La sentencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) acerca del feminicidio de Mariana Lima Buendía, que desde 2015 obliga al Estado mexicano a emplear la perspectiva de género en las investigaciones de muertes violentas de mujeres, no se contempló en la versión actualizada del Protocolo en la materia del máximo tribunal, denunció el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF).
“Dicha omisión es una falta de reconocimiento a las víctimas y sus familiares, cuyo camino hacia el acceso a la justicia ha sido largo y atropellado por los mismos impartidores de justicia. Significa un retroceso en el que la SCJN pierde la oportunidad de establecer de manera contundente cómo deben ser investigadas las muertes violentas de mujeres y los feminicidios, y de cómo debe ser incorporada la perspectiva de género”, asevera la organización.
En 2010, Mariana Lima fue asesinada por un policía ministerial del Estado de México con el que contrajo matrimonio, y 5 años después la Corte discutió por primera vez un expediente relacionado con posible feminicidio, recordó el OCNF.
Y agregó que la Suprema Corte otorgó un amparo para que las autoridades judiciales del Estado de México investigaran de nuevo el crimen pero ahora con la óptica de feminicidio. Este acto estableció la importancia de aplicar conceptos criminalísticos con visión de género en las investigaciones de muertes violentas de mujeres.
En 2016, Julio César Hernández Ballinas, esposo de Mariana, fue detenido por su probable participación en el siniestro. Actualmente se encuentra preso y a la espera de sentencia, señala en un comunicado el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio.
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