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Poder Judicial negó 4 veces orden de cateo contra hermano del ‘Mencho’: FGR

Publicado por
Redacción

La Fiscalía General de la República acusó que el Poder Judicial de la Federación se ha negado sistemáticamente a actuar contra el hermano de Nemesio Oseguera Cervantes, el Mencho, líder del Cártel de Jalisco Nueva Generación. Y es que en cuatro ocasiones, los juzgadores se negaron a girar orden de cateo para que la propiedad donde se resguardaba Abraham Oseguera Cervantes, alias don Rodo, fuera revisada por las autoridades. A estas negativas se suma el hecho de que un juez de Distrito ordenó liberarlo el pasado domingo 28 de abril, bajo el argumento de que no se cumplió con el debido proceso durante su detención, sin atender que se trataría de un supuesto generador de violencia de alto impacto.

Las actividades del Rodo relacionadas con el CJNG ya eran investigadas por la FGR, y se les clasificó como “delitos graves de alto impacto”. No obstante que para judicializar el caso, el ministerio público federal presentó pruebas contra el hermano del Mencho en cuatro ocasiones, “diversos jueces de Control, con sede en la Ciudad de México, negaron órdenes de cateo en el domicilio de Abraham ‘O’”, denunció la Fiscalía.

Agregó que ante estas negativas, elementos de la Guardia Nacional mantuvieron bajo vigilancia el inmueble que habitaba Abraham Oseguera. En un comunicado, la FGR detalló cómo ocurrió la detención, que según el Poder Judicial fue ilícita: “en la madrugada del pasado 21 de abril, las unidades de la Guardia Nacional observaron a tres personas en las afueras del domicilio citado, portando armas de fuego y en actitud beligerante, quienes los amagaron y se introdujeron a tal domicilio, cerrando la puerta”.

Añadió que los miembros de la GN “se vieron obligados a dar seguimiento a dichas personas en el interior inmueble, en debido cumplimiento de su obligación legal de perseguir un hecho delictivo evidentemente flagrante. En el interior del inmueble, efectivamente encontraron a Abraham ‘O’, portando un arma larga carabina de asalto calibre 5.56 x 45 y un arma corta calibre .9 milímetros, así como una cartera-bolsa con 38 gramos de cocaína; 2 mil 11 pastillas de fentanilo y 255 pastillas de fluoprofentanil, razón por la cual se procedió a su detención y traslado a la Ciudad de México, poniéndolo a disposición del Ministerio Público Federal”.

La FGR acusó que durante estos hechos, familiares del Rodo “pretendieron dolosamente ocultar la verdadera identidad de éste, atribuyéndole el nombre de Rodolfo Garibay González, y al respecto pudo acreditarse que dicha persona también había tramitado y obtenido una licencia con el referido diverso nombre, lo cual es un delito que se comprobó al identificar debidamente a la persona ya mencionada”.

También, expuso que durante el ingreso de los elementos de la Guardia Nacional al domicilio del hermano del Mencho, “agentes de la Policía Municipal de Autlán, que tenían conocimiento de que quien actuaba era la Guardia Nacional con el resguardo del Ejército Mexicano, presentaron ante la Fiscalía Federal en esa ciudad una denuncia en contra de los elementos actuantes; evidenciando con ello, la colusión y la complicidad de las autoridades policiacas locales, que llegaron al extremo de comprometer a sus propios directivos de esa corporación municipal, entre ellos, al subdirector de la misma”.

Para la FGR, “dicha conducta cómplice y encubridora se ratificó cuando dichos elementos de la policía municipal fueron presentados como testigos por la defensa del acusado, en la audiencia de vinculación correspondiente. Ya en el procedimiento judicial, y después de haber obtenido del juez de Control Rogelio León Díaz Villarreal, la calificación de legalidad en la detención, al arribar a la audiencia de vinculación, el acusado pidió una extensión de varios días; al final de los cuales sus abogados presentaron una serie de videos fragmentados, sin secuencia cronológica y sin documentación técnica que les diera credibilidad y certeza”.

Por varios días, las pruebas no fueron puestas a disposición del Ministerio Público, lo que impidió su valoración y dictaminación pericial. Y al obtenerse tan sólo dos horas antes de la reanudación de la audiencia, la FGR señaló que la representación social quedó en estado de indefensión. “En esas circunstancias, el juez decretó la libertad de dicha persona con base en estos videos tan cuestionables e insuficientes, mientras el propio juez soslayaba y dejaba de valorar las acusaciones por los delitos graves ya señalados en contra de Abraham ‘O’”.

Por ello, la Fiscalía señaló que, “con tantas conductas judiciales negativas para impedir cateos; dándole credibilidad a cuestionables videos segmentados; más el soslayamiento del juez a las acusaciones y pruebas por delitos graves; y la presencia ominosa de complicidad y encubrimiento de la policía municipal de Autlán y de sus directivos;  todo ello ha generado una evidente conducta judicial y de autoridades diversas que le dieron ventajas indebidas al acusado, en contra de la representación social y de las víctimas (artículo 225, fracción VII del Código Penal Federal); razones por las cuales se presentará de inmediato el recurso de apelación respectivo y las denuncias penales que procedan en contra de autoridades policiacas locales. Todo lo anterior es una muestra más de los constantes criterios parciales e incongruentes de autoridades judiciales, que no deben quedar al arbitrio de una persona; y sí deben estar estrictamente determinados por la ley, como lo señala el artículo 19 de la Constitución General de la República”.

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