En los últimos 15 años, sobre vestigios arqueológicos se han construido fraccionamientos habitacionales, distribuidores viales, gasoductos, presas, centros comerciales, minas y parques eólicos. No obstante su importancia, el INAH termina por avalar la mayoría de los proyectos de infraestructura promovidos por particulares y entidades de gobierno. Entierros humanos, estructuras arqueológicas, petrograbados, sitios sagrados, entre los hallazgos que han sido ignorados o destruidos.
De acuerdo con información obtenida por Contralínea, el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) ha firmado, entre 2000 y 2015, 70 convenios con particulares y dependencias gubernamentales para realizar trabajos de salvamento arqueológico dentro de poligonales destinadas a obras de infraestructura.
Fraccionamientos habitacionales, parques eólicos, minas, represas, distribuidores viales, libramientos, gasoductos, centros comerciales, restaurantes, plantas de tratamiento de aguas residuales y tiendas de autoservicio, entre los proyectos.
Para ello, en los últimos 15 años, particulares y dependencias gubernamentales han entregado al INAH alrededor de 152 millones 342 mil 320 pesos para la realización de los trabajos.
Según la información en poder de este semanario, durante la última administración de María Teresa Franco, se firmó el mayor número de convenios: 24 en 2014; seguido por 2013, cuando bajo la administración de Sergio Raúl Arroyo y el inicio de la segunda administración de Teresa Franco se firmaron 17.
Dirigido por Alfonso de Maria y Campos, en 2010, 2011 y 2012, el Instituto convino 15 salvamentos con particulares y entidades de gobierno.
La Comisión Federal de Electricidad, el Gobierno del Distrito Federal, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, Gasoductos Mexicanos, Corporación Minera Esperanza Silver de México, Tag Pipelines, Bayer de México, Restaurantes Toks, la Cadena Comercial Oxxo, Tiendas Chedraui, y Walmart de México son algunos de los nombres que figuran en los documentos oficiales.
La Comisión Federal de Electricidad (CFE) es el ente que más convenios ha firmado con el Instituto. En 15 años, se tiene registro de 17 proyectos de salvamento realizados por personal del INAH en predios que, se buscaba, fueran liberados para presas, gasoductos y/o líneas de transmisión de energía eléctrica.
Financiado por la CFE, el proyecto Chicoasén II, en Chiapas, con un costo de más de 19 millones de pesos, ha sido el más caro y también uno de los más largo que haya realizado el INAH. Según los propios documentos del Instituto, los trabajos de salvamento se programaron para llevarse a cabo en 19 meses.
Derivado de las labores arqueológicas en el área que ocupará la presa hidroeléctrica, el INAH ha reportado el hallazgo de tres asentamientos prehispánicos en 6 kilómetros cuadrados en ambos márgenes del Río Grijalva, estructuras arquitectónicas, elementos rituales y poco más de 100 entierros.
En enero de 2015, la CFE, emitió el fallo de la licitación de la Central Hidroeléctrica Chicoasén II. De acuerdo con un comunicado, el resultado fue a favor del consorcio integrado por las empresas Omega Construcciones; Sinohydro Costa Rica, Desarrollos y Construcciones Urbanas y CAABSA Infraestructura.
La propuesta presentada por este consorcio fue por un monto de 386 millones 420 mil 681 dólares, por debajo del monto máximo fijado por la CFE en 405 millones 620 mil dólares.
En 2003, el INAH y la CFE firmaron un convenio para realizar labores de prospección y salvamento en el Proyecto Hidroeléctrico El Cajón, en Nayarit, para el que la Comisión se obligaba a aportar 852 mil 221 pesos.
De acuerdo con el convenio, en 2001, el Instituto llevó a cabo una inspección sobre una parte de las márgenes del Río Grande de Santiago, que serían inundadas en el embalse de la presa del proyecto hidroeléctrico El Cajón.
Sobre la zona de embalse y en el tramo aguas abajo que se encontraba entre la cortina de la entonces futura presa y el límite final de la presa de la central hidroeléctrica Aguamilpa, se registraron un total de 24 sitios (nueve en la zona de reordenamiento territorial y 15 asociados al área de embalse de la futura presa), por lo que se reportaba la necesidad de continuar con los trabajos.
De 2003 a 2006, ya sumaban 72 los sitios arqueológicos localizados en la poligonal. Con los objetos hallados, el Instituto inauguró en octubre de 2006 en el Museo del Templo Mayor la exposición Entre ríos y montañas sagradas. Arqueología en El Cajón, Nayarit.
De la muestra, que reunía un total de 168 piezas arqueológicas, destacan 86 esculturas de barro, 46 vasijas, materiales en concha, así como dos representaciones de las tumbas de tiro. Los materiales arqueológicos provienen de los sitios El Tepetate, El Ciruelo, La Playa, Paseo de San Juan y Lagunitas, ubicados en las cercanías del Río Grande de Santiago, en un área de distribución de 65 kilómetros, localizadas en el sitio arqueológico La Playa.
También en Nayarit, el Instituto comenzó trabajos de salvamento sobre la poligonal del proyecto hidroeléctrico Las Cruces, luego de firmar un convenio con la Comisión Federal de Electricidad en el que la empresa se comprometió a erogar 1 millón 810 mil 850 pesos para los trabajos.
La obra, que enfrenta el rechazo social, pretende ser construida por la CFE en el poblado de San Pedro Ixcatán, municipio de Ruiz. Según la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), esta hidroeléctrica supone la pérdida de 14 sitios sagrados y ceremoniales de los pueblos indígenas Nayeri o Cora. Entre ellos, el principal centro ceremonial denominado La Muxatena, una formación rocosa de singular belleza. Además, considera que la obstrucción del río dañará irreversiblemente Marismas Nacionales, uno de los sistemas de manglar más extensos de Norteamérica.
La AIDA asegura que, con 540 kilómetros de longitud, el Río San Pedro Mezquital es el único libre de hidroeléctricas en la Sierra Madre Occidental de México. Es el séptimo río más caudaloso del país, la principal fuente de agua dulce para el Sur del estado de Durango, y base del sustento de diversos pueblos indígenas, los cuales, añade, no fueron consultados ni han recibido información sobre el proyecto.
“Como consecuencia de las labores de inspección y evaluación que el Instituto realizó en el área señalada, a petición de la Comisión, se corrobora la existencia de vestigios arqueológicos en el área del proyecto y en previsión a la potencial afectación de los bienes arqueológicos que se puedan encontrar. La Comisión solicitó al Instituto que lleve a cabo los trabajos arqueológicos en la cota correspondiente y, en su caso, proponga las acciones conducentes para su protección”, señala escuetamente el convenio firmado el 19 de agosto de 2013.
La prospección arqueológica se realizó considerando las siete áreas que abarcan la superficie del polígono definido para la explotación minera: tajo grande, tajo chico, área de desmonte Sureste, área de desmonte Este, área de desmonte Norte, patio de lixiviación y sitio arqueológico Cerro El Jumil. Como resultado de la prospección se registró la presencia de los sitios arqueológicos El Jumil, El Jumilito, Ladera del Cerro El Jumil, Cuentepec y Cuexcomate, “importantes para el conocimiento del área de influencia de Xochicalco en el estado de Morelos”, se lee en los antecedentes plasmados en el documento. Por lo que el INAH consideró necesario ampliar la intervención arqueológica para continuar con el levantamiento topográfico de la ladera Este del cerro El Jumil y el salvamento arqueológico de los sitios antes mencionados, los cuales se ubicaban en el tajo chico, área de desmonte Sureste, área de desmonte Norte y patio de lixiviación.
La solicitud de la ampliación de la intervención arqueológica se basa en la cláusula tercera del convenio citado, en la cual las partes acordaron que el programa de trabajo podría ser modificado atendiendo a las circunstancias que se presentaran.
Así, el 19 de abril de 2011, se firmó el convenio para la segunda temporada de los trabajos, mismos para los que la corporación se obligaba a erogar 1 millón 231 mil 172 pesos.
En 2013, luego de enfrentar el descontento social y la atención de la prensa, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) negó, con fecha 5 de junio, la autorización en materia de impacto ambiental del proyecto de minería a tajo abierto el cerro de El Jumil.
En el oficio 03865 de la SGPA/DGIRA/DG, donde se da a conocer el rechazo de la manifestación de impacto ambiental de la mina, queda asentado que “el INAH concluye que la explotación minera es incompatible con la conservación del patrimonio arqueológico, con fundamento en diversos artículos de su Ley Orgánica, de la Ley Federal de Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos y de la Ley Federal de Patrimonio Arqueológico”.
Con fecha 29 de marzo de 2007, el INAH y el Fideicomiso Real Diamante, firmaron el convenio de colaboración para llevar a cabo labores de prospección arqueológica sobre un predio ubicado en la zona Punta Diamante, Puerto de Acapulco, en Guerrero, donde habría de edificarse el desarrollo inmobiliario turístico Real Diamante.
La prospección, del 1 al 31 de julio, se ejecutó considerando 11 macropredios, donde se detectaron tres plataformas habitacionales, 91 rocas con pozuelos, un abrigo rocoso, un petrograbado y tres macizos rocosos conocidos como La Tortuga, La Cabeza y La Mujer Pariendo, “importantes” para el conocimiento del área de asentamientos detectados en Puerto Marqués y Punta Diamante, reconocen las partes en el escrito.
Como resultado, se emitió un oficio con fecha del 14 de diciembre de 2007, en el que se dictaminó que debe ser considerada como reserva arqueológica el macropredio 30, así como restricciones temporales hasta su excavación en el predio 28, en el que se localizan dos manantiales vivos de escaso caudal, tres formaciones monolíticas reportadas en la década de 1980 y una terraza habitacional y, marcado con restricción temporal el macropredio 27, donde se localizaron restos de una plataforma prehispánica de uso doméstico que requerirá ser excavada, por lo que se considera necesario continuar la investigación durante 4 meses más.
El 30 de septiembre de 2011, el Instituto y el fideicomiso firmaron nuevamente un convenio, en él se establece que se requerían 120 mil 750 pesos. Monto que la empresa estaría obligada a entregar.
Sobre el proyecto, una nota del periódico El Sur de Acapulco da cuenta de la existencia de una denuncia penal en contra de la empresa. El señor César Sabino Palma Salinas –quien reclama la indemnización de 70 hectáreas y media en Punta Diamante– demandó ante la Procuraduría General de la República (PGR) al gobernador René Juárez Cisneros, y a otros 27 funcionarios y exfuncionarios por los delitos de daño al patrimonio arqueológico, robo, saqueo de vestigios arqueológicos y lo que resulte.
En la denuncia, Palma Salinas explica que las personas señaladas siguen “saqueando, vendiendo y destruyendo la zona arqueológica que estudios del Instituto Nacional de Antropología e Historia especifican que datan de miles de años. Se están construyendo avenidas calles, villas, hoteles y próximamente casinos sobre los vestigios” que se encuentran en la zona conocida como Punta Diamante.
De acuerdo con la nota, fechada en agosto de 2004, Sabino acusa que a pesar de que el INAH notificó a través de un comunicado a los desarrolladores de Punta Diamante, constructora Grupo Mexicano de Desarrollo (GMD) y a la administración del Condominio Real Diamante que tendrán que informar de cualquier tipo de obra que lleven a cabo y que pueden poner en riesgo la preservación de la reserva arqueológica, éstas siguen destruyendo el lugar.
La lista de convenios firmados por el Instituto y particulares, de los cuales Contralínea posee copia, incluye también el proyecto de salvamento arqueológico acordado para el predio ubicado en avenida Paseo de la Reforma 159, en el Distrito Federal, donde pretende construirse una torre de departamentos y en cuya entraña se conservaban vestigios de lo que en los siglos XVIII y XIX fuera el Panteón de Santa Paula (Contralínea 426 http://contralinea.com.mx/2015/03/01/panteon-colonial-al-cascajo-con-aval-del-inah/
). También, el salvamento arqueológico que el Instituto y la Universidad Autónoma de Nuevo León realizó en 2012 sobre un polígono de 50 kilómetros cuadrados dentro de los municipios de Atenco y Texcoco en el Estado de México, en el área donde habrá de construirse el Nuevo Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México. Perímetro en el que se ubicaron 28 sitios arqueológicos y alrededor de 270 puntos con vestigios prehispánicos (Contralínea 427 http://contralinea.com.mx/2015/03/08/nuevo-aeropuerto-arrasara-zona-arqueologica/).
De acuerdo con el documento Procedimiento de desarrollo de investigaciones arqueológicas –salvamento y rescate– en áreas de obra de infraestructura pública o privada, los particulares y entidades de gobierno están obligados a obtener la autorización INAH-00-008 en áreas de obras de infraestructura pública o privada que son consideradas sitios arqueológicos o paleontológicos, porque presentan o se presume que presentan vestigios del periodo que van del origen de la vida humana hasta el establecimiento del dominio de los españoles, y frecuentemente, aun anteriores y posteriores.
De lo contrario, la Ley referida por Sánchez Nava prevé la suspensión de los trabajos que se ejecuten y en su caso procederá a la ocupación del lugar, a la revocación de la autorización y a la aplicación de sanciones.
En su Capítulo VI, “Las sanciones”, el instrumento deja en claro que al que realice trabajos materiales de explotación arqueológica, por excavación, remoción o por cualquier otro medio, en monumentos arqueológicos inmuebles, o zonas de monumentos arqueológicos, sin la autorización del Instituto, se le impondrá prisión de 3 a 10 años y de 1 mil a 3 mil días de multa, y al que ordene, induzca, dirija, organice o financie las conductas descritas, se le incrementará hasta por una mitad las penas.
Establece también en el artículo 48 que si los delitos previstos en esta Ley los cometen funcionarios encargados de la aplicación de la misma, las sanciones relativas se les aplicarán independientemente de las que les correspondan conforme a la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
Se le impondrá prisión, apunta el artículo 52, de 3 a 10 años y multa hasta por el valor del daño causado, al que por cualquier medio dañe, altere o destruya un monumento arqueológico, artístico o histórico.
Elva Mendoza, @elva_contra
[BLOQUE: INVESTIGACIÓN]
[SECCIONES: PORTADA; CULTURA]
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