Angélica Gay Arellano*
México se incorporó al mercado laboral mundial en estos términos, promoviendo la competitividad y la productividad. Sin embargo, frente a esta visión predominantemente económica, surgió otra perspectiva que coloca a las personas como sujetos de derechos y se basa en el reconocimiento a los Derechos Laborales en la Constitución Mexicana y en la Ley Federal del Trabajo (LFT).
No obstante, preocupa que actualmente se encuentre a debate una iniciativa de reforma a la LFT que recoge los planteamientos de 332 iniciativas presentadas en el Congreso de la Unión en los últimos 12 años, que va en contra de los trabajadores y las trabajadoras. Los cambios propuestos pretenden incorporar los principios de la productividad y la competitividad en la Ley, lo que en la práctica representaría un grave retroceso a las conquistas laborales y a los derechos humanos.
El gobierno federal considera que la reforma laboral detonará el desarrollo económico. Lo cierto es que, desde hace ya varios años, el 1 de mayo es un día en el que, lejos de hablar del cumplimiento de los derechos laborales, se hace el recuento de los intentos de que se apruebe una iniciativa regresiva en materia laboral. Además, ésta ha apuntalado la conflictividad social. El jueves 14 de abril de 2011, diversas agrupaciones sindicales y sociales, entre ellas el Sindicato Mexicano de Electricistas, salieron a manifestarse en contra de la iniciativa presentada por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) el pasado 10 de marzo.
También organizaciones de la sociedad civil se han manifestado en contra de dicha reforma. Pese a que en la exposición de motivos se menciona la promoción del trabajo decente, el articulado viola el principio de progresividad de los derechos humanos al legalizar la subcontratación, además de limitar la creación de sindicatos independientes.
Asimismo, la iniciativa promueve la inversión privada como la forma privilegiada para incentivar la productividad y generar empleos, incorporando figuras patronales, como lo contratos a prueba y los contratos laborales. Éstas benefician, principalmente, al sector privado, puesto que, de aprobarse la iniciativa, gastaría menos que aquéllos que sí otorgan seguridad social y prestaciones a sus trabajadores y trabajadoras. Todo ello favorece la competencia desleal y un tipo de productividad que menoscaba los derechos laborales. Habría que tomar en cuenta que la OIT advierte, en sus publicaciones, que los trabajadores temporales son los más afectados por la crisis económica.
Estos cambios se proponen en un momento en el que las agencias de empleo privadas han reestructurado el mercado de trabajo tradicional porque se les ve como posibles figuras de gestión de los recursos humanos que podrían mejorar las condiciones de vida de las trabajadoras y los trabajadores. No es casual que el 62 por ciento de la población económicamente activa se ocupe en el sector servicios. No obstante, el problema no es el esquema de triangulación o subcontratación y el sector en el que se ocupan, sino la reticencia a la contratación colectiva y las limitantes al derecho de asociación.
En suma, la aprobación de esta reforma quedaría en la historia de México como un grave retroceso en el cumplimiento de los derechos laborales, además tendría un alto costo en la construcción de un país democrático. Por ello, es necesario ampliar el debate y la discusión en torno a esta reforma y sus implicaciones con el resto de la ciudadanía, colocando en el centro de los argumentos el respeto a los derechos humanos.
*Integrante del área de investigación y análisis del Centro de Derechos Humanos Fray Francisco de Vitoria, OP, AC
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