Rogelio Velázquez / Zósimo Camacho
Era el 28 de agosto de 1996. Pasaban de las 10 de la noche cuando José Alfredo Durán y Alfredo Sandoval repartían propaganda en un barrio de Huixquilucan, Estado de México. El texto que difundían apenas constaba de una veintena de párrafos. Se había dado a conocer por primera vez dos meses atrás (28 de junio) en la Costa Grande de Guerrero: se trataba del Manifiesto de Aguas Blancas, con el que el Ejército Popular Revolucionario (EPR) se presentó “al pueblo de México, al pueblo de Guerrero y a los pueblos del mundo”.
Para entonces, el grupo armado había irrumpido en cinco estados más: Oaxaca, Tabasco, Chiapas, Estado de México y Guanajuato. En las seis entidades federativas, había iniciado enfrentamientos con el Ejército Mexicano y corporaciones policiacas estatales.
Un disparo al aire con arma corta, realizado por Alfredo Durán, disuadió a los policías municipales que los habían descubierto. Pero los supuestos guerrilleros fueron interceptados por efectivos estatales en la carretera Río Hondo-Huixquilucan, en el paraje Peña del Venado. Les fueron aseguradas dos armas cortas y dos fusiles de asalto AK-47 –conocidas popularmente en México como cuernos de chivo–, cuatro cargadores y radios de intercomunicación. Entonces dijeron llamarse José Luis López García y Sergio Bautista Martínez.
Fueron acusados de asociación delictuosa, tentativa de homicidio, daño a los bienes y portación de arma de fuego de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas.
El proceso judicial al que fueron sometidos, explica su abogada Pilar Noriega García, fue “irregular” desde el principio: padecieron tortura; no contaron con defensa adecuada; se les juzgó dos veces por un mismo delito, y no se les pudo comprobar tentativa de homicidio, daño a los bienes ni asociación delictuosa. A pesar de ello, permanecen en la cárcel. A decir de su defensora, se trata de una consigna política y no de un asunto jurídico.
La sentencia, dictada en septiembre de 1999, condenó a 25 años de prisión a Alfredo Sandoval; y a 26, a Alfredo Durán.
El certificado médico de la PGR, realizado por el médico forense Javier Hernández Rodríguez 24 horas después de la detención, da cuenta de las lesiones de los detenidos; sin embargo, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos –entonces presidida por Mireille Roccatti–, en el expediente CNDH/121/96/MEX/5775, referente al caso y del cual Contralínea posee copia, establece que no se puede determinar si las lesiones son características de tortura.
Desde entonces, el juez le dio vista al Ministerio Público para que se abriera una averiguación previa por el delito de tortura. Hasta la fecha, la Procuraduría no ha señalado nada respecto de dicha averiguación.
Noriega García explica que por el delito de portación de armas de fuego, fueron penalizados dos veces: “En lugar de ponerles una determinada pena correspondiente a las AK, les sumaron [años de condena] por las pistolas y por las AK”.
La asociación delictuosa tampoco se puede comprobar, puesto que el Manifiesto de Aguas Blancas no se llama a la población a delinquir. En sus conclusiones, el Ministerio Público no acreditó dicho delito, porque en el documento el grupo armado se limita a concientizar a la gente para organizarla, crear una nueva república, una nueva constitución, reordenar la economía y formar un nuevo gobierno. “Fines lícitos”, comenta la abogada.
Miguel Ángel del Río Robles y Javier Basilio Ubaldo, policías municipales de Huixquilucan –los primeros que tuvieron contacto con los sentenciados?, señalan en su declaración que José Alfredo Durán y Alfredo Sandoval dispararon hacia ellos con el fin de matarlos.
Pero está comprobado que “el único disparo que hicieron fue al aire; después [los acusados] huyeron”, ataja Pilar Noriega. Agrega que “la capacidad de las AK-47 que tenían es de 600 metros, cuando menos; si hubieran querido matar a los policías, lo hubieran hecho. El hecho de que hayan desistido voluntariamente, [demuestra que] ya no se consuma la tentativa”.
Además, en el mismo expediente se asienta que quien fungió como su defensora de oficio luego de la detención realizaba su servicio social como asistente del Ministerio Público y sólo hizo lo que éste le ordenó.
En efecto, en la diligencia del 3 de marzo de 1997, ante el juez de la causa, Perla Gabriela Villegas Díaz, supuesta defensora de los quejosos en la declaración ministerial, afirmó que realizaba su servicio social en la Procuraduría, “apoyando en todo lo que se necesitara al agente del Ministerio Público federal”.
Aunque la Suprema Corte de Justicia de la Nación no ha atraído el caso, la defensora le demanda estar al pendiente de él. Exige que se resuelva bajo los mismos criterios con los que se han resuelto los de Acteal y Atenco, entre otros. Aunque no sea mediático, que se resuelva conforme a derecho, señala.
Para la abogada, la justicia debe ordenar la liberación de los procesados. Luego de casi 15 años de prisión, y “de acuerdo con la legislación de la época en que fueron condenados, ya tendrían derecho a su preliberación”, argumenta.
El caso fue revisado por el Segundo Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, el cual ordenó, el 6 de mayo pasado, al Segundo Tribunal Unitario del Segundo Circuito pronunciarse sobre los alegatos de la defensa. Además otorgó el amparo y la protección de la Justicia de la Unión para los acusados. Lo anterior abriría la posibilidad de su liberación.
Madre de dos hijos y abogada, aclara: “Ellos aceptaron desde el principio su militancia en el EPR. La peligrosidad de mi esposo radica en su forma de pensar y en que estuvo dispuesto a transformar una realidad con la que no estuvo de acuerdo: ejerciendo la atribución que tiene el pueblo de cambiar la forma de gobierno”.
David Durán Sosa, padre de Alfredo Durán, o José Luis López García, explica que se enteró por televisión de la detención de su hijo. Lo más difícil fue el regreso después de la primera visita a la cárcel: “Se me vino el mundo encima y comencé a llorar por mucho tiempo”, comenta con la voz entrecortada.
Después de ser encarcelado en el Centro Federal de Readaptación Social 1 del Altiplano, en el Estado de México, Alfredo Durán estuvo preso en los centros federales de Puente Grande, Jalisco; el Altiplano nuevamente; el 4 de Nayarit; el 5 de Perote, Veracruz; el estatal de Huimanguillo, Tabasco, y, finalmente, fue regresado a Perote.
La ruta carcelaria de Alfredo Sandoval tuvo las siguientes escalas: el Altiplano; el 3 de Matamoros; nuevamente el Altiplano; Nayarit, y Perote. Teniendo ambos a sus familias asentadas en el Distrito Federal, la visita se complica por el tiempo que se invierte en el traslado y por los gastos que éste implica, señalan sus familiares.
Un as para bailar rock and roll –como lo define su esposa–, Sandoval Monroy disfrutaba compartir el tiempo al lado de sus hijos. “A veces tomábamos el Ruta 100 con destino a ningún lugar. Cuando llegábamos a un deportivo, Alfredo se ponía a correr con los niños, y después comiamos las tortas que habíamos preparado en la casa, porque nunca llevábamos mucho dinero”, recuerda, con los ojos humedecidos, su cónyuge.
Homónimo de uno de los más reconocidos interpretes de la música popular mexicana, José Alfredo Durán también comparte con el cantante el gusto por las rancheras, y no pierde la oportunidad de cantarlas en la cárcel. Otra de sus pasiones es la pintura: “Desde niño, dibujaba a Memín Pinguín”. Ahora su obra artística, por medio del Comité Internacional de la Cruz Roja, se exhibe en el museo de Ginebra, Suiza, dice, orgulloso, su padre.
Pilar Noriega espera que en el fallo de apelación se revoque la sentencia de primera instancia y que sus defendidos puedan quedar libres. Sus familiares esperan regresar a la vida que llevaban antes de aquel 28 de agosto. Se muestran optimistas en la impartición de justicia y exigen que se tomen todas las consideraciones que expone la defensa.
Las familias Durán y Sandoval anhelan la liberación. Alfredo Sandoval espera reencontrarse con sus dos hijos. Alfredo Durán desea ver a su hija antes de que cumpla 15 años, los mismos que él lleva en reclusión. En próximas fechas, el Tribunal Unitario lo decidirá.
La preservación de la vaquita marina no puede recaer únicamente en las autoridades ambientales; es…
El inicio del nuevo modelo de compra consolidada de medicamentos que realizará la Secretaría de…
En la Conferencia de las Partes sobre Biodiversidad, COP16, los países del Norte y Sur…
En una carta, más de 150 organizaciones de la sociedad civil y no gubernamentales hicieron…
La realidad existe, aunque muchas veces es negada y distorsionada, con informaciones y percepciones falsas o…
La reforma en materia de supremacía constitucional que fue aprobada en lo general y en…
Esta web usa cookies.