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Más de 42 mil reclusas en México trabajan sin salario: CNDH

Publicado por
Redacción

En México, 43 mil 930 reclusos no perciben un salario, de los cuales 42 mil 186 son mujeres y 1 mil 744 son hombres, advirtió la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en su Recomendación General 44/2021. Esta tiene el objetivo de garantizar y promover el derecho al trabajo digno de las personas privadas de la libertad en los diferentes centros penitenciarios del país.

Además, indicó que, a nivel nacional, 18 mil 635 personas privadas de la libertad reciben un salario a cuenta de terceros por el trabajo realizado; de ellas, 17 mil 362 son hombres y 1 mil 273 son mujeres. A partir de solicitudes de información dirigidas a los Sistemas Penitenciarios estatales y al Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social (OADPRS)  –durante octubre y noviembre del año pasado–, la CNDH advirtió que más de 93 mil reclusos ejercen en autoempleo al interior de las cárceles en labores de tejido, carpintería, talabartería, elaboración de artesanías, dibujo, pintura, bisutería, lavandería, limpieza de calzado, corte de cabello y elaboración de alimentos, entre otras.

Respecto de los grupos en situación de vulnerabilidad, encontró que sólo 140 mujeres privadas de la libertad gozan del servicio de guardería en las prisiones; alrededor de 2 mil 749 personas indígenas (2 mil 673 hombres y 76 mujeres) realizan actividades laborales, y 388 personas con discapacidad privadas de la libertad (nueve de ellas son mujeres) efectúan algún trabajo.

Por ello, dirigió la recomendación a las gobernadoras y gobernadores de los estados, a la jefa de gobierno de la Ciudad de México, a los titulares de las secretarías de Gobernación, Seguridad y Protección Ciudadana, del Trabajo y Previsión Social, así como del OADPRS y sus homólogas en las entidades federativas, en la que les pide que instrumenten un reglamentario específico que garantice el derecho al trabajo para las personas procesadas y sentenciadas.

Asimismo, recomendó la construcción y/o adecuación de estancias infantiles integrales en las que se alberguen mujeres que vivan con sus hijas e hijos menores de edad. Las autoridades también deberán desarrollar programas de capacitación y acceso al trabajo para las mujeres, personas con discapacidad y personas indígenas privadas de la libertad. Ello, con beneficios en materia de seguridad social y prestaciones establecidas en la ley.

La CNDH advirtió que sólo en las cárceles de la Ciudad de México, Guanajuato, Hidalgo, Jalisco, Estado de México, Nuevo León, Puebla, San Luis Potosí, Querétaro, Sinaloa y Sonora, las personas privadas de la libertad perciben un salario y cuentan con prestaciones establecidas en la ley.

En un comunicado, agregó que “10 entidades obtuvieron calificaciones reprobatorias en lo relativo a garantizar actividades laborales en sus centros de reclusión”. De acuerdo con el Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria (DNSP) 2020, indicó, 16 estados tuvieron fallas en lo concerniente a estrategias de capacitación para el empleo, y 21 registraron nulas o deficientes acciones para la implementación de una industria penitenciaria.

La Recomendación también instruyó a las entidades federativas a crear un Comité Nacional de Fomento Laboral Penitenciario, que diseñe y establezca un monitoreo de vigilancia, seguimiento y evaluación de la política pública. Ello con la participación de académicos, especialistas, instituciones defensoras de Derechos Humanos y organizaciones de la sociedad civil.

Por último, la Comisión solicitó  a los titulares de los diversos sistemas penitenciarios, que ejecuten partidas presupuestales que fomenten el trabajo y la capacitación. Asimismo indicó que deberán “detectar las necesidades específicas de cada centro penitenciario para diseñar programas emergentes a corto plazo que faciliten el ejercicio laboral de las personas privadas de la libertad”.

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