Categorías: Opinión

Una farsa más

Publicado por
Óscar Enrique Díaz Santos*

El 29 de marzo de 2015, en mi artículo “Otra, otra vez”, publicado en esta prestigiada revista, señalé que la investigación sobre el conflicto de intereses que se había presentado por las casas de Enrique Peña Nieto, Angélica Rivera y Luis Videgaray iba a arrojar una solución ya anunciada y que el resultado sería que no había “conflicto de intereses”.

El presidente Peña nombró a Virgilio Andrade como secretario para que llevar a cabo la investigación, que indagara a las empresas, al presidente, a su esposa y a Luis Videgaray por la adquisición de casas a empresas que se han visto beneficiadas con la asignación de obra pública por varios miles de millones de pesos.

El viernes 21 de agosto de este año, 8 meses después de haberse iniciado la investigación, en un acto, por fin Virgilito dio a conocer un resultado que ya la mayoría de los mexicanos (por no decir todos) suponían que se daría.

El arduo trabajo de Virgilito fue recoger información tras información hasta completar un archivo de más de 6 mil hojas. Se necesitó pagarle un sueldo por 8 meses que calculo en alrededor de 1.6 millones de pesos. Más los gastos que se tuvieron que hacer para llegar a este fantástico resultado. Realmente no se necesitaba a toda una secretaría de Estado para llegar a esta conclusión.

El anuncio se cobijó con un acto posterior en el que el presidente se sintió complacido por lo anunciado, y sintió que se quitaba un peso de encima. Adicionalmente pidió disculpas a todos los mexicanos que se sintieron ofendidos por el asunto de las casas.

El resultado anunciado fue que ni el presidente, ni su señora esposa y mucho menos Videgaray habían intervenido directamente en la asignación de las licitaciones públicas a favor de las empresas beneficiadas y por lo tanto no había conflicto de intereses, ya que las habían adquirido legalmente.

Adelanté en el artículo mencionado que así sería. Lo peor de todo es que se atreven a decir mentiras con la seguridad de que la sociedad va a quedar convencida y que esto recompondría la imagen del presidente. Pero no ha sido así, porque las diversas opiniones están en contra de lo anunciado. Lejos de recomponer la imagen presidencial, la situación hace que se deteriore aún más.

En primera instancia, tanto el presidente como Virgilio Andrade violaron la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el primero por ordenar una investigación no permitida en la Carta Magna y el otro por llevarla a cabo. Si se revisa el Artículo 108 constitucional, el presidente sólo debe de ser objeto de juicio y sanciones por traición a la patria y por delitos graves del orden común. Con esto no es posible atentar contra el “señor presidente”, aunque sí contra Videgaray. De este ordenamiento constitucional no emana ninguna ley secundaria que tipifique claramente a qué se refieren los delitos que se deben de sancionar en el caso del presidente, por lo que representa una laguna jurídica que es aprovechada para evitar un juicio y una sanción.

Obviamente, iban a decir que no existe conflicto de intereses porque no participan directamente en la asignación de contratos. Obviamente, la responsabilidad de asignar contratos mediante licitaciones públicas no es función del presidente de la República, ni del secretario de Hacienda y Crédito Público. Generalmente, es un comité de adquisiciones en donde participan diversas áreas, incluyendo los órganos internos de control. Los servidores públicos que tienen la facultad para firmar la asignación en las licitaciones públicas son los oficiales mayores, en el caso de las dependencias; y de los directores generales de administración y finanzas, en el caso del sector paraestatal. En la mayoría de los casos se delega la firma a los directores generales de Recursos Materiales y Servicios Generales en las dependencias, y a los directores de Administración en el sector paraestatal.

Me imagino que conocen la normatividad y que de antemano ya tenían la resolución, pero no era coherente darla a conocer rápidamente y era necesario dar un tiempo determinado para justificar que se había llevado a cabo tal investigación.

Para determinar si existe un conflicto de intereses no es necesario firmar nada directamente: con las recomendaciones que se hagan es más que suficiente. Sin embargo, la figura que se debió haber investigado se conoce como tráfico de influencias, y las dos como parte integrante de la corrupción. Por ello, señalé en el artículo “Otra, otra vez” que lo que se conocía como conflicto de intereses realmente era corrupción presidencial.

En el caso de Angélica Rivera, se argumenta una y otra vez que no es servidora pública porque no percibe una remuneración por parte del sector público. Desde ese punto de vista, puedo estar de acuerdo con ello. Pero la señora Rivera tiene asignado un presupuesto público para su manutención, para su imagen, para sus viajes en donde invita a casi toda su familia, para el uso de los aviones presidenciales, etcétera, y ello la hace ser parte del erario.

Además, cuando el conflicto de la “casa blanca”, ella argumentó que el dinero había salido de su actividad profesional en Televisa y era producto de una indemnización laboral. Sin embargo, Televisa nunca ha declarado que sí le pagó a la señora Rivera más de 100 millones de pesos.

Si no hubiera algo raro, la señora Rivera pudo haberse quedado con la casa y no regresarla a la empresa que supuestamente se la vendió (cedió). Todo mundo tiene derecho de adquirir lo que se le dé la gana con su dinero.

El caso de Luis Videgaray refuerza la corrupción. Después que el presidente ofreció disculpas, también él lo hizo y agradeció a su jefe el apoyo que le proporcionó. El argumento es que adquirió la casa cuando no era servidor público. En ese entonces era parte de la campaña del ahora presidente y sí era funcionario cuando se asignaron obras del Estado de México al grupo Higa.

Lo grave del asunto es que para muestra basta un botón, y si se deja a la deriva, cualquier persona que aspire a ser funcionario puede cometer actos de corrupción antes o después y no ser castigado, porque ya existe el ejemplo de Luis Videgaray.

La cuestión es clara: mientras que no se modifique el Artículo 108 constitucional y se determine con claridad que el presidente puede ser sometido a juicio por cualquier delito, incluyendo actos de corrupción, tráfico de influencias, conflicto de intereses, entre otros, la protección a la figura presidencial será equivalente a la protección que tenían los reyes en la monarquía absoluta. Sólo en México se da el caso que la investigación al titular del Ejecutivo se dé por una instancia del mismo Ejecutivo, lo cual lo convierte en juez y parte.

Virgilio: expresas que tu investigación fue de acuerdo con la ley. Quisiera saber a qué ley te refieres, porque en primera instancia la figura presidencial es intocable constitucionalmente hablando en cuanto a la investigación en materia. Al único que le pudiste haber investigado de acuerdo con la ley es a Videgaray y ya lo absolviste, cuando no tienes esa facultad.

Señor presidente: su imagen ha quedado más deteriorada que nunca porque la sociedad no cree en usted.

 

Óscar Enrique Díaz Santos*

 *Doctor en economía por la Universidad Nacional Autónoma de México, especialista en gasto público y presupuesto

[BLOQUE: OPINIÓN]

[SECCIÓN: ARTÍCULO]

 

 

 

Contralínea 452 / del 31 de Agosto al 06 de Septiembre 2015

 

 

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