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Redacción

Nestora Salgado debe quedar libre ya

Ciudadano Enrique Peña Nieto, presidente constitucional de los Estados Unidos Mexicanos

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Las Organizaciones No Gubernamentales nacionales e internacionales, defensoras y defensores de derechos humanos firmantes exigimos la liberación inmediata e incondicional de la defensora Nestora Salgado García, comandanta de la Coordinadora Regional de Autoridades Comunitarias-Policía Comunitaria de Olinalá, Guerrero, México, quien se encuentra detenida arbitrariamente desde el 21 de agosto de 2013.

Hemos sido informadas/os que el pasado 23 de febrero de 2016 los jueces Primero y Segundo del Distrito Judicial de Morelos, con sede en Tlapa de Comonfort, Guerrero, quienes tienen a su cargo las causas penales 5/2014, 196/2013 y 48/2014, instauradas contra la defensora Nestora Salgado García por los delitos de secuestro, decretaron la “regularización” del procedimiento en las tres causas penales.

La decisión judicial implica dejar sin efecto todo lo actuado en las tres causas penales y dicha decisión se “sustenta en el hecho probado de que Nestora Salgado es también ciudadana norteamericana [estadunidense] y que en su momento la autoridad judicial no le dio a conocer su derecho a la asistencia consular”.

Hacemos un llamado a los jueces que resolverán el término constitucional que determinará la situación legal de la defensora para que tome en cuenta la serie de violaciones a derechos cometida contra Nestora Salgado, toda vez que no sólo ha sido incomunicada, sujeta a tratos crueles, inhumanos y degradantes, sino también son de tomar en consideración las graves violaciones al debido proceso y la debida defensa legal, ya que de mantenerla privada de su libertad estaría incurriendo en grave responsabilidad, causando daños de imposible reparación.

Cabe mencionar que en este sentido, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha establecido que “[n]o puede hacerse distinción alguna en el reconocimiento del derecho a la notificación, contacto y asistencia consular cuando la persona detenida, además de ser nacional de un Estado extranjero, sea nacional del Estado receptor (en este caso, mexicana)” y ha sostenido que “la violación del derecho a la asistencia consular tiene como resultado la reposición del procedimiento desde el momento en que se decrete la retención”.

Un elemento a tomar en consideración por los juzgadores es la Opinión 56/2015 del Grupo de Detenciones Arbitrarias de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), a través de la cual el Grupo reconoció la labor de Nestora Salgado en la defensa de los derechos de los pueblos indígenas y manifestó la preocupación por el patrón de criminalización contra las y los defensores en México; asimismo afirma su detención como “ilegal y arbitraria” desde su arresto hasta la actualidad.

El Grupo de Trabajo, compuesto por cinco expertos independientes de derechos humanos, hizo referencia, entre otras violaciones, a la falta de notificación consular, a que la defensora vive un proceso injusto, que se le está juzgando dos veces y exigió tanto su libertad inmediata como una reparación por las varias violaciones a los derechos humanos contra la defensora.

Asimismo, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sigue dando seguimiento a las medidas cautelares emitidas el 28 de enero de 2015 a favor de la defensora Nestora Salgado, considerando que se encuentra en una situación de gravedad, urgencia y ante la inminencia de sufrir daños irreparables a los derechos a la vida y a la libertad personal, originados por las condiciones de detención en las que se mantenía a Nestora en el Penal de Nayarit. De igual forma, ordenó investigar el origen de esta situación, mediante la cual la defensora ha sufrido graves afectaciones a su salud.

Cabe mencionar que desde 2013 se encuentran detenidos arbitrariamente otros policías comunitarios de la CRAC-PC: Arturo Campos Herrera, Bernardino García Francisco, Ángel García García, Eleuterio García Carmen, Abad Ambrosio Francisco, Florentino García Castro y Benito Morales Justo, integrantes de la Policía Comunitaria de El Paraíso, y Samuel Ramírez Gálvez, integrante de la Policía Comunitaria de Zitlatepec; lo que evidencia la criminalización contra la CRAC-PC, quienes junto con Nestora ejercían el derecho a la autonomía y a sus propios sistemas de justicia.

Ante la evidente detención ilegal y arbitraria de la cual fue objeto la defensora Nestora Salgado, la Red Nacional de Defensoras de Derechos Humanos en México exige a las autoridades federales y estatales:

  • La liberación inmediata e incondicional de la defensora Nestora Salgado García.
  • Medidas de protección para salvaguardar la vida de la defensora y su familia.
  • Cumplimiento integral de Opinión 56/2015 y medidas cautelares de la CIDH otorgadas a la defensora Nestora Salgado.
  • Liberación de todos los presos políticos de la CRAC-PC.

Atentamente,

Asesoría Integral y Litigio Estratégico a Pueblos Originarios; Asociadas por lo Justo (JASS); Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan; Centro de Derechos Humanos de las Mujeres en Chihuahua (Cedehm); Centro de Derechos Humanos Paso del Norte; Centro de Justicia para la Paz y el Desarrollo, AC (Cepad); Centro Nacional de Comunicación Social, AC (Cencos); Colectivo Bolivariano; Colectivo Mujer Nueva; Comisión de Solidaridad y Defensa de los Derechos Humanos, AC; Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, AC; Comité Cerezo México; Comité de Familiares y Amigos de Damián Gallardo; Consorcio para el Diálogo Parlamentario y la Equidad Oaxaca; Educa Servicios y Asesoría para la Paz (Educa); Iniciativa de Mujeres Defensoras de Derechos Humanos (IM-Defensoras); Luna del Sur; Red Mesa de Mujeres en Ciudad Juárez; Tequio Jurídico, AC; Unión Popular de Vendedores Ambulantes 28 de Octubre (UPVA), y Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos Todos los Derechos para Todas y Todos, conformada por 79 organizaciones en 21 estados de la república mexicana

Desapariciones forzadas en México, generalizadas: CIDH

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) publica el informe Situación de derechos humanos en México. La elaboración de este informe se basa en la observación realizada durante la visita in loco que tuvo lugar del 28 de septiembre al 2 de octubre de 2015, así como otras visitas de la CIDH y de sus Relatorías Temáticas, en el monitoreo que la Comisión realiza en cumplimiento de su mandato y a través de la utilización de los diversos mecanismos a su alcance, tales como audiencias, procesamiento de medidas cautelares, peticiones y casos.

El informe analiza la grave crisis de derechos humanos que atraviesa México, con particular énfasis en desapariciones y desapariciones forzadas, ejecuciones extrajudiciales, tortura, así como la situación de inseguridad ciudadana, el acceso a la justicia e impunidad. También aborda la situación de los derechos humanos de algunos grupos poblacionales especialmente afectados por la violencia en el país, incluyendo defensores y defensoras de derechos humanos, mujeres, pueblos indígenas, niñas, niños y adolescentes, personas migrantes, personas lesbianas, gays, bisexuales y transexuales. También se analiza la situación de asesinatos, violencia y amenazas contra periodistas, que ha hecho que México sea considerado como uno de los países más peligrosos del mundo para ejercer el periodismo.

La Comisión valora las importantes reformas constitucionales en materia de derechos humanos que se han introducido en México a partir del 2011. Asimismo, la CIDH reconoce el avance que representa que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) haya reconocido la obligación de todas las autoridades judiciales del país de realizar el control de convencionalidad. Asimismo, la CIDH destaca la decisión de la SCJN que restringe la jurisdicción militar en los casos en que los elementos de las fuerzas armadas cometan violaciones a los derechos humanos contra civiles. Otro avance significativo fue la adopción de la nueva Ley de Amparo publicada en abril de 2013.

En adición a ello, la Comisión Interamericana reconoce la importancia del Mecanismo de Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, aprobado en 2012, e invita al Estado a continuar con los esfuerzos desplegados para su fortalecimiento. Otros avances que la CIDH destaca son la implementación del Nuevo Sistema de Justicia Penal, la aprobación de los Protocolos de Investigación en Materia de Desaparición Forzada y de Tortura en agosto de 2015, la creación de la Fiscalía Especializada para la Búsqueda de Personas Desaparecidas, adscrita a la Subprocuraduría de Derechos Humanos, Prevención del Delito y Servicios a la Comunidad de la Procuraduría General de la República (PGR), y la creación de una Unidad Especializada del Delito de Tortura en la PGR.

La CIDH reconoce avances significativos en materia constitucional, legislativa e institucional en los últimos años, así como la adopción de importantes políticas públicas en México que han sido elaboradas en consonancia con el derecho internacional de los derechos humanos. Sin embargo, la respuesta estatal sigue siendo insuficiente para enfrentar esta grave crisis de violencia e impunidad. La CIDH ha recibido información alarmante que indica que el 98 por ciento de los delitos en México no llegan a tener una sentencia condenatoria.

La violencia se da en gran parte del país, pero afecta de manera diferenciada a ciertas zonas. Asimismo, la violencia está estrechamente relacionada con la presencia de fuerzas militares en las áreas del país de mayor presencia de crimen organizado, narcotráfico y conflictividad.

Durante la visita la CIDH pudo constatar que la desaparición de personas en grandes extensiones del territorio mexicano ha alcanzado niveles críticos. Según el Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas, las personas “no localizadas” en México, al 30 de septiembre de 2015, son 26 mil 798. En agosto de 2014, cifras de la Procuraduría General de la República (PGR) arrojaban 22 mil 322 personas “no localizadas”. Las cifras oficiales proporcionadas junto con la información recibida de diversas regiones del país evidencian que las desapariciones son generalizadas en México. Especialmente grave es la información amplia y consistente recibida por la CIDH sobre la existencia de una práctica de desapariciones forzadas, es decir, a manos de agentes del estado o con la participación, aquiescencia, o tolerancia de las mismas. La respuesta estatal a esta situación presenta graves deficiencias.

“La gente tiene miedo de denunciar por las represalias a las que son sometidas las personas que buscan a sus seres queridos. La madre de un desaparecido nos relató que ha recibido amenazas de que le cortarían la lengua y que encontraría en la puerta de su casa los cuerpos de sus otros tres hijos si insistía en la búsqueda”, dijo el presidente de la CIDH, James Cavallaro, y Relator para México. “Y cuando se animan a denunciar, las investigaciones adolecen de tantos obstáculos que prácticamente ninguna logra esclarecer lo ocurrido. Incluso recibimos testimonios de familiares a quienes funcionarios de las procuradurías estatales les han pedido dinero para adelantar diligencias”.

La CIDH detectó fallas profundas en la búsqueda y graves irregularidades en las investigaciones que se llevan adelante por desapariciones. Especialmente grave es la negligencia de las autoridades estatales y locales en las primeras horas a partir de la desaparición de la persona, las cuales son claves a fin de encontrarla con vida. En muchos casos, han sido los familiares quienes han asumido la búsqueda de sus seres queridos. En el estado de Guerrero, la delegación de la CIDH acompañó a un grupo de familiares de desaparecidos a un terreno donde ellos mismos encontraron fosas comunes clandestinas con restos humanos. Los testimonios que la CIDH recibió de parte de familiares de personas desaparecidas revelan profundos niveles de desconfianza en las autoridades estatales y locales. En repetidas ocasiones la CIDH escuchó de las víctimas que la justicia en México es una “simulación”, ya sea porque se fabrican culpables o porque las autoridades no aplican la debida diligencia y las actuaciones no producen resultados. La mayoría de los casos de desapariciones están en la impunidad.

En relación con la desaparición de 43 estudiantes de la escuela rural de Ayotzinapa en los hechos del 26 y 27 de septiembre de 2014, la CIDH nombró, en consulta con el Estado mexicano y organizaciones de la sociedad civil, a un Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI) con el fin de ofrecer asistencia técnica en la búsqueda, investigación y no repetición de los hechos. La CIDH reitera su respaldo a los cinco integrantes del GIEI, así como al trabajo que están realizando. Como ya lo ha hecho anteriormente, la CIDH vuelve a expresar que acompaña todos los informes presentados por el GIEI. La Comisión reconoce la disposición del Estado mexicano para el establecimiento del GIEI, y le urge a continuar apoyando el importante trabajo que el grupo realiza. En este sentido, la CIDH insta al Estado mexicano a brindar acceso a los expertos del GIEI a entrevistar a todos los testigos, incluyendo los integrantes del 27 Batallón de Infantería que estuvieron presentes en los hechos ocurridos en Iguala los días 26 y 27 de septiembre de 2014, tal como ha sido solicitado por dicho Grupo.

En adición al grave problema de las desapariciones, el informe analiza homicidios y ejecuciones extrajudiciales tales como los hechos ocurridos en Tlatlaya, Estado de México, el 30 de junio de 2014; Apatzingán, Michoacán, el 6 de enero de 2015; y Tanhuato, Michoacán, el 22 de mayo de 2015, y la prevalencia de la práctica de la tortura. En cuanto a homicidios, cifras hechas públicas por el Poder Ejecutivo el 1 de septiembre de 2015 apuntan a más de 94 mil asesinatos desde el inicio de la actual administración en 2012.

La tasa de homicidios es desde hace años superior a 10 por cada 100 mil habitantes, lo cual corresponde a niveles epidémicos de violencia de acuerdo a la Organización Mundial de la Salud (OMS). El Relator Especial de ONU sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias calificó la impunidad en los casos de homicidios como “sistemática y endémica”. Las deficiencias en las investigaciones y la impunidad imperante no permiten establecer con certeza el número de muertes violentas que corresponden a ejecuciones extrajudiciales o al uso excesivo y desproporcionado de la fuerza letal por parte de agentes del Estado.

En relación con la prevalencia de la práctica de tortura y otros tratos crueles, inhumanos y degradantes, la CIDH encontró que esto suele ocurrir durante las primeras horas de detención de una persona y antes de que sea presentada ante un juez. El Estado mexicano informó que la PGR contaba, al mes de abril de 2015, con 2 mil 420 investigaciones en trámite sobre tortura, y que existen sólo 15 sentencias condenatorias por este delito a nivel federal. La respuesta estatal ante los casos de tortura, al igual que respecto de las desapariciones, los homicidios y las ejecuciones extrajudiciales, es débil e insuficiente.

“La espiral de violencia e impunidad trae consigo graves consecuencias para el Estado de Derecho en el país”, señaló Cavallaro. “El reto del Estado mexicano es cerrar la brecha existente entre su marco normativo y la realidad que experimenta la mayor parte de sus habitantes cuando buscan una justicia pronta y efectiva”, agregó.

El informe contiene recomendaciones de la CIDH al Estado mexicano en las áreas de seguridad ciudadana, desapariciones y desapariciones forzadas, torturas, ejecuciones extrajudiciales, acceso a la justicia, situación de personas y grupos en situación de particular vulnerabilidad, y acceso a la información. La Comisión Interamericana reitera su compromiso de colaborar con el Estado mexicano en la búsqueda de soluciones a los problemas identificados y en el cumplimiento de las recomendaciones contenidas en el informe.

La Comisión agradece al gobierno y pueblo mexicano por todas las facilidades brindadas para la realización de esta visita. La CIDH destaca la buena disposición y colaboración manifestada durante el proceso de ésta. También agradece a todos los actores con los que se reunió durante la misma, y valora la información recabada y testimonios recibidos, en particular de familias, víctimas y sociedad civil.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

Comisión Interamericana de Derecho Humanos

Contralínea 478 / del 07 al 12 de Marzo, 2016

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