Los derechos de más de 30 familias son violados por la construcción de un puente vehicular interior. Los vecinos de la avenida 11 de Julio perdieron su modo de vida y seguridad. Siguen exigiendo una reparación del daño que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes se niega a pagar. Mientras les fue negado un amparo, les queda apegarse a la nueva reforma que incluye a las acciones colectivas como defensa jurídica; no obstante, es laxa y limitativa y todavía no existe legislación en la materia, advierten investigadores
Por arriba del puente, viajan los trenes que llegan a la zona industrial y el tren suburbano que acortó la distancia entre el Estado de México y el Distrito Federal. Por abajo del puente, los vecinos suben y bajan para llegar al otro lado. Si se camina por encima de él, entonces parece que se camina por el desierto. Casi todos los locales fueron cerrados. Los colonos se hablan de lejos, de Norte a Sur; se ven debajo del puente para saludarse; se mudan para buscarse otra fuente de ingreso, y los menos, se quedan en su local esperando a los clientes que no llegarán.
La obra, construida para agilizar el tránsito afectado por el Tren Suburbano de la Zona Metropolitana del valle de México, que maneja la empresa española Construcciones y Auxiliar de Ferrocarriles, los dejó en la quiebra económica. Esta calle solía ser un corredor comercial que comunicaba a la avenida José López Portillo con la carretera México Cuautitlán. Hoy más de 30 familias han tenido que cerrar su negocio, porque si los automovilistas pasan por debajo, no se detienen a consumir. Se van de largo, dejándolos a ellos en la pobreza.
“Ya no es una calle, es un pasillo”, describen los vecinos. Quedaron tan estrechos los costados del paso que es imposible que los vehículos entren. Por ello, no llegan servicios básicos, como el gas, la basura, las pipas de agua y las ambulancias. Desde que el “deprimido” fue abierto, los asaltos se han incrementado. La colonia que antes era familiar y segura ha dejado de serlo. Debido a los trabajos de construcción, aseguran, el terreno se ha reblandecido, por lo que sus viviendas están en riesgo. Hoy la construcción divide y afecta a los vecinos que sólo piden del Estado una indemnización para reparar el daño.
Sin que la Dirección General de Transporte Ferroviario y Multimodal de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), la presidencia municipal de Tultitlán y el Centro SCT del Estado de México escuchen sus inconformidades, los habitantes de la avenida 11 de Julio se dicen “abandonados a su suerte porque las autoridades actúan con oídos sordos”.
Frente al perjuicio, los vecinos interpusieron un amparo que les fue negado. En México son pocos los mecanismos que tutelan los derechos del ciudadano cuando han sido agraviados. El juicio de amparo es el único instrumento procesal de este tipo reconocido por la Constitución; no obstante, no está dirigido a la violación de derechos de una colectividad.
El 20 de julio pasado se reformó el artículo 17 constitucional para incluir las acciones colectivas como un mecanismo que defienda, proteja y represente jurídicamente a un grupo afectado por el sector público y privado. El 4 de agosto, la Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados presentó la primera iniciativa de ley en la materia. Hasta hoy, sigue pendiente su aprobación.
Para María del Pilar Hernández Martínez, investigadora en derecho constitucional, México está 20 años atrás de las legislaciones de otros países en la materia. “La reforma –señala– es limitativa y laxa”.
El 15 de agosto de 2009 fue abierto el paso interior vehicular en la avenida 11 de Julio, dos días antes de que tomara posesión el presidente municipal de Tultitlán, Marco Antonio Calzada Arroyo. La construcción del puente interior vehicular cerró la avenida por dos años, lo que llevó a los vecinos a la bancarrota.
Treinta y dos familias fueron afectadas por el paso interior vehicular; 12 vecinos tuvieron que cerrar su negocio de comida; seis, otro tipo de comercio. Las viviendas de ocho se vieron afectadas, lo mismo que las accesorias de cinco y una oficina de la Confederación de Obreros y Campesinos del Estado de México.
Hace 37 años que Loreta atendía sus negocios sobre la avenida 11 de Julio. Hoy sus tiendas de deportes “Manolo”, de materias primas “La Esmeralda” y de cerámicas “Creaciones Estrella” lucen cerradas con candado, vacías y despintadas. El único negocio que mantiene abierto, “un día sí y seis no”, es la tlapalería.
Debido a que es imposible el acceso vehicular, sus proveedores dejaron de surtirle y sus clientes ya no se detuvieron. Loreta tuvo que cerrar los negocios que por años pertenecieron a su familia. Ahora, dice, ya no tienen nada. Su única fuente de ingresos es la pensión de su marido. Las pérdidas son incalculables.
Con lágrimas, recuerda a la cuñada quien, después de sufrir una fuerte depresión por las pérdidas económicas, murió en abril. “Nos ven como de segunda; nos traen de la seca y la meca, y no nos dan respuesta”, expresa Loreta.
Ya son pocos los asiduos a la cantina El Crucero que está abierta desde hace 40 años en la avenida 11 de Julio. El local está justo en la entrada al puente peatonal del “deprimido”, lo que, comenta Esperanza, provoca desconfianza entre los clientes. Las otras meseras han decidido dejar el trabajo. La mayoría de las veces ella se queda sola en la cantina: “No tengo otra fuente de ingresos. Estoy todo el día por lo poco que pueda sacar”.
Emilio es arrendatario de siete departamentos en la avenida 11 de Julio. En los 19 meses que duró la construcción de la obra, se los “desocuparon” porque no entraban los servicios básicos y tampoco había dónde estacionarse. En el lado Poniente, tiene locales que también fueron desalojados porque no existe un andador. “Tres años sin rentas es un golpe muy fuerte para mi familia. Hace 50 años se hicieron esas construcciones; fue un esfuerzo familiar. Vimos a futuro vivir de nuestras rentas. Hoy ni trabajo ni pensión ni ningún tipo de ingreso, sólo la quiebra”.
Al taller de Luis Rodríguez Figueroa llegaba maquinaria para reparación. Sus clientes dejaron de ir por los inconvenientes de no poder dejarla en la entrada. Inicialmente, Luis empleaba a tres trabajadores, que hacia el final de la obra tuvo que despedir. También tuvo que deshacerse de la rectificadora, el torno y la fresadora que en total habían tenido un costo de 130 mil pesos. Tuvo que rematarlos en menos de la mitad. Además cerró un negocio de venta y recarga de teléfonos celulares.
“Desde jóvenes aprendimos a vivir del comercio; nos quitaron nuestro modo de vida. Nos tienen atados de manos y nos resistimos a morir”, expresa. Asegura que aceptaron que se construyera la obra porque el ayuntamiento les prometió resarcir el daño. Incluso les aseguraron que en tres meses les tendrían una solución y que ya estaba aprobado el presupuesto para apoyarlos. Además les dieron su palabra para construir un andador del lado Poniente que permita el paso de la gente y se reactive la economía.
Comenta que los vecinos preveían la debacle económica a la que se iban a enfrentar: “Sabedores de que dependíamos del flujo de automóviles, le propusimos a Comunicaciones y Transportes que elevaran el paso del tren suburbano; sin embargo, se salieron con la suya. No nos queda más que cuestionar lo que hicieron”.
En un oficio dirigido al secretario de Comunicaciones y Transportes, Juan Francisco Molinar Horcasitas, Jorge Rodríguez Juárez, presidente del Consejo de Participación Ciudadana de Tultitlán, expresa que es evidente que la línea del tren suburbano representa un peligro para los vecinos.
De presentarse un siniestro en el tramo comprendido entre las estaciones Lechería y Tultitlán, encima del deprimido 11 de Julio, habría consecuencias fatales al no contar con la oportuna intervención de los servicios de emergencia porque no hay acceso vehicular. Además hay riesgo por el reblandecimiento del terreno que puede ocasionar el hundimiento de viviendas y locales.
Durante una reunión con la Dirección General de Transporte Ferroviario y Multimodal, los vecinos de la avenida 11 de Julio solicitaron que se evaluara y llevara a cabo la indemnización por la afectación funcional, comercial y estructural de sus predios, se movieran los postes de alumbrado público para permitir el paso vehicular y se agilizaran los trabajos. Sin embargo, han pasado tres años desde que inició la construcción de la obra y los vecinos de la avenida no han sido indemnizados.
Al respecto, se ingresaron 27 expedientes al Instituto de Avalúos y Bienes Nacionales para solicitar que se realizara una valuación a las afectaciones que sufrieron las actividades comerciales y se conozcan los montos de una posible indemnización.
Además, los vecinos cuestionaron las condiciones en que fue abierto el paso interior vehicular. La obra no tenía señalamientos restrictivos ni reductores de velocidad en los accesos, lo que provocó accidentes de vehículos pesados; presentaba encharcamientos ocasionados por filtraciones y fugas de agua debido al movimiento de tuberías realizado en el curso de la obra.
En los puentes peatonales elevado y adosado, no había luminación ni escaleras en buen estado, por lo que se cometían crímenes durante la noche. Por todo ello, los vecinos de la avenida 11 de Julio solicitaron que se realizara una auditoría a quienes recibieron dicha obra en malas condiciones.
El presidente del Consejo de Participación Ciudadana de Tultitlán, Jorge Rodríguez Juárez, solicitó audiencia con Juan Francisco Molinar Horcasitas. En representación de los vecinos afectados, expone en su petición que pese a las reuniones de trabajo desde hace más de tres años, no se ha dado solución: “Hemos encontrado evasivas que lo único que nos hace evidente es la falta de capacidad de las personas con las que se ha dialogado para resolver el problema”.
Marco Antonio Gutiérrez Suárez, director general adjunto de Transporte Ferroviario y Multimodal de la SCT, envió la solicitud realizada por el Consejo de Participación Ciudadana a Isaac Franklin Unkind, director general de Ferrocarril y Terminal del Valle de México. La petición incluía la construcción de dos vialidades alternas en las cerradas 11 de Julio e Hidalgo para recuperar el acceso vehicular y la entrada de servicios básicos.
De acuerdo con el oficio fechado el 7 de julio, el servidor público menciona que debe considerarse que dicha obra “podría afectar el derecho de vía de esa empresa en el brazo Norte de la Y, conexión con la H, así como la línea A, que se utilizan para atender los servicios de transporte de carga de las industrias de la zona”.
Rodríguez Figueroa exige: “Buscamos solución a nuestra demanda. Exigimos que el Estado asuma su responsabilidad y resarza el daño para no tomar medidas más drásticas”.
Las acciones colectivas son las acciones interpuestas por un conjunto de personas que se ven afectadas por una misma causa que originó perjuicios. Su objetivo es la defensa, protección y representación jurídica de tipo colectivo. Serán procedentes contra toda acción u omisión de las autoridades públicas o de los particulares que hayan violado o amenacen violar derechos o intereses colectivos o difusos.
En su exposición de motivos, el diputado argumenta que la falta de un auténtico acceso a la justicia obedece a que no se concede legitimidad activa a los sujetos agraviados, lo que limita el acceso a la justicia y muestra la insuficiencia del derecho procesal.
Con el mecanismo, ciudadanos, grupos, partidos, sindicatos y autoridades gozan de legitimidad. “Permite –explica Corral Jurado– que mediante la reparación del daño se corrijan prácticas arbitrarias, así como mayor certeza jurídica en los casos en los que no existe un agravio personal y directo contra actos de autoridad”.
El único instrumento que defiende los derechos del ciudadano frente a un agravio por parte de una autoridad en México es el juicio de amparo; sin embargo, señala el Corral Jurado, no es procedente “cuando se trata de impugnaciones por violación de derechos sociales, es decir derechos pertenecientes a todos o a una colectividad”.
El juez de distrito será competente para conocer del juicio que se derive del ejercicio de una acción colectiva. En el ejercicio de las acciones colectivas se podrían formular diversas reclamaciones, como exigir la detención inmediata de las actividades dañinas y la indemnización por los daños o perjuicios sociales o individuales.
La iniciativa además sugiere que la acción se promueva durante el tiempo que subsista la amenaza o peligro al derecho colectivo. Si se pretende que las cosas vuelvan a su estado anterior, el término para interponerla será de cinco años.
De haber más de un responsable, el juez ordenará la citación de los implicados. “Puede ocurrir –advierte Corral Jurado– que no se conozca, bien a bien, el responsable de la fuente de afectación por la intrincada o laberíntica creación de la entidad responsable, a veces creada precisamente en esos términos, para diluir su responsabilidad”.
María del Pilar Hernández Martínez, del Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la Universidad Nacional Autónoma de México, subraya en su tesis Mecanismos de tutela de los intereses difusos y colectivos, que en las sociedades contemporáneas se constata la emergencia de nuevos reclamos, individuales y colectivos, que tienen como base la extensión de los derechos.
En entrevista con Contralínea, observa que el Estado puede ser responsabilizado por ser omiso y no proveer la protección o la exigibilidad de las medidas respecto de la actuación de particulares.
Opina que, a diferencia de legislaciones en otros países, la reforma al artículo 17 es limitativa y laxa, pues no puntualiza en absoluto y no incluye el concepto de intereses difusos.
Mientras en países suramericanos y europeos hay un reconocimiento expreso de intereses difusos y colectivos, “aquí la Constitución los subsume y no los reconoce”. Países como Estados Unidos, España, Colombia, Brasil, Argentina, Chile, Uruguay, Venezuela y Costa Rica cuentan con disposiciones que tutelan los intereses difusos, es decir los intereses colectivos que se relacionan con diversas materias, como el patrimonio y espacios públicos, seguridad, medio ambiente, libre competencia, derechos de autor, propiedad intelectual y derechos del consumidor.
Para la académica, “no hemos transitado la vanguardia de eventos que, más que en otras ocasiones, se pueden reconocer como lesivos de un número determinable o indeterminado de individuos”.
La investigadora en derecho constitucional advierte que México está a 20 años de distancia de lo que en Europa y América Latina se ha realizado en la materia. Sin embargo, recuerda que la Ley Federal de Protección al Consumidor, la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente y la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicio Bancario incluyen mecanismos de protección de alto espectro.
Respecto de las perspectivas de una legislación sobre acciones colectivas, Hernández Martínez sostiene que es indispensable incluir la no temeridad de su ejercicio, es decir que sea serio y fundado. Además “que sea muy concisa para el caso de los derechos que protege y los montos de indemnización”.
Y es que, advierte, las acciones colectivas podrían implicar demandas millonarias en reparación del daño como sucede actualmente en Estados Unidos: “Recurrir a estas acciones tendría que ser el último recurso al que el ciudadano acuda. Hasta ahora es una desinteresada necesidad de protección. Sería lamentable que esto sirviera como un arma depredatoria para los despachos de abogados”.
En su tesis, la catedrática sugiere que, para dar plena eficacia a los derechos económicos, sociales y culturales generados de intereses difusos y colectivos, debe de entenderse que las normas que reconocen tales derechos vinculan a todos los órganos del Estado. De esta manera, “el Poder Legislativo no puede emitir leyes contra estos derechos; al Poder Judicial le está vedado perjudicar la consistencia de dichos derechos, y al Poder Ejecutivo se le impone actuar para proteger e impulsar la realización concreta de dichos derechos”.
Advierte, además, que éstos han de ser entendidos más que como meros mandatos, como verdaderos derechos subjetivos públicos: “Sólo de esta manera habrá de evitarse un cúmulo de elementos obstructivos en el plano sustantivo que hoy día contradice el espíritu del Estado social y democrático de derecho”.
La investigadora del IIJ apunta que, en general, los ciudadanos no están habituados a demandar lo que los órganos del Estado deben proveer. “Es necesario que las autoridades cumplan con la función de informar a los ciudadanos con qué derechos cuenta”.
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