Sedena defiende fuero de guerra: “Restringirlo quebrantaría la disciplina militar”

Sedena defiende fuero de guerra: “Restringirlo quebrantaría la disciplina militar”

Eleazar Ramírez, a nombre de la Procuraduría General de Justicia Militar de la Sedena, sostiene que la reforma que el Senado prepara para restringir la jurisdicción militar deja de lado la disciplina militar, “piedra angular para la subsistencia de las Fuerzas Armadas”. Respecto de las 9 mil 880 quejas y 118 recomendaciones que la Sedena ha recibido en los últimos 14 años por la supuesta violación de derechos humanos, comenta que no se trata de una problemática que preocupe a esta instancia, ya que, en contraste con el elevado número de quejas, las recomendaciones son mínimas. El teniente coronel pide a la población confiar en los tribunales militares pues, asegura, “el fuero de guerra no es un beneficio ni una prebenda para el personal militar”

Eleazar Ramírez Espíndola, décimo agente de la Procuraduría General de Justicia Militar de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), asegura que a pesar de que ni el Código de Justicia Militar ni ningún ordenamiento procedimental castrense han sido reformados a la luz de los criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que apuntan a acotar el fuero de guerra, todas las causas penales relativas a violaciones de derechos humanos de civiles a manos de soldados han sido declinadas al fuero federal.

Portando con sobria naturalidad la investidura marcial y desde las instalaciones de la Sedena, comenta que la decisión de las Fuerzas Armadas obedece a su respeto por los derechos humanos pero, sobre todo, a su obligación para con lo que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

—La Sedena es muy respetuosa con relación a la aplicación de los derechos fundamentales. Y no es una cuestión que uno pueda decidir, sino que ya es obligatorio conforme a las reformas que ha sufrido nuestra Constitución Política [de los Estados Unidos Mexicanos], en su Artículo Primero.

El teniente coronel Eleazar Ramírez manifiesta, sin embargo, una gran preocupación: que la reforma que se prepara en materia de justicia militar (y que tiene sustento en el conjunto de recomendaciones emitidas por los sistemas internacional e interamericano de derechos humanos y en las deliberaciones del máximo tribunal mexicano) pasa por alto el bien jurídicamente tutelado dentro del fuero de guerra, que es la disciplina militar.

—En todas las reformas que se van a hacer a las leyes penales militares y procedimentales se están tomando en consideración las resoluciones, pero no se está tomando en cuenta ese punto de vista, ese aspecto importante que es la disciplina militar.

¿De qué manera afectaría la restricción del fuero de guerra a la disciplina militar? El uniformado explica que mientras la imposición de una pena en la jurisdicción civil busca primordialmente la reinserción social del infractor, lo esencial para los tribunales militares es ejemplificar con la sentencia, es decir, “que la imposición de una pena por la comisión de un delito sea ejemplo para todo el personal militar”.

Así, concluye, la acotación del fuero de guerra conllevaría al quebrantamiento de la disciplina militar, “piedra angular para la subsistencia de la Fuerzas Armadas”. Además, porque al ser los tribunales federales “más flexibles” que los militares, los infractores podrían ser absueltos, lo que también impactaría en la disciplina militar.

—Si todas las causas penales relativas a violaciones de derechos humanos de civiles por parte de soldados han sido declinadas al fuero federal, ¿qué casos continúan bajo la jurisdicción militar?

—Ahorita estamos manejando principalmente los delitos meramente castrenses: abuso de autoridad, insubordinaciones, etcétera, y en donde fehacientemente veamos que no está involucrado un civil. Son muchos. Una cantidad grande también de cuestiones en las que está involucrado el personal miliar, que son delitos netamente castrenses y que están previstos en el Código de Justicia Militar, en el Libro Tercero” –precisa el encargado de la sección jurídica consultiva de la Procuraduría General de Justicia Militar.

Fuero militar: “ni beneficio, ni prebenda”

La demanda de restricción de la jurisdicción militar apunta a acabar con la impunidad que, a decir de organizaciones civiles y víctimas de abusos castrenses, ha caracterizado a los tribunales militares. Como lo ha señalado Santiago Cantón a partir de su experiencia como secretario ejecutivo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para el periodo 2001-2012, éstos “carecen de la independencia e imparcialidad que deben tener para ejercer sus funciones, por lo que muchas veces el objetivo es la búsqueda de impunidad y no de justicia” (Contralínea 375).

Con guerrera y pantalón azules, corbata negra, camisa beis, el escudo de justicia militar sujeto del cuello del uniforme de ceremonias, Eleazar Ramírez Espíndola sostiene que “el fuero de guerra no es un beneficio ni una prebenda para el personal militar”.

El décimo agente de la Procuraduría General de Justicia Militar pide a la población tener confianza en los tribunales militares pues, dice, están sujetos a vigilancia; sus procedimientos no son someros; además de que garantizan a las víctimas todos los derechos que contempla el Artículo 20 constitucional, tales como recibir asesoría jurídica, ser informado del desarrollo del procedimiento penal, intervenir en el juicio, coadyuvar con el Ministerio Público, impugnar posibles omisiones en la investigación y recibir reparación del daño.

—Muchas personas desconocen el procedimiento militar. Es un procedimiento normal al fuero común y al federal. No se protege a nadie. No es restringido para la población o para las víctimas civiles. No esconde nada. Aquí todas las personas que son víctimas tienen los mismos derechos que prevé la Constitución.

—Si los casos desahogados en tribunales militares gozan de todas estas prerrogativas, ¿por qué en algunos de ellos no se logra identificar a los elementos responsables de la falta?

—Aquí habría dos cuestiones. Habría que tener cuidado con el aspecto relacionado con la delincuencia organizada que muchas veces utiliza uniformes militares; que con tal de que se hagan imputaciones directas al personal militar tiene todas las facilidades para mandar a confeccionar un uniforme camuflado. Por eso, en ocasiones, cuando nos piden información de quién estuvo operando en algún lugar, se dice que no, porque posiblemente pudiera ocurrir esta situación.

 “La otra es que los que han acudido a los organismos protectores de derechos humanos, como la CNDH [Comisión Nacional de los Derechos Humanos], para decir en qué lugar y hora [se perpetró la falta por parte de militares], sí se identifica si alguien estuvo operando en ese lugar, qué unidad, a qué hora, y si efectivamente fue esa unidad militar la que estuvo en ese momento. Entonces, no se cubre nada; no se esconde nada; y quien tenga que recibir una sanción, la instrucción precisa de mi general secretario [Salvador Cienfuegos Zepeda] es que se tiene que castigar bajo el debido proceso y con todas sus garantías, porque también el personal militar tiene derechos fundamentales”.

—Antes de que ustedes declinaran los casos de violaciones a derechos humanos contra civiles al fuero común, ¿qué tipo de sanciones imponían a los castrenses involucrados?

—Las sanciones eran la pena privativa de la libertad, la destitución de empleo y la suspensión de empleo. Mucho antes, también se incluía la pena de muerte, pero tan estamos cumpliendo con todo lo relacionado con los derechos humanos, que se abrogó esto. Y hay veces que también aplicamos el Código Penal Federal (o código del fuero común), y ahí vienen ya otros tipos de penas como la baja del militar.

Sedena: fuero de guerra “no es ilegal”

A lo largo de los años, diversas instancias nacionales e internacionales han señalado que el fuero de guerra mexicano es ilegal. Es el caso, por ejemplo, del relator contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), que desde la década de 1990 advertía su incompatibilidad con las normas del derecho internacional de los derechos humanos; o la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que en 2012 determinó la inconstitucionalidad del artículo 57, fracción II, del Código de Justicia Militar en aquellos casos que involucran a civiles como sujetos activos o pasivos.

Aunque dice desconocer a profundidad el sentido de estas resoluciones, Eleazar Ramírez asevera que no existe ilegalidad alguna en el fuero de guerra.

—El fuero militar no puede ser ilegal porque está conforme a las normas, conforme a derecho. Ilegal [sería] cuando sale de ese procedimiento, cuando no da la garantía de audiencia y todas las garantías que otorga la Constitución. Pero yo creo que nadie, ningún funcionario judicial de los tribunales militares, se aventuraría a hacer algo ilegal; no lo he sabido, pero quien lo llegara a hacer también tiene su sanción.

El 10 de julio de 2013, las comisiones unidas de Justicia, Defensa Nacional y Estudios Legislativos del Senado de la República anunciaron el proyecto de dictamen en materia de justicia militar que busca acotar el fuero de guerra. Han transcurrido 9 meses desde entonces y el proyecto continúa en etapa de dictamen.

Eleazar Ramírez Espíndola, décimo agente de la Procuraduría General de Justicia Militar de la Sedena, se encuentra al tanto de este proceso. Comenta, incluso, que la instancia que representa ha entregado al Congreso de la Unión su propia propuesta encaminada a cumplir con las resoluciones emitidas al respecto por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (casos Radilla Pacheco, Fernández Ortega y otros; Rosendo Cantú y otra; y Cabrera García y Montiel Flores).

No obstante, el teniente coronel reitera su preocupación centrada en el bien jurídicamente tutelado dentro del fuero de guerra, que es la disciplina militar.

—Hay que analizarlo. No nada más es dar un pincelazo y desaparecerlo. No es posible. Sería peligroso para el instituto armado desaparecer este aspecto. Hay que preverlo en todas las propuestas, ya sea de los organismos de la sociedad civil o de todos los que quieran proponer; que tomen en cuenta que también debe considerarse la disciplina militar, porque un soldado con un arma puede ser peligroso; entonces, tenemos que sujetarlo a lo que siempre ha estado sujeto: a la disciplina militar.

 “Ahorita están en camino todas las reformas, el acotamiento, algunos pretenden hasta la desaparición de las Fuerzas Armadas. Pero eso tiene que ser un análisis muy concienzudo, muy profundo. Tenemos que hacer un análisis que dentro del derecho procesal penal militar que no nos afecte, que no nos impacte por cuanto hace a la disciplina militar.”

—Si desde la década de 1990, la ONU advertía la incompatibilidad del fuero militar mexicano con las normas del derecho internacional de los derechos humanos, ¿por qué se ha prolongado tanto la solución a esta problemática?, ¿hay o ha habido resistencia por parte de esta instancia?

—Recordemos que eso no es competencia nuestra, reformar leyes y reglamentos. Todo lleva un procedimiento legislativo.

 “Yo considero que los tiempos legislativos se están cumpliendo. Y a mi parecer, reformar una ley y principalmente el Código de Justicia Militar no es fácil; tiene su trascendencia, hay que ver muchos aspectos. El derecho no nada más es cambiar una palabra por otra o acotar; hay que analizar desde el punto de vista jurídico todo lo concerniente al impacto que puede provocar, las cuestiones objetivas de la propuesta.

 “Por eso digo que no hay resistencia, sino que todo lleva sus tiempos legislativos, que corresponden a ellos y no a nosotros. Nosotros estamos haciendo lo que está de nuestra parte con las propuestas correspondientes.”

En los últimos 14 años, la Sedena ha figurado entre las 10 dependencias más señaladas como responsables de violar derechos humanos. Éste es el contexto para la demanda de restricción del fuero militar entre la sociedad civil.

De acuerdo con los registros de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), de 2000 a enero de 2014 la instancia a cargo de la integridad, independencia y soberanía de la nación fue objeto de 9 mil 880 quejas y 118 recomendaciones.

Respecto de este tema, Eleazar Ramírez Espíndola, décimo agente de la Procuraduría General de Justicia Militar de la Sedena, comenta que no se trata de una problemática preocupante para la institución: aunque el número de quejas en su contra pudiera parecer elevado, las recomendaciones que ha recibido por parte de la CNDH son mínimas.

—Yo quiero que se tome en consideración que posiblemente son muchas las quejas, pero las recomendaciones son mínimas. Yo creo que la sociedad civil ve el monto de las quejas, pero las recomendaciones son pequeñas. Es decir, no tenemos una problemática así que nos preocupe.

Ramírez Espíndola señala, asimismo, que el grueso del personal militar, desde el soldado hasta el general de división, está capacitado en materia de protección de derechos fundamentales, puesto que, en cumplimiento de la norma constitucional, se les ha preparado a través de cursos y especialidades.

—No estamos dejando de lado la protección de los derechos fundamentales. Es un tema actual. Lo estamos retomando con mucho vigor y estamos dando cumplimiento en ese aspecto.

Durante los últimos 14 años, la Sedena ha sido vigilada en este tema. No obstante, las supuestas violaciones de derechos humanos que habrían cometido sus elementos comenzó a ser visible a partir de 2007, cuando las quejas en su contra se incrementaron en más de un ciento por ciento respecto de 2006: de 182 a 367.

En los siguientes años aumentó: de 2008 a 2011, la Secretaría fue señalada como la dependencia gubernamental que más quejas y recomendaciones concentró ante la CNDH: 6 mil 131 y 91, respectivamente.

En 2012, la instancia que organiza, administra y prepara al Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos continuó en la primera posición respecto del número de recomendaciones recibidas (15). En tanto, fue desplazada al segundo lugar en materia de quejas. Esta vez quien ocupó ese lugar fue el Instituto Mexicano del Seguro Social, con un total de 1 mil 876; es decir, 373 más que la Sedena.

Las 811 quejas y tres recomendaciones que para 2013 sumó la dependencia presidida por el general Salvador Cienfuegos Zepeda muestran una disminución respecto de los registros de los 5 años previos. Es así que, para ese año, la Sedena cayó hasta la tercera posición en materia de quejas y a la sexta de recomendaciones.

De acuerdo con el Sistema Nacional de Alerta de Violación a los Derechos Humanos, a cargo de la CNDH, para enero de 2014 la Sedena se mantuvo en la tercera posición; esto derivado de las 43 quejas de que fue objeto.

 

 

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Del 20 al 26 de abril de 2014

 

 

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