El gobierno de Felipe Calderón Hinojosa perdió un histórico juicio de amparo interpuesto por nueve soldados y marinos retirados, quienes reclaman el pago justo de pensiones, haberes y sobrehaberes. Y aunque en el último punto la justicia no dio la razón a los demandantes, sí los amparó respecto del haber de retiro.
De la resolución –dictada por el juez Segundo de Distrito del Centro Auxiliar de la Séptima Región, Víctor Manuel Jiménez– se desprende que las secretarías de la Defensa Nacional, Marina Armada de México, Hacienda y Crédito Público, así como el Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas (ISSFAM) violaron el artículo 23 de la ley que rige a esa última institución.
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“Son fundadas las consideraciones vertidas por los quejosos en el sentido de que la cuantía del haber de retiro no se ha incrementado al mismo tiempo y en igual proporción en que han aumentado los haberes de los militares en activo”, se lee en la foja 44 de la resolución del juicio de amparo 247/2010.
De acuerdo con el dictamen, establecido el 18 de octubre de 2010, ni las secretarías ni el ISSFAM pudieron acreditar que han pagado “de forma actualizada los haberes de retiro a los quejosos”. Por ello, “resulta evidente la omisión de la autoridad en ese sentido”.
En el sexto considerando de la resolución, se señala que “procede conceder el amparo y protección de la justicia de la unión para el efecto de que la junta directiva del ISSFAM, conforme a sus atribuciones, pague a los quejosos la actualización del haber de retiro”.
La relevancia del caso consiste en que esta tesis podría beneficiar a los más de 70 mil militares retirados, indica el abogado de la Federación de Militares Retirados General Francisco J Mújica, Francisco Torres.
“En marzo de 2010 se promovió el amparo. Los actos reclamados son el incumplimiento a la Ley del ISSFAM, en específico de los artículos 21, 23 y 31 donde, entre otras cosas, se indica la compensación garantizada y de que el personal retirado ganará en la misma proporción y al mismo tiempo que el personal del activo. Se pelearon la compensación y que ganara el personal retirado igual que los del activo, pero por la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación [SCJN] se resolvió que la compensación garantizada no forma parte del sueldo. Entonces ese punto se perdió definitivamente en este amparo.”
El abogado Francisco Torres explica que, ante lo resuelto por el juez en torno al incumplimiento del artículo 21, el ISSFAM hizo uso del recurso de revisión ante el Quinto Tribunal Colegiado. Estrategia que perdió. “Este amparo ya quedó firme. [El ISSFAM] no tiene ningún otro tipo de método legal para combatir esta resolución”.
En caso de que las autoridades desacataran el fallo, los militares amparados promoverían un incidente de incumplimiento y el caso llegaría a la SCJN, indica el abogado. Y aunque la resolución se dictó desde octubre de 2010, hasta agosto pasado el ISSFAM no ha dado cumplimiento.
Francisco Torres agrega que la Federación promoverá un segundo amparo para 70 soldados y marinos bajo estas mismas características y prevé que en breve podrían proliferar juicios masivos en contra del ISSFAM.
“Los 70 mil militares retirados podrían promover ese recurso de amparo. Estamos hablando de generales, jefes, oficiales, tenientes, capitanes y tropa. Esta resolución es relevante porque ampara no nada más a gente del Ejército y Fuerza Aérea, también de la Armada de México. Desde un cabo, que es muy raro que haya soldados retirados, pero sí los hay, hasta el general.”
—¿La Federación tendría capacidad de atender nuevos recursos de amparo?
—Sí. Pero es un requisito que los militares estén afiliados a la Federación.
—En caso de que se haga un amparo masivo, ¿cuánto tiempo tardaría en quedar firme?
—El mismo tiempo que éste, porque se promueve de nueva cuenta con otro juez federal. Éste nos ha llevado, aproximadamente, un año.
—En caso de que este amparo no fuera cumplido y llegara a la Suprema Corte, ¿cuánto tiempo más implicaría?
—Llegaría a la Suprema Corte en un caso extremo de que el ISSFAM no dé ni una señal de que lo va a cumplir. Si eso ocurre se tomaría, todavía, unos cuatro meses. La Suprema Corte es la instancia facultada, en los casos de desacato de una autoridad, de destituir y dar aviso a la Procuraduría General de la República. Esto se haría por desacato a un mandamiento judicial y por abuso de autoridad, por no cumplir con el amparo.
El abogado Francisco Torres explica: “El amparo es el máximo recurso de nuestras leyes mexicanas; es el último. Se encarga de ver qué se está violentando de la Constitución, de las garantías individuales. ¿Qué significa este amparo? Que se están violentando las garantías individuales de los militares retirados. No tanto por un pago, porque lo relevante es que se están violentando las garantías individuales de unos gobernados, sean militares o no. Es muy triste que quien comete esta violación es quien tendría que velar por ellos y que cuidarlos”.
Contralínea buscó conocer la versión del general de división José Armando Tamayo Casillas, director del ISSFAM, a través de su propia oficina y de la oficina del coronel Ricardo Trevilla Trejo, director de Comunicación Social. A pesar de las gestiones hechas durante más de un mes, hasta el cierre de edición no hubo respuesta.
[Infografía]
Los quejosos amparados
General brigadier retirado Samuel Lara Villa
Mayor retirado Rufino Eduardo Santiago García
Teniente de fragata retirado José Luis Fuentes y Rivera
Capitán segundo retirado Manuel Molina González
Sargento primero retirado Gil López Cruz
Sargento primero retirado Máximo Nicolás Cruz
Cabo retirada María Bruna Temoltzi Martínez
Subteniente retirado Hipólito Leyva Herrera
Sargento primero retirado Gilberto Cruz Santiago
Nancy Flores/Mariela Paredes
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