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