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Necesario, tener intérpretes en procedimientos penales contra indígenas: CNDH

Publicado por
Andrea Gómez

El Estado mexicano debe garantizar la asistencia gratuita de intérpretes, traductores y defensores a las personas indígenas que enfrentan un procedimiento penal, señaló la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH). Agregó que el implicado debe comprender cabalmente lo que ocurre durante la secuela procesal y con ello asegurar su derecho a la jurisdicción del Estado y a una asistencia legal oportuna e integral.

Por ello, en un comunicado, la CNDH exhortó a la Secretaría de Gobernación, jefa de Gobierno de la Ciudad de México, gobernadoras y gobernadores de las entidades federativas, Congreso de la Unión, congresos estatales y capitalino a establecer una instancia u organismo especializado –con capacidad operativa, técnica y presupuestaria– que proporcione gratuitamente la asistencia de intérpretes, traductores y defensores certificados, a las personas hablantes de lenguas indígenas a fin de que entiendan y se hagan entender en el procedimiento penal.

Por lo regular, indicó la Comisión, la traducción al español genera imprecisiones en torno a los hechos expresados, situación que obstaculiza y afecta la defensa. Por ello, el traductor, intérprete y defensor deberá conocer la lengua y la cultura de los implicados indígenas a fin de permitir la adecuada comunicación y  asegurar el pleno ejercicio de la identidad cultural mediante sus formas de organización social, política, económica.

Por otro lado, la CNDH solicitó en su comunicado, el desarrollo de un protocolo o guía de actuación que proporcione información inmediata sobre la asistencia gratuita de personas intérpretes, traductoras y defensoras. Ello, en un plazo no mayor a seis meses.

Respecto a la Fiscalía General de la República, procuradurías o fiscalías de justicia de las entidades federativas, la Comisión les solicitó el desarrollo de programas de formación, capacitación y profesionalización dirigidos a todas las personas servidoras públicas que pertenezcan o ejerzan funciones en auxilio a la procuración de justicia, en materia de derechos lingüísticos y culturales de los pueblos indígenas, acceso a la justicia y debido proceso e importancia de personas intérpretes y defensoras.

En cuanto al Instituto Federal de la Defensoría Pública e institutos de defensoría pública estatales, pidió la instrumentación de un diagnóstico integral de carácter operativo, recursos humanos y financieros, que identifique la atención institucional que se brinda a las personas indígenas sujetas a un procedimiento penal. Dicho diagnóstico determinará la existencia de instancias u organismos especializados, y en caso de no encontrarse,  “se crearán mecanismos de coordinación eficientes con las instituciones correspondientes para garantizar de forma inmediata y gratuita la defensoría pública a las personas indígenas que lo requieran”.

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