Aurelio Morales/Edith Meneses/Carolina Alvarado F*
El video evidencia el actuar arbitrario y abusivo de los policías que lo detienen por estar filmando otras detenciones (de acuerdo con la organización Artículo19, también se detuvieron a los reporteros Estela Morales, de Regeneración Radio, y Pavel Alejandro Primo, de Multimedios Cronopios). Actualmente Gustavo lleva el proceso en libertad bajo fianza y se defiende ante los cargos de “ultrajes a la autoridad” y “resistencia de particulares”, cargos que por su propia definición son fáciles de adjudicar a cualquier persona sin más prueba que la declaración ministerial.
Otro video en YouTube titulado “Estudiantes informan a la ciudadanía en el metro, policías los bajan como delincuentes”, presenta el momento en que policías del Sistema de Transporte Colectivo Metro detienen el recorrido del tren para pedir a los estudiantes que bajen del Metro. Los estudiantes argumentan que ellos sólo están informando lo que los medios no dicen, la gente dentro del vagón le pide a los policías que dejen en paz a los estudiantes, que ellos no son delincuentes y que están conversando. La gente presiona para que el tren continúe su recorrido. Luego de 6 minutos de discusión, un policía uniformado y un hombre de traje con radio suben al tren permitiendo que éste siga su marcha con los estudiantes al interior. En el video no se ve si los estudiantes pudieron bajar del Metro con seguridad.
Estos videos evidencian dos elementos ya constantes en cada protesta: la criminalización del acto de informar y la manera automática en que un policía observa estos actos como presuntas amenazas que deben ser reportadas y reprimidas. Ya es muy grave ver a un granadero detener a un fotoperiodista, pero más aún ver que policías dedicados al cuidado de un medio de transporte público asumen de manera natural su rol de censores públicos. En el segundo video comentado es obvio que la policía del Metro está actuando de oficio y no ante una denuncia. ¿Por qué un vigilante del servicio público de transporte tendría que preocuparse por este tipo de actos? ¿Qué tan seguido sus superiores le han instruido para vigilar este tipo de acciones como para naturalizarlo? Señalar que el Metro, con su multitud de cámaras y revisores de metal es utilizado como primer embudo de vigilancia y represión de la protesta social ya no es ninguna novedad. Lo que muestra este video es la profundidad de arraigo del rol de vigilante dentro del aparato estatal de control social, ya no sólo en el granadero sino en el policía de a pie, el preventivo, cuyo papel central, en su origen, era el de vincularse con la gente y generar confianza en las personas.
El policía no siempre está de acuerdo en realizar el papel de censor y represor social, en muchos casos es ampliamente crítico al respecto; sin embargo, asume esta acción porque es “su trabajo”. Esto es más que una justificación, pues hay detrás de esta afirmación una fuerte idea de lo que el trabajo significa como valor social y sentido de vida de la persona. El valor del trabajo tiene un papel fundamental como fuente de conciencia y lucha social: grandes revoluciones se han sustentado en este valor. Es de esperarse que el trabajo sea el motor de acción tanto de movimientos como de policías. Lo que diferencia a uno y a otro es el efecto de movilización que produce: mientras que en el activista es un elemento de autoafirmación y empoderamiento, en el policía produce sujeción y obediencia acrítica. Mientras que el primero ve el trabajo como un derecho adquirido y apropiado, el segundo lo ve como un recurso que se le ha prestado y con el cual debe tener un trato delicado para no perderlo.
El del policía es uno de los sectores sociales menos empoderados. Y con empoderamiento nos referimos a la autoafirmación del individuo o el grupo social ante los otros y su contexto, sobre todo ante quien se sustenta como autoridad incuestionable; a la autovalorización positiva de “quién soy” y de los valores y principios que me sustentan como persona; ello conlleva la capacidad de poner límites sin ver quebrada mi persona. Empoderarse es apropiarse del derecho a decir: “No, no estoy de acuerdo”. Es oponer el criterio y el sentido común a la obediencia absoluta; es la desobediencia legítima y el reconocimiento de la igualdad humana. Nadie está por encima de nadie, nadie puede obligarte bajo la amenaza de despido a actuar en contra de tus principios y valores.
Los derechos humanos son para todas y para todos sin excepción y no pueden contraponerse. El derecho al trabajo digno no debe nunca colocarse en oposición al derecho a la libre expresión, que incluye el derecho a decir: “No, no estoy de acuerdo”, y actuar en consecuencia. Es responsabilidad del Estado garantizar estos derechos a todos, lo que incluye a funcionarios y servidores públicos. Y es deber de estos últimos, a su vez, garantizar el libre ejercicio de derechos al resto de ciudadanos. Mostrar temor y no indiferencia ante una lente que nos enfoca o ante un grupo de jóvenes que informan a los usuarios es señal de la represión naturalizada ya por ciertas autoridades, pero es también señal de que aún existe una conciencia por parte del policía de que está actuando (siguiendo órdenes) en total incoherencia con el verdadero papel social de su trabajo.
Los que trabajamos en la defensa de los derechos humanos no olvidamos que la obediencia ciega ha llevado al genocidio. Las cosas más valiosas de la vida se pierden por no tener el suficiente valor para decir abiertamente “no” cuando no se está de acuerdo; cuando es obvio que se está cometiendo un atropello. La actual situación de represión nacional está hecha de decisiones individuales que materializan una realidad que nos atañe a todos. El valor cívico de respetar los derechos, de exigirlos y de no ser indiferentes, no puede pretextarse a menos que uno se corrompa. El empoderamiento comienza con decir “no” a uno mismo, “no” a la construcción de justificantes más poderosos que la voluntad y que nos hagan sentirnos obligados a hacer aquello con lo que no estamos de acuerdo.
*Integrantes de la Liga Mexicana por la Defensa de los Derechos Humanos (Limeddh)
Contralínea 355 / 7 de octubre 2013
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