Áreas Naturales Protegidas –entre ellas santuarios y reservas de la biósfera–, humedales de importancia planetaria –sitios Ramsar– y Unidades de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre (Uma) se encuentran sin la protección que les asegure su viabilidad. Las autoridades responsables de supervisarlas no han cumplido con sus tareas y han violado una Ley Federal, dos Leyes Generales, dos Reglamentos y otras disposiciones normativas, señala la Auditoría Superior de la Federación (ASF).
Incluso, no se han evaluado los impactos del derrame de hidrocarburos que algunos de estos ecosistemas han sufrido ni de los vertimientos de desechos y otras sustancias contaminantes que sobre ellos han sido autorizados.
En todos los casos se trata de ecosistemas marinos y costeros únicos en el mundo. En su más reciente Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública, la ASF concluye que la Secretaría de Marina (Semar), la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) y la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp) deben fortalecer la coordinación interinstitucional “para asegurar que la estructura y función de los ecosistemas marinos y costeros no sufran alteraciones irreversibles y recuperen su resiliencia”.
Las omisiones de las dependencias incluso derivaron en que siete municipios costeros no estén considerados en la Política Nacional de Mares y Costas de México. Por ello, asienta la ASF, “es necesario actualizar el universo de actuación de la política, a efecto de considerar todos aquellos municipios que, por su importancia costera, requieren ser atendidos con acciones orientadas al desarrollo sustentable de los mares y costas”.
En el dictamen de la Auditoría de Desempeño 2021-0-13100-07-334-2022 –practicada a la Semar, pero que alcanzó a las otras dependencias señaladas–, se advierte que falta por elaborarse el Programa de Ordenamiento Ecológico para la región del Pacífico Sur. Lo anterior deriva en falta de claridad de objetivos sobre la conservación de los ecosistemas. Se destaca que sí se cuenta con los programas correspondientes al Golfo de California; el Golfo de México y Mar Caribe, y el del Pacífico Norte.
Además, los auditores asientan en el dictamen que ni la Semar ni la Semarnat cuentan con la información de todas las Uma en ecosistemas costeros vigentes. Sin mencionar los casos, el organismo revisor reprueba que no se pueda conocer la gestión administrativa que se lleva de esas unidades. Tampoco se cuenta con los planes de manejo que deberían existir por cada una. Por ello, las instituciones del gobierno mexicano no tienen siquiera “la información biológica de las especies, las medidas de manejo del hábitat, poblaciones y ejemplares” de estos sitios de relevancia ambiental.
Tampoco tienen control sobre las autorizaciones en materia de aprovechamiento extractivo, señala. Por ello, no se sabe si la tasa de ejemplares extraídos –animales y plantas– no impacta negativamente en las poblaciones de las distintas especies.
Encima, no se programaron visitas intersecretariales de supervisión técnica ni se realizaron evaluaciones sobre los resultados de las medidas de conservación y aprovechamiento sustentable de la vida silvestre. Es decir, no se contó con elementos para evaluar la situación en que se encuentran estas Uma.
Con respecto de las responsabilidades de la Conanp, la ASF encontró que el 25 por ciento de las Áreas Naturales Protegidas no contaron con programas de manejo. Se trata de 17 sitios (16 santuarios y una reserva de la biósfera) que “carecieron de dicho instrumento de planeación, que permitiera guiar las actividades para la conservación de los ecosistemas y su biodiversidad”.
Acerca de la supervisión que la Semar debe ejercer sobre los ecosistemas marinos y costeros, la ASF encontró que la dependencia puso en marcha 15 programas por región, zona y sector naval. “Pero no contó con 22 programas relativos a tres regiones, ocho zonas y 11 sectores”.
En 2021, la Semar realizó 4 mil 319 actos de inspección y recorridos “sin que acreditara el objetivo de éstas, en términos del cumplimiento de las obligaciones y condicionantes de las autorizaciones de vertimientos, prevención, detección y control de derrames de hidrocarburos o vertimientos de desechos y sustancias contaminantes, labores de reconocimiento y vigilancia para preservar las ANP [Áreas Naturales Protegidas] y Sitios Ramsar; las irregularidades detectadas, ni las acciones por derivado de los hallazgos identificados”.
Los auditores encontraron que no se aplicaron suficientes acciones de conservación, protección y restauración. Por ello, recomendó a las instituciones involucradas “programar las acciones necesarias para contar con el Programa de Ordenamiento Ecológico Marino y Regional del Pacífico Centro Sur; elaborar los programas de manejo de 17 ANP y coordinar la aplicación de la Convención Ramsar para que los manejadores elaboren los planes demanejo de los sitios sin relación con ANP”.
Otras de la recomendaciones consisten en “diseñar y emitir un procedimiento o instrumento para la aplicación, ejecución y evaluación de los Programas de Ordenamiento Ecológico marinos; incluir en los Programas Operativos Anuales actividades y metas relacionadas con el monitoreo biológico”, así como “diseñar e implementar un sistema de información sobre las Uma, y actualizar el diseño, estructura y elementos de operación de la Política Nacional de Mares y Costas de México”.
Las omisiones y negligencias de los organismos en materia de protección de los ecosistemas costeros –señala la ASF– implican la violación de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, en específico el artículo 27, párrafo tercero, y el Reglamento de la misma ley, en su artículo 25, fracción cuarta.
Asimismo, se violan la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (artículo 45, fracción primera, párrafo primero); el reglamento de la misma Ley (artículo cuarto, fracción segunda, y artículo 66, fracciones primera y segunda).
Además, se violan la Ley General de Vida Silvestre (artículos 39 y 40); el Reglamento Interior de la de la Semarnat (artículos 15, 67 y 69); el Decreto de Promulgación de la Convención Relativa a los Humedales de Importancia Internacional y el Acuerdo por el que se Crea con Carácter Permanente la Comisión Intersecretarial para el Manejo Sustentable de Mares y Costas.
El objetivo de la Auditoría de Desempeño 2021-0-13100-07-334-2022, practicada a la Secretaría de Marina en materia de Ecosistemas Marinos y Costeros tuvo como objetivo: “Fiscalizar la conservación, protección y restauración; el aprovechamiento de los recursos; la inspección y vigilancia, así como los mecanismos de coordinación entre las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a fin de contribuir al desarrollo sustentable de los ecosistemas marinos y costeros”.
Gracias a los ecosistemas marinos y costeros, México es uno de los países más importantes en materia de biodiversidad, evalúa la ASF. Tiene acceso a los dos océanos más grandes del mundo: el Pacífico y el Atlántico.
México cuenta con 11 mil 122 kilómetros de costas y 3 millones 149 mil 920 kilómetros cuadrados de Mar Territorial y Zona Económica Exclusiva. Un total de 17 entidades federativas tienen salida al mar, con 271 municipios agrupados en cuatro regiones ambientales. Del Océano Pacífico son 2 millones 320 mil 380 kilómetros cuadrados, es decir, el 73.7 por ciento. Mientras, 829 mil 540 kilómetros cuadrados, o el 26.3 por ciento, corresponden al Golfo de México y el Mar Caribe (Océano Atlántico).
Para efectos de la auditoría, sólo se fiscalizaron las Áreas Naturales Protegidas, Umas y sitios Ramsar en o contiguos a los mares mexicanos.
La propia ASF reconoce que estos ecosistemas mexicanos únicos en el mundo arrastran una serie de problemas desde hace tiempo: sistemas de explotación de especies acuáticas y terrestres; procesos de cambio de uso de suelo y obras en cuencas medias y altas; vertimiento de desechos industriales en áreas marinas y en tierra; traslado y depósito de especies exóticas en aguas marinas y ecosistemas terrestres costeros; depósito de residuos urbanos e industriales; generación de factores de contaminación bacteriana por el crecimiento urbano y la falta de infraestructura para el tratamiento de residuos orgánicos y por la carencia o insuficiencia de tratamiento integral de residuos.
Por ello, en noviembre de 2018 se publicó la Política Nacional de Mares y Costas de México, con tres objetivos: mejorar la vida de los habitantes de las poblaciones costeras; fortalecer las economías locales y mejorar la competitividad regional y nacional, y evitar que los ecosistemas marinos y costeros sufra alteraciones irreversibles.
Los instrumentos del gobierno federal para la conservación, protección y restauración de los ecosistemas marinos y costeros son: los Programas de Ordenamiento Ecológico marinos; las Áreas Naturales Protegidas; los Sitios Ramsar (humedales de importancia internacional), y las Unidades de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre.
El país cuenta con 68 Áreas Naturales Protegidas costero-marinas. En total, suman 77 millones 874 mil 974.8 hectáreas. La mayor parte de esta extensión –69 millones 458 mil 613.4 hectáreas, el 89.2 por ciento– corresponde a la superficie marina. Están a cargo de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas.
Con respecto de los Sitios Ramsar, México cuanta con 142 humedales de esta categoría. También están bajo la supervisión de la Conanp. El 58.5 por ciento del total, que suman un área de 5 millones 978 mil 308.6 hectáreas, es de tipo costero-marinos.
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