Opinión

Bloqueo del Congreso a iniciativas ciudadanas

Publicado por
Martin Esparza

La irresponsable actitud asumida por la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión ha terminado por contravenir sus propios reglamentos internos que norman su función y prohíben a los diputados y senadores enviar a la “congeladora”  las iniciativas ciudadanas presentadas con todos los requisitos de ley.

En julio pasado el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) reconvino a la Cámara de Diputados para que en el actual periodo ordinario dictamine y vote la propuesta planteada en febrero en contra del gasolinazo y que busca reducir el gravamen a los combustibles.

En esta disyuntiva también se encuentra la iniciativa ciudadana que el Sindicato Mexicano de Electricistas y la Asamblea Nacional de Usuarios de la Energía Eléctrica (ANUEE) llevaron hasta San Lázaro el 19 de abril de 2016, acompañada de 427 mil firmas, y  que plantea  modificar el artículo cuarto para elevar el derecho a la electricidad como un derecho humano, con rango constitucional. Pugnando además por el establecimiento de una tarifa social  justa en beneficio de las clases más desprotegidas.

Para ningún sector de la sociedad es ajeno el bloqueo perverso de los grupos mayoritarios que tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado operan como verdaderas gavillas contra los proyectos de ley que buscan proteger los intereses de las mayorías.

Por supuesto que tratándose de propuestas del Ejecutivo, sobre todo con la línea de las cúpulas partidistas, la celeridad para ser votadas de forma mayoritaria es realmente sorprendente. Baste recordar cómo salió adelante la iniciativa de Reforma Laboral que con “carácter preferente” envío Felipe Calderón al Congreso en los últimos meses de su gobierno y que terminó siendo apoyada de forma unánime por los legisladores del PRI y otros partidos.

Igual trato especial merecieron las reformas estructurales como la Energética y la Educativa, pero cuando los ciudadanos se unen a expresar su decisión mayoritaria en iniciativas que les beneficien directamente ante la indiferencia de los parlamentarios para resolver sus apremiantes problemas, el Congreso les da la espalda no importándole a sus integrantes violentar las leyes en la materia. De 2013 a la fecha se han presentado seis iniciativas ciudadanas, de las cuales sólo ha prosperado por motivos políticos de aparente combate a la corrupción la Ley 3 de 3. Los otros temas no han merecido su atención.

En lo que respecta a la iniciativa del SME y la ANUEE, tanto diputados como senadores están violentando las disposiciones del TEPJF de no debatir y votar este planteamiento ciudadano, pero además con su renuencia e irresponsable apatía anulan la esencia de los tratados internacionales firmados por México en materia de derechos humanos y que, de acuerdo al artículo 133 y a la  determinación de la propia Suprema Corte de Justicia, deben ser respetados y aplicados a rango constitucional.

La iniciativa  por elevar el acceso a  la electricidad como un derecho humano se sustentó en los artículos 35 y 71 de nuestra Carta Magna, que establecen el derecho de todos a promover iniciativas de ley, cumpliendo entre otros requisitos la presentación de firmas equivalentes al 0.13 por ciento del listado nominal de electores. Es decir, que si el padrón manejado por el INE es de 82.1 millones de mexicanos, un planteamiento de esta naturaleza debe acompañarse de por lo menos 106 mil firmas. El proyecto del SME y la ANUEE refleja la voluntad de más de 427 mil mexicanos. En este sentido no hay ningún impedimento que la invalide para su análisis en el Congreso.

Si partimos de la premisa de que los derechos humanos adquirieron rango constitucional luego de las reformas al artículo primero concretadas en el 2011, tenemos entonces que la redacción de este ordenamiento señala: “En los Estados Unido Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrán restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece”.

Los conceptos en la materia también afirman: “Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas con la protección más amplia”.

Si ubicamos el contenido de los tratados internacionales en el plano de los derechos humanos consagrados en nuestra Constitución, tenemos que para el asunto que nos ocupa de garantizar el acceso de todas las personas a la electricidad, es importante concitar la Declaración Universal de los Derechos Humanos que en su artículo 22, dice: “Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y a libre desarrollo de su personalidad”.

Y en su artículo 25, abunda al respecto: “Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios”.

Como se aprecia claramente, la Declaración Universal de los Derechos Humanos establece que no puede ser factible ni viable el ideal del ser humano, libre del temor y la miseria, a menos que sus gobiernos garanticen la creación de condiciones que le permitan a toda persona gozar de sus derechos económicos, sociales y culturales, lo mismo que de sus derechos civiles y políticos. No por algo la Carta de las Naciones Unidas impone a los Estados la obligación de promover el respeto universal y efectivo de los derechos y libertades de las personas.

En este sentido, también el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en su artículo 11, refiere: “Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a una mejora continua de las condiciones de existencia. Los Estados Partes tomarán medidas apropiadas para asegurar la efectividad de este derecho, reconociendo a este efecto la importancia esencial de la cooperación internacional fundada en el libre consentimiento”.

Imposible que los legisladores nieguen que todos los tratados coinciden en que la energía eléctrica constituye un derecho humano, o elemento fundamental para el disfrute de los demás derechos humanos, mismos que están reconocidos en los principios de universalidad, interdependencia e indivisibilidad y progresividad, por lo que así como el Estado Mexicano reconoció a plenitud los derechos humanos en su artículo primero, ahora debe reglamentar el acceso de todas las personas a la electricidad,  como lo propone  la iniciativa propuesta por el SME y la ANUEE, y que al pie de la letra, dice: UNICO.- Se adiciona un párrafo al artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue: “Toda persona tiene derecho a la energía eléctrica. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso al suministro de la energía eléctrica”.

Ha llegado el momento de cuestionar a los legisladores sobre el por qué no han legislado esta iniciativa ciudadana a pesar que es un clamor popular, cumple con todos los requisitos de ley y, sobre todo, tiene sólidos fundamentos sociales para beneficiar a millones de mexicanos de escasos recursos.

Martín Esparza Flores

 

 

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