Por orden de un juez de distrito, la Unidad de Inteligencia Financiera descongeló 800 millones de pesos del empresario Kamel Nacif, informó Santiago Nieto Castillo.
“Recientemente, en el caso de Kamel Nacif se liberaron 800 millones de pesos que se habían logrado congelar a las cuentas del señor Nacif, en temas vinculados no sólo con corrupción política, sino también con trata de personas. En ese sentido, el criterio de uno de los jueces de distrito –que nos preocupa mucho– es señalar que si la petición internacional no viene con la solicitud expresa del bloqueo de cuentas, el bloqueo de cuentas no debe realizarse y, por tanto –a pesar de existir solicitud internacional, como es el caso de Kamel Nacif– en virtud de que la redacción dice ‘valore la posibilidad de bloquear cuentas’, no conceden la suspensión y, por tanto, en términos fácticos, lo que están resolviendo en la materia del fondo del asunto; es decir, permitir la liberación de las cuentas, y con ello, la posibilidad de que muevan el recurso a otras latitudes u otros países del mundo”, señaló el funcionario este día al presentar la Evaluación nacional de riesgos 2019-2020.
Por ello, agregó: “hay que llamar la atención poderosamente en este hecho, porque esa interpretación de que la solicitud internacional diga expresamente que se bloqueen las cuentas sería tanto como supeditar a la Unidad de Inteligencia Financiera a una instancia internacional o a una instancia extranjera; es decir, que la DEA o el FBI pudieran instruir a la Unidad, lo cual es atentatorio contra la soberanía”.
El doctor Nieto Castillo señaló que cuando la redacción de estas instancias internacionales es “valore la posibilidad de bloquear cuentas” “es en respeto a nuestra soberanía y es en respeto, evidentemente, a la autonomía técnica y de gestión, con lo que se maneja la Unidad de Inteligencia Financiera. Por tanto, lo que estamos impulsando es que la Suprema Corte o la Segunda Sala revisen este criterio y, por supuesto, presentaremos las quejas ante el Consejo de la Judicatura Federal por estas interpretaciones ultra gramaticales de los juzgadores”.
El titular de la UIF expuso que, según la jurisprudencia, el juez de distrito debe ponderar dos situaciones: “la apariencia del buen derecho del ciudadano, la ciudadana o la persona moral a la que se le han congelado las cuentas versus el que no existan recursos de los grupos delincuenciales pretendiendo introducirse al sistema financiero o a los sujetos obligados por actividades vulnerables. Eso es finalmente lo que está en juego”.
Por ello destacó la importancia de la iniciativa sobre la Ley de Instituciones de Crédito que la Comisión de Hacienda del Senado de la República ya votó, y que está pendiente a pasar al pleno; y también de la iniciativa de Ley de Prevención que se discute en la Comisión de Justicia.
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