El 18 de julio pasado, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) dictó la medida cautelar 252-14 a favor de la revista Contralínea y de su equipo editorial, tras analizar la grave situación de riesgo que éstos enfrentan derivada de los más recientes allanamientos, tanto a las instalaciones de la publicación (24 de junio) como a la vivienda de su director (18 de abril).
Un hecho que ya no analizó la Comisión fue el más reciente allanamiento al departamento que habita la asistente del director de esta revista, ocurrido el 12 de julio pasado, pues la solicitud de las medidas cautelares promovida por el Centro de Derechos Humanos y Asesoría a Pueblos Indígenas, la Casa de los Derechos de Periodistas y esta publicación se envió 2 días antes, el 10 de julio.
Aunque generalmente el organismo multilateral solicita información al Estado del que proviene la solicitud de medidas cautelares antes de adoptar una decisión sobre la misma, ha considerado que el caso de Contralínea se enmarca en una situación de excepción, donde “la inmediatez del daño potencial no permite demoras”. Por ello, en tan sólo 8 días la CIDH ha decidido otorgar la medida cautelar, sin prejuzgar el caso pero atendiendo los hechos de violencia expuestos por los promoventes.
En el documento enviado al gobierno federal, la CIDH indica que “tras analizar las alegaciones de hecho y de derecho presentadas por los solicitantes, la Comisión considera que la información presentada demuestra prima facie [en principio] que los miembros de la revista Contralínea se encuentran en una situación de gravedad y urgencia, puesto que su vida e integridad personal se encontrarían en un estado de riesgo inminente”.
Por ello, en su resolución 21/2014, la CIDH solicita al Estado mexicano que adopte las medidas necesarias para preservar la vida y la integridad de los miembros identificados de la revista Contralínea (es decir, sus periodistas); concierte las medidas a adoptarse con los beneficiarios y sus representantes; e informe sobre las acciones adoptadas a fin de investigar los hechos alegados que dieron lugar a la adopción de la presente medida cautelar y así evitar su repetición.
La Comisión también solicita al gobierno de Enrique Peña Nieto que le informe, dentro de un plazo de 15 días, sobre la adopción de las medidas cautelares acordadas y actualice dicha información en forma periódica.
Para el abogado Maurilio Santiago Reyes, quien acompañó la solicitud de Contralínea a la CIDH, las medidas cautelares son un precedente para toda la prensa mexicana.
“De los 10 casos que hemos promovido, éste es el que ha tenido la respuesta más inmediata, pues tan sólo 8 días después de haber solicitado las medidas, la Comisión Interamericana respondió favorablemente”. En conferencia de prensa sobre este caso, el abogado explicó que debido al contexto de violencia e impunidad en el cual se encuentran los periodistas en México, “la propia CIDH está convencida de que es necesario dejar un precedente”.
Contrario a lo que ha estimado la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la Secretaría de Gobernación –a través del Mecanismo para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas– calificó que la revista y sus integrantes enfrentan un 42.63 por ciento de riesgo, lo que considera como “ordinario o bajo”.
La evaluación la hizo durante la Décima Cuarta Sesión Ordinaria de la Junta de Gobierno del Mecanismo, ocurrida el 17 de julio pasado, apenas 1 día antes de que la CIDH dictara las medidas cautelares.
Al presentar el caso de Contralínea, los integrantes de la Junta pusieron en duda los más recientes hechos de violencia que han enfrentado los periodistas de este semanario, al exponer textualmente: “han intentado allanar sus instalaciones”.
Además, el borrador del expediente 086/2013/P/O, elaborado por el Mecanismo y que corresponde a la evaluación de riesgo del director de esta revista, determina que éste “se encuentra en un grado de riesgo bajo derivado de su ejercicio profesional como periodista; siendo así el mayor riesgo en las oficinas de la revista Contralínea, las cuales han sido allanadas en varias ocasiones y de manera más reciente el día 23 de junio de 2014. Es importante mencionar que sus compañeros y compañeras que laboran en la misma revista también tienen cierto grado de vulnerabilidad [sic]”.
Agrega que Miguel Badillo “no ha sufrido amenazas directas [sic] derivadas de su ejercicio profesional como periodista”. El documento elaborado por el Mecanismo indica que, no obstante que el nivel de riesgo es ordinario, como medida preventiva se otorgará a este equipo editorial “el botón de pánico y el número de emergencia por el lapso de 6 meses”.
Durante la sesión del Consejo se aprobó, además, reforzar el código águila de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, para cuidar las instalaciones de Contralínea; así como solicitar a la Procuraduría General de Justicia local que avance en las investigaciones y las averiguaciones previas.
Según el resultado del Mecanismo de la Secretaría de Gobernación, el riesgo ordinario del equipo de Contralínea se determinó de la siguiente forma: la variable “intencionalidad para causar un daño” dio un porcentaje de 13.42; la variable “impacto probable del daño”, un 14 por ciento; la de “vulnerabilidad”, 11.88; y la de “inminencia”, 3.33 por ciento. Lo que suma 42.63 por ciento.
Experta en evaluación de riesgos, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, opina distinto a la evaluación del Mecanismo para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas.
Para la CIDH, dependiente de la Organización de Estados Americanos, el caso de Contralínea reúne los requisitos de gravedad, urgencia e irreparabilidad contenidos en el artículo 25 de su Reglamento, que establece que la “gravedad de la situación” implica el serio impacto que una acción u omisión puede tener sobre un derecho protegido o sobre el efecto eventual de una decisión pendiente en un caso o petición ante los órganos del Sistema Interamericano; la “urgencia” se determina por medio de la información aportada, indicando el riesgo o la amenaza que puedan ser inminentes y materializarse, requiriendo de esa manera una acción preventiva o tutelar; y el “daño irreparable” consiste en la afectación sobre derechos que, por su propia naturaleza, no son susceptibles de reparación, restauración o adecuada indemnización.
“En particular, la información aportada sugiere que varios de los presuntos hechos estarían orientados a obstaculizar el libre ejercicio de la profesión periodística de los miembros de Contralínea, en vista de una serie de reportajes e investigaciones sobre la presunta participación del sector público y privado en la comisión de delitos relacionados con corrupción, abusos de poder y violaciones de derechos humanos, entre otros.
“Al respecto, en adición a las presuntas amenazas, adquiere particular relevancia los presuntos saqueos ocurridos recientemente en las instalaciones de la revista Contralínea, en los cuales se habría hurtado información importante relacionada con el trabajo del medio de comunicación.”
Respecto del requisito de urgencia, la CIDH considera que se encuentra cumplido, “en la medida de los recientes presuntos hechos que habrían ocurrido en las instalaciones de Contralínea y en el domicilio de su director, los cuales se enmarcarían en los presuntos antecedentes de violencia que habrían enfrentado sus miembros y que sugieren que los presuntos perpetradores conocen sus domicilios. En tal sentido, la continuidad y proximidad de las situaciones de riesgo en el presente asunto determinarían la necesidad de una protección inmediata.
“En este escenario, la Comisión toma nota que, según los solicitantes, el Estado presuntamente habría adoptado ciertas medidas para proteger a los miembros de Contralínea. Sin embargo, la CIDH observa que, según la información presentada y de conocimiento público, las medidas presuntamente adoptadas no serían efectivas, en vista de que no se habría proporcionado un marco de protección eficaz, tomando en consideración la naturaleza del trabajo de los miembros de Contralínea, la visibilidad de los reportajes e investigaciones que estarían realizando y los alegados antecedentes de violencia que habrían enfrentado anteriormente.
“Adicionalmente, la Comisión observa que los solicitantes han alegado que presuntamente no existiría un resultado sobre las investigaciones realizadas, lo cual podría permitir o estimular la repetición de los presuntos hechos de violencia en el futuro.”
En cuanto al requisito de irreparabilidad, la Comisión estima que se encuentra cumplido, “en la medida que la posible afectación al derecho a la vida e integridad constituye la máxima situación de irreparabilidad”.
Al analizar el caso de Contralínea, la CIDH tomó en cuenta la particular situación de riesgo que enfrentan ciertos periodistas, comunicadores y trabajadores de medios de comunicación en México, en el ejercicio de su derecho a la libertad de expresión. Información que la propia Comisión ha incorporado, de manera continua, en sus informes anuales.
Sobre este punto, el organismo multilateral recuerda que en su Informe anual 2012, la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la CIDH señaló que “desde hace varios años los periodistas de Contralínea […] han enfrentado una serie de demandas civiles y penales interpuestas por las empresas Zeta Gas, Oceanografía y Blue Marine, hechos que han provocado expresiones de preocupación por parte de esta Relatoría Especial, así como de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos”.
Por ello, estima que “se ha establecido prima facie que los derechos a la vida e integridad personal de los miembros identificados de la revista Contralínea se encontrarían en una situación de riesgo”.
Acompañada por el Centro de Derechos Humanos y Asesoría a Pueblos Indígenas, AC, y la Casa de los Derechos de los Periodistas, AC, Contralínea expuso a la CIDH que, desde su fundación en 2002, ha enfrentado una serie de ataques que han puesto en riesgo la integridad de sus colaboradores en diferentes momentos.
Las agresiones han incluido la judicialización de la labor periodística, el allanamiento a sus instalaciones, el robo de las herramientas de trabajo, la intimidación, la amenaza, como se enlista a continuación:
• 5 de agosto de 2007. Representantes del Grupo Zeta Gas, contratista de la paraestatal Petróleos Mexicanos (Pemex), irrumpen en las instalaciones de Contralínea; amenazan con desaparecer la revista y exigen que se les revelen los nombres de las fuentes de información.
• 6 de agosto de 2007. Inician acciones judiciales. Jesús Zaragoza López, director de Zeta Gas, presenta la primera de tres demandas por supuesto daño moral ante el Juzgado 44 Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal (juicio 757/07). El caso se resolvió en diciembre de 2008 con una resolución condenatoria. Entre las irregularidades del caso destaca que el juez se excedió al dictar su resolución e impuso obligaciones de imposible cumplimiento; además, el juzgador de primera instancia pretendió respaldar su decisión con consideraciones no jurídicas, sino de apreciación personal y de valor en contra de los periodistas y del medio. La demanda fue en contra de Corporativo Internacional de Medios de Comunicación, Miguel Badillo y Ana Lilia Pérez.
• Octubre de 2007. Multigas, SA de CV, (Grupo Zeta) demanda por daño moral a Corporativo Internacional de Medios de Comunicación ante el Juzgado 13 de lo Civil del Primer Partido Judicial de Guadalajara, Jalisco. El expediente 905/2007 se abrió sin que se notificara a los demandados. El actuario presentó documentos apócrifos para acreditar que notificó a Miguel Badillo y Ana Lilia Pérez (en ese entonces, reportera de la revista Contralínea).
El juicio se desahogó sin que se notificara a los demandados ninguna de las instancias procesales. Se dictó sentencia condenatoria por daño moral a pesar de la violación al debido proceso. El amparo promovido fue negado.
Esta demanda derivó en el arresto de Miguel Badillo (por 11 horas en enero de 2009) y la orden de aprehensión contra Pérez.
• 7 de noviembre de 2007. Oceanografía, SA de CV, interpone un juicio civil por “daño moral” ante el Juzgado 40 de lo Civil, en contra de la revista Contralínea y de cuatro de sus periodistas (Miguel Badillo, Nancy Flores, Ana Lilia Pérez, y Jorge Meléndez, colaborador). Durante las audiencias se cuestionó la calidad de los periodistas, así como de las pruebas ofrecidas por ellos. Se desecharon pruebas de la misma naturaleza y calidad que las ofrecidas por la parte demandante, sin que a ésta se le hayan desechado.
• 21 de abril de 2008. Grupo Zeta inicia otra demanda por daño moral contra el medio. El expediente 393/2008 guarda el caso Thermogas, SA de CV, contra Corporativo Internacional de Medios de Comunicación. El juicio ordinario civil es turnado al Juzgado 13 de lo Civil del Partido Judicial de Guadalajara, Jalisco.
• 30 de mayo de 2008. El juez José Manuel Pérez León dicta sentencia condenatoria contra Corporativo Internacional de Medios de Comunicación, Miguel Badillo y Ana Lilia Pérez, demandados por Jesús Alonso Zaragoza López. Expediente 757/07.
• 13 de agosto de 2008. Los abogados Graham Alberto Zubía Félix, Francisco Cuellar Ontiveros, Diego Romero Velasco, el actuario Juan Manuel Aguilar Maya y el perito auxiliar Sergio Guillermo Gonzáles Pulido, de la empresa gasera Zeta Gas, allanan las instalaciones de Contralínea acompañados por guardaespaldas armados y elementos de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal.
• 12 de septiembre de 2008. Contralínea interpone una queja ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos por acoso judicial y amenazas de muerte.
• 23 de septiembre de 2008. La Sexta Sala de los Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal –integrada por los magistrados Olga Cárdenas de Ojeda, Delia Rosey Puebla y Pedro Ortega Hernández (ponente)– dicta sentencia condenatoria contra el recurso de apelación interpuesto contra la decisión del juez del juzgado 44 de lo Civil. Toca de apelación 1909/08.
• 16 de enero de 2009. Elementos de la Policía Bancaria e Industrial del Distrito Federal arrestan a Miguel Badillo, director de Contralínea. Por 11 horas, el periodista permanece bajo “resguardo” en el Centro de Sanciones Administrativas “Torito”.
• 11 de febrero de 2009. Representantes del Grupo Zeta Gas allanan las instalaciones de Contralínea; exigen ingresar a los escritorios y archivos de los trabajadores y periodistas.
• 22 de abril de 2009. Blue Marine Technology Group demanda a Contralínea y a cuatro de sus colaboradores (Miguel Badillo, Nancy Flores, Ana Lilia Pérez y al cartonista David Manrique) por “daño moral”.
• 2 de julio de 2009. Pérez acude como “indiciada” a la Subprocuraduría de Control Regional, Procedimientos Penales y Amparo de la Procuraduría General de la República debido a la denuncia hecha por el representante legal de Grupo Zeta por la supuesta falsificación de una firma en una promoción presentada ante un juez federal. Adicionalmente, una denuncia idéntica se presentó ante la PGR en contra de Miguel Badillo. El periodista tuvo que acudir en calidad de probable responsable a rendir declaración ministerial.
• 14 de septiembre de 2009. La Comisión Nacional de los Derechos Humanos emite la Recomendación 57/2009 a favor de Contralínea, donde se acredita el veto publicitario del que era objeto la publicación semanal (en específico por la paraestatal Petróleos Mexicanos) y el acoso judicial al que era sometida en esos momentos.
• 10 de abril de 2010. Desconocidos allanan y saquean las instalaciones de Contralínea.
• 27 de abril de 2010. La Caravana de Paz que se dirigía a San Juan Copala, Oaxaca, es emboscada. Entre sus integrantes estaban la reportera de Contralínea Érika Ramírez y el fotógrafo David Cilia (entonces colaborador de esta publicación), quienes estuvieron en calidad de “desaparecidos” 2 días.
• 29 de abril de 2010. Los reporteros Érika Ramírez y David Cilia son rescatados. Este último presenta tres heridas de bala.
• Junio de 2009. Thermogas, SA de CV, y Gas Licuado, SA de CV (Zeta Gas), inician el juicio 0906/2009 en el Juzgado Noveno de lo Civil de Jalisco por daño moral, en contra de Corporativo Internacional de Medios de Comunicación, SA de CV, Miguel Badillo, Ana Lilia Pérez, Nancy Flores, así como de Luis Maldonado y Abraham Rodríguez (estos dos últimos, sin relación con la revista). Los periodistas nunca fueron notificados (ver referencia del 9 de diciembre de 2013).
• 3 de enero de 2011. La jueza 54, Yassmín Alonso Tolamatl, condena a Contralínea y a sus reporteros por el “uso abusivo de su libertad de expresión” y porque, según su consideración, la información relacionada con el uso de recursos del gobierno federal vía contrataciones no es de “interés público”. Se trata de la demanda de Blue Marine.
• 24 de febrero de 2011. El Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez y el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional le hacen llegar a la doctora Catalina Botero, relatora Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, información sobre los hechos de hostigamiento judicial en contra de los periodistas de la revista Contralínea que, a juicio de esas organizaciones, constituyen un ataque contra el derecho a la libertad de expresión, consagrado en el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. (boletín: “ACTUALIZACIÓN: Nueva sentencia en contra de los periodistas de la Revista ‘Contralínea’, en México”).
• 7 de marzo de 2011. Se publican el Informe de la relatoría especial para la libertad de expresión, de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (a cargo de la doctora Botero, relatora Especial para la Libertad de Expresión), y el Informe especial sobre la libertad de expresión en México 2010. En ambos se da cuenta del caso Contralínea. En el primero, se anota (en el punto 591) la emboscada de San Juan Copala, Oaxaca; en el 603, las agresiones contra el distribuidor local de la edición Contralínea Puebla; en el 627, el robo a las instalaciones de la publicación nacional; en el 771, el veto publicitario; en el 789, la judicialización de la labor periodística; en el 791, el allanamiento de los representantes de Zeta Gas acompañados por personal de la policía capitalina. Estos datos se dan a conocer también en la publicación La libertad de expresión en México. Informes de misión de las relatorías de la ONU y de la CIDH, una coedición de la ONU, la Oficina del Alto Comisionado de los Derechos Humanos de la ONU-México y Freedom House.
Cabe destacar que en el punto 790, la Relatoría de la CIDH anota: “Preocupa además a la Relatoría que en el marco de los procesos mencionados en el párrafo anterior, un juez civil dictó una medida provisional contra los periodistas y la empresa prohibiéndoles referirse a los demandantes ‘a través de insultos’ en sus notas periodísticas, medida que equivaldría a una censura previa. Adicionalmente, según la información recibida por la Relatoría, en el marco de dichos procesos civiles, el director de Contralínea fue detenido en circunstancias cuestionadas por la CNDH. Asimismo, según información de la CNDH, personal de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal y varios civiles que, según información de la revista, se identificaron como representantes de los demandantes, se introdujeron intempestivamente en las instalaciones de dicha revista el 11 de febrero de 2009. La Relatoría expresa su preocupación ante estos hechos, que revelarían un intento de utilizar el sistema judicial para hostigar y silenciar a periodistas”.
• Abril de 2011. Magistrados del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal revocan la sentencia por daño moral dictada por la jueza 54, Yassmín Alonso Tolamatl, en el juicio de Blue Marine.
• Entre el 31 de agosto y el 1 de septiembre de 2011, son asesinadas las periodistas Marcela Yarce Viveros, fundadora de Contralínea, y Rocío González Trápaga (exreportera de Televisa).
• 18 de enero de 2012. A solicitud de la revista Contralínea, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) atrae el amparo directo 392/2011 promovido por el consorcio Blue Marine Technology Group, en el que demanda la reparación de “daño moral” por diversas publicaciones de este semanario. Según los empresarios, los periodistas violaron sus derechos de personalidad al relacionarlos con licitaciones y asignación de contratos de la paraestatal Pemex y al referirse a ellos “mediante insultos hacia su persona, imagen, decoro, honor, prestigio personal y comercial”.
• 4 de julio de 2012. La Primera Sala de la SCJN niega el amparo de la justicia a las empresas Arrendadora Ocean Mexicana, Blue Marine Technology y Subtec, del consorcio Blue Marine Technology Group, que alegaban la reparación del daño moral y absuelve a los reporteros de esta publicación semanal. Asimismo, establece que la revista Contralínea realizó un trabajo profesional, apegado a los principios de la libertad de expresión.
• 9 de diciembre de 2013. En esta fecha se cita el remate de la vivienda del director de Contralínea. Ello se deriva de la sentencia condenatoria del juicio 0906/2009, que el Juzgado Noveno de lo Civil de Jalisco dictó a espaldas de los periodistas (ver referencia de junio de 2009) el 3 de febrero de 2012. Al no ser notificados de que debían pagar 500 mil pesos, los reporteros fueron declarados en desacato, por lo cual se dictó la sentencia definitiva el 29 de agosto de 2011. El 30 de enero de 2014 se concede la suspensión del acto de remate.
Por este caso intervino la Secretaría de Gobernación, a través de su Unidad para la Defensa de los Derechos Humanos (UDDH). Mediante el oficio UDDH/911/5689/2013, el titular de la Unidad, Juan Carlos Gutiérrez Contreras, solicita al magistrado presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco, Luis Carlos Vega Pámanes, se investigue “la presunta violación a los derechos humanos en relación a su garantía de audiencia y al debido proceso”.
En el documento oficial se hace referencia a la recomendación 57/2009, emitida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos en 2009 y la reciente Recomendación General 20, en las que se documentó la violación al debido proceso en que incurrió el Poder Judicial del Estado de Jalisco en otros juicios interpuestos por Zeta Gas en contra de Contralínea. Por ello, la Secretaría de Gobernación solicita al magistrado Gutiérrez Contreras “su colaboración institucional, con la finalidad de que sirva informar aquello que permita conocer las acciones que a favor de los derechos humanos se hubiere realizado, así como el estatus y el nivel de cumplimiento de la recomendación”.
En su comunicación, la Secretaría de Gobernación le recuerda al Poder Judicial del Estado de Jalisco –representado por el presidente del Supremo Tribunal de Justicia de la entidad, Luis Carlos Vega Pámanes– su obligación “de prevenir, investigar, sancionar y reparar violaciones a los derechos humanos, así como de promover, respetar, proteger y garantizar los mismos”.
La CNDH también abrió un expediente en el que documenta dichos agravios. El visitador adjunto adscrito al Programa de Agravios a Periodistas y Defensores Civiles de Derechos Humanos, de la Quinta Visitaduría General, Arturo E Pech Rodríguez, dio entrada a la queja presentada por Contralínea.
• 18 de abril de 2014. La vivienda del director es allanada.
• Madrugada del 24 de junio de 2014. Las instalaciones de Contralínea son allanadas: de la redacción son sustraídos expedientes, discos compactos con información editorial, 19 equipos de cómputo, una cámara de video profesional, grabadoras, libretas, tres televisiones.
Como parte de la exposición de motivos, los promoventes de la petición de medidas cautelares expusieron a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos algunos de los trabajos periodísticos más relevantes realizados a lo largo de su historia, que han derivado en una situación de riesgo para sus integrantes:
• “La partida secreta y el mapa financiero de los Salinas [de Gortari]”, publicado en el primer número de la revista (abril de 2002), por Miguel Badillo. El reportaje revela el traslado de miles de millones de pesos del erario a las cuentas bancarias de Raúl Salinas abiertas en el extranjero.
• “Corrupción en Los Pinos”, publicado el 1 de junio de 2006 por Miguel Badillo. Este trabajo documenta la adjudicación directa de un contrato a favor de uno de los amigos de Vicente Fox para remodelar la cabaña presidencial, sin cumplir con los estándares de seguridad que marca el Estado Mayor Presidencial y por encima de las leyes vigentes.
• “Espionaje telefónico en Los Pinos, Defensa y Gobernación”. Publicada el 19 de junio de 2006 por Miguel Badillo y varios reporteros, la investigación descubre cómo se instrumentó un operativo de espionaje telefónico dirigido a la residencia presidencial, a la Secretaría de la Defensa Nacional y a la de Gobernación.
• Diversos reportajes sobre Zeta Gas, Oceanografía y Blue Marine Technology Group, donde se comprobaba la corrupción de esas compañías en la adjudicación de contratos con Pemex, publicados entre 2005 y 2011, por Miguel Badillo, Ana Lilia Pérez y Nancy Flores.
• “Mouriño, negocios al amparo del poder”. Publicado en marzo de 2008 por Ana Lilia Pérez, revela los 10 contratos y convenios firmados por la empresa del entonces secretario de Gobernación (Transportes Especializados Ivancar) y Pemex.
• “Calderón autorizó operaciones de Pemex en paraísos fiscales”. Publicado el 1 de diciembre de 2008, el trabajo de Nancy Flores revela que el expresidente Felipe Calderón avaló la creación de empresas privadas con dinero de Pemex en Luxemburgo.
• “Sobrevivir a la emboscada”. Publicada en mayo de 2010 por Érika Ramírez, es la crónica de la emboscada que padeció la propia reportera cuando cubría una caravana de paz que se dirigía a San Juan Copala, Oaxaca, el 27 de abril de 2010.
• “Auditan 12 contratos en Sedena”. El 1 de julio de 2012 la columna Oficio de Papel, de Miguel Badillo, da a conocer la multimillonaria inversión de la Sedena en aparatos de espionaje y la corrupción en torno a esos contratos.
• “Cisen: los 39 altos mandos y sus onerosos salarios”. Por primera vez se reveló a través de las páginas de Contralínea la estructura del órgano de inteligencia civil mexicano, así como los excesos cometidos por ese personal y sus altos sueldos. Este trabajo se publicó el 26 de mayo de 2013, por Miguel Badillo.
• “Tasa de asesinatos de mujeres en México supera la del continente”. Publicado el 1 de abril de 2013 por Flor Goche. Una investigación de la Secretaría de Gobernación confirma que las muertes violentas de mujeres repuntaron durante el sexenio de Calderón. Para 2010, la tasa de homicidios dolosos de mujeres superó el promedio global para los países del continente americano e implicó un retroceso de 14 años para México.
• “Biometrópolis: negocios a cambio de medio ambiente”. Publicado el 9 de noviembre de 2010 por Elva Mendoza, revela que el proyecto del Gobierno del Distrito Federal se construirá sobre una reserva natural que alberga especies en peligro de extinción, protegidas, endémicas y un Monumento Natural de importancia mundial.
• “Pumas, ni un peso a la UNAM”. Publicado el 26 de enero de 2014 por Mauricio Romero, descubre que a pesar de beneficiarse de los recursos y bienes de la Universidad, los Pumas no han compartido ni un centavo con la UNAM a pesar de ser esa la promesa para que se diera la privatización del equipo a cargo de grandes empresarios de México.
• “Recursos del Procampo a familia del secretario de Agricultura”. Publicado por Érika Ramírez, refiere que Francisco Javier Mayorga Castañeda, su hermana Luz Teresa y su padre Salvador Arturo Mayorga Cameros recibieron más de 14 millones de pesos del Procampo, asesorías y sueldos. El dinero público –supuestamente destinado a campesinos pobres– les fue entregado durante el sexenio foxista, cuando el titular de la Sagarpa ya era funcionario de la misma.
• México 2030, serie de siete partes publicadas de febrero a abril de 2010 por Nancy Flores. Revelación de 14 documentos –que forman parte del expediente México 2030, Proyecto de Gran Visión– sobre los planes transexenales del gobierno federal para privatizar los sectores estratégicos y los bienes de la nación. Energía, agua, zonas de reserva de la biósfera, salud, ciencia y tecnología quedarán en manos de la iniciativa privada; además, se legalizaría el lobbyng para que las empresas nacionales y extranjeras hagan prevalecer sus intereses en el Congreso de la Unión (“Proyecto México 2030: la venta de un país”; “Plan México 2030: ‘acotar’ crimen organizado, no exterminarlo”; “Entrega Calderón áreas estratégicas a trasnacionales”; “Plan México 2030: desmantelar la seguridad social”; “Proyecto 2030: venta total de las reservas de la biósfera”; “Plan 2030: ‘mexicoamericanos’ gobernarán la nación”; “Plan 2030: ocupación integral de México”).
• “Opacidad y violación a los derechos humanos en nombre de la ‘seguridad nacional’”. Publicado en tres partes en agosto de 2013 por Zósimo Camacho. Descubre el espionaje ilegal, la ausencia de rendición de cuentas, la violación a derechos humanos, impunidad, falta de control social, ineficiencia… Definiciones que surgen de especialistas, legisladores y de los propios funcionarios cuando se trata de analizar seriamente el desempeño de las instituciones mexicanas encargadas de la seguridad y la defensa nacionales, que tan sólo para 2013 tenían un presupuesto superior a los 73 mil millones de pesos.
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Redacción
Contralínea 398 / 10 agosto de 2014
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