Por la muerte de dos personas migrantes de nacionalidad haitiana y ghanesa, mientras estaban alojadas en la estación migratoria Siglo XXI –bajo custodia y responsabilidad de personal del Instituto Nacional de Migración–, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la recomendación 33/2021 a los titulares del INM, Francisco Garduño Yáñez, y de la Fiscalía General de Chiapas, Olaf Gómez Hernández.
La Comisión determinó que hay elementos que evidencian “violaciones a los derechos humanos a la protección a la salud, a la integridad y seguridad personal, a la vida, al acceso a la justicia y a la verdad, en agravio de las víctimas”.
Agregó que la FGCHIS inició las respectivas carpetas de investigación por estos fallecimientos, pero el perito legista incurrió en omisiones y una necropsia mal realizada, por lo que reportó de manera errónea la causa de los decesos. Ello “generó que no se contara con elementos técnicos-científicos que permitieran confirmar las causas de muerte de las víctimas”.
En su recomendación, la CNDH solicitó al comisionado del INM “realizar una búsqueda en sus registros institucionales sobre los antecedentes migratorios de las víctimas, así como de sus respectivos familiares; en su caso, se lleven a cabo las acciones y gestiones necesarias para su localización y, en coordinación con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, en términos de la Ley General de Víctimas, se les brinde la reparación integral por los daños causados; asimismo, se les otorgue de forma inmediata y gratuita la atención médica, psicológica y/o tanatológica que requieran; Se colabore con la autoridad investigadora en el trámite y seguimiento de la queja que esta Comisión Nacional presente ante el Órgano Interno de Control del INM, así como con la autoridad ministerial en el trámite y seguimiento de la denuncia que formule ante la Fiscalía General de la República”.
En cuanto al fiscal general de Chiapas, le recomendó que “una vez identificados y acreditados familiares de las víctimas fallecidas, en coordinación con la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas de Chiapas, se les inscriba como víctimas indirectas en el Registro Estatal de Víctimas y se proceda a repararles de manera integral el daño causado; se les otorgue de forma inmediata y gratuita la atención médica, psicológica y/o tanatológica que requieran; se colabore en el trámite y seguimiento de la queja que la CNDH presente ante la Fiscalía de Visitaduría de la FGCHIS; se tomen las medidas necesarias de carácter legal, administrativo, financiero o de otra índole, para que la FGCHIS cuente con la infraestructura y materiales indispensables para la realización adecuada de estudios de necropsia, así como con personal especialista en patología forense; y finalmente, se diseñe e imparta un curso integral dirigido al personal pericial de la FGCHIS, relacionado con la capacitación y formación en materia de derechos humanos y sobre los lineamientos para la elaboración de protocolos de necropsia, acorde con los estándares internacionales y la aplicación del Protocolo Modelo de Autopsia”.
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