México está obligado a garantizar el derecho a la salud –particularmente la sexual y reproductiva, incluida la interrupción legal del embarazo–, señala la Organización de las Naciones Unidas (ONU).
Ello, en el contexto de la posible promulgación de la reforma que permitirá al personal médico y de enfermería del Sistema Nacional de Salud ejercer objeción de conciencia y abstenerse de prestar sus servicios.
Esta adición al artículo 10 BIS de la Ley General de Salud fue aprobada el 22 de marzo por el Congreso de la Unión, y señala que el ejercicio de la objeción no aplica si se pone en riesgo la vida del paciente o se trate de una urgencia médica.
“La objeción de conciencia se deriva de la interpretación del derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión”, indican la Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de la Mujer (ONU Mujeres), el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA) y la Oficina en México del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (ONU-DH).
Los organismos lamentaron “que la reforma no haya previsto las garantías adecuadas para que los servicios médicos nunca sean negados, garantizando la referencia inmediata de quien requiere el servicio con otro prestador u otra prestadora que sí pueda suministrarlo”.
También les preocupa que este cambio no haya considerado que la objeción de conciencia “deba ser siempre una decisión individual, justificada y anticipada”, añade el comunicado.
Esta preocupación “cobra particular importancia en el marco de las obligaciones que el Estado mexicano tiene de eliminar la discriminación en contra de las mujeres, y garantizar su derecho a la salud”, señala.
El comunicado recuerda que el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU ha resaltado “los problemas que en el país enfrentan las mujeres con bajos ingresos y pertenecientes a los grupos más desfavorecidos y marginados para acceder a la interrupción voluntaria del embarazo”.
Marcial Yangali