Los plazos y términos para resolver solicitudes de asilo se suspenderán de manera indefinida a nivel nacional a partir del 1 de junio de 2020, indicó la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (Comar).
Mediante comunicado de prensa, indicó que la medida se aplicará hasta que “la autoridad sanitaria determine que no existen riesgos epidemiológicos relacionado con la reapertura de actividades”.
Por lo anterior, las autoridades federales exhortaron a no contar como días hábiles aquellos que se ubiquen dentro de la suspensión para el cómputo de plazos y términos para resolver procedimientos, así como la suspensión de la obligación de firma para los solicitantes de refugio con tramite activo.
Asimismo, la Comar –dependiente de la Secretaría de Gobernación (Segob)– indicó que continuará con la recepción de solicitudes para condición de refugiado y contabilizará el plazo para resolverlas “a partir del primer día hábil siguiente a la conclusión de la suspensión”.
“Los plazos atenderán las medidas que las autoridades competentes señalan de acuerdo con la estrategia para la reapertura de actividades, así como al sistema de semáforo por regiones para evaluar semanalmente el riesgo epidemiológico en cada entidad federativa, con la finalidad de garantizar la seguridad sanitaria y coadyuvar a la reducción y combate de la pandemia del coronavirus Covid-19”, explicó.
Las personas solicitantes de la condición de refugiado podrán mantenerse actualizadas sobre los trámites y plazos en la página oficial de la Comar.
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