Segunda y última parte. Con la llegada del coronavirus COVID-19 a México –luego de que el 28 de febrero se confirmaron los dos primeros casos de infectados, uno en la capital del país y el otro en Sinaloa–, nuestro país debe prepararse no sólo para contener el contagio y atender a los enfermos, sino también para un posible manejo de cadáveres si se llega a una situación similar o peor que la que enfrenta actualmente China. Asimismo, es fundamental que en el sector salud se conforme la “Reserva Federal” y las “Reservas Estatales y Jurisdiccionales” de medicamentos e insumos.
Así lo establece el Plan de Preparación y Respuesta, activado por el gobierno de Andrés Manuel López Obrador luego de que –el 30 de enero pasado– la Organización Mundial de la Salud declaró a la epidemia del COVID-19 como emergencia de salud pública de interés internacional. En el primer caso del manejo de los cuerpos, esta fase se refiere a un tema de higiene más que de contagio, pues los virus no sobreviven mucho tiempo en los restos mortuorios.
Aún así, de declararse la pandemia en el país, se aplicará la ruta crítica trazada por el Plan Nacional para la Preparación y Respuesta ante la Intensificación de la Influenza Estacional o ante una Pandemia de Influenza, vigente desde agosto de 2018 y aplicable al nuevo coronavirus, que incluye el manejo de cuerpos.
Los lineamientos sanitarios indican que, aunque el cadáver es resultado de la epidemia y no generador de ésta, se requiere aplicar un protocolo con cuidados específicos determinados por la enfermedad de que se trate. En el caso del COVID-19, la experiencia sólo es internacional, pues aquí no se tienen víctimas mortales.
De acuerdo con informes de la Secretaría de Salud, en casos especiales se puede establecer una disposición prioritaria de los restos humanos y ello dependerá del tipo de estudios requeridos para determinar origen o causas de la enfermedad; pero en otras ocasiones porque vectores –como los roedores, las moscas, las pulgas– pueden transmitir los microorganismos alojados en el cadáver (tifus, peste).
No obstante, en el plano del contagio los cadáveres poseen un riesgo muy limitado. Científicamente ello se explica porque la temperatura corporal cae rápidamente al desecarse el cuerpo, y bacterias y virus –por muy resistentes que se muestren– mueren rápido. De tal forma que la transmisión de microorganismos de los cadáveres a los vectores y luego de éstos a poblaciones humanas se considera extremadamente difícil.
En el segundo caso –las reservas de medicinas–, esta fase es fundamental y en ella ya deben estar trabajando las autoridades, pues así lo establece el Plan Nacional para la Preparación y Respuesta.
Al abordar la “Atención a la población”, el documento indica que “con el objetivo de limitar el daño en los casos confirmados y evitar la diseminación de la enfermedad entre la población sana, las estrategias que se incluyen en el presente Plan son: instrumentación de un sistema de Triage para la correcta clasificación de pacientes; reconversión de hospitales para aumentar la capacidad de atención; desarrollo de protocolos de manejo de casos; integración de Comandos Federales, Estatales y Jurisdiccionales de Respuesta Inmediata; capacitación al personal de salud en medidas de protección, en el manejo y atención de los casos; búsqueda activa de casos y contactos; instrumentación de acciones específicas para el aislamiento y atención médica de casos y contactos en los Centros de Atención y Aislamiento; vacunación de contactos en los Centros de Vacunación (en caso de que se cuente con un biológico para ello); seguimiento de efectos adversos a la vacuna”.
En esta fase, indica, se debe generar la reserva estratégica: “se requiere contar con una reserva de medicamentos, insumos y vacunas disponible en todo momento, para brindar atención oportuna y adecuada al inicio de una pandemia de influenza.
“Para alcanzar dicho objetivo se ha iniciado: la conformación de una Reserva Federal (medicamentos e insumos); la conformación de Reservas Estatales y Jurisdiccionales (medicamentos e insumos)”.
El documento indica que “en caso de que haya vacuna disponible, ésta será administrada por la Reserva Federal en apoyo a las entidades federativas”. También señala que “la reserva estratégica se refiere la existencia de insumos diversos que se encuentran en resguardos o en custodia para dar atención a la población ante una contingencia sanitaria o pandemia, que pueden ser específicos para el diagnóstico y tratamiento de la infección por el virus. Cabe destacar que en el momento en que se inicia su uso, deja de ser reserva para convertirse en insumos a consumir, situación que obliga a considerar el escalamiento de la misma conforme a la evolución de la contingencia y, en su caso, la conformación de una nueva reserva para dar respuesta a contingencias futuras de esta naturaleza y proteger de manera permanente la salud de la población, dicha reserva solo servirá para dar una respuesta inicial”.
Asimismo, el Plan oficial reconoce que “existe una reserva estratégica federal conformada para responder ante una pandemia de influenza, sin embargo, ésta será insuficiente para dar respuesta oportuna a toda la población, por lo que es necesario que se conforme una reserva estratégica estatal y jurisdiccional (sector salud), como de otras instituciones gubernamentales y el sector privado con la cual podamos dar respuesta rápida a un mayor porcentaje de la población estas se encuentran bajo la coordinación de los comités para la Seguridad en Salud o instancias equivalentes, quienes establecen los criterios y procedimientos para su aplicación, control y rendición de cuentas en los tres niveles técnico-administrativos del sistema nacional de salud”.
Esperemos que –con la comunicación internacional que se ha dado como seguimiento– el gobierno federal ya sepa cuáles medicamentos han contribuido a la recuperación total de enfermos del COVID-19 y éstos se empiecen a integrar a nuestra propia reserva.
Nancy Flores
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