Con unanimidad de 431 votos, la Cámara de Diputados aprobó sin cambios la reforma propuesta por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo para ampliar el tipo penal de abuso sexual, y establecer que el silencio o la falta de resistencia por parte de la víctima no podrá interpretarse como consentimiento. Sin embargo, el debate también derivó en que la pena de prisión baje para quien cometa el crimen.
De esta manera, la modificación legislativa redefine el delito de abuso sexual como cualquier acto de esta naturaleza realizado sin el consentimiento de la víctima y sin el propósito de llegar a la cópula, ya sea en el ámbito público o privado. Además, incluye los casos en que se obligue a la persona a observar un acto de carácter sexual o a ejecutarlo sobre sí misma, para un tercero o para el propio agresor.
Luego de tres horas de discusión, los Artículos 260 y 266 Bis del Código Penal Federal, en materia de abuso sexual, fueron aprobados por todos los grupos parlamentarios. Sin embargo, integrantes del Partido del Trabajo (PT) dijeron estar en contra de la reducción del rango de prisión para la sanción base; la cual pasará de ser entre seis a 10 años a un periodo de tres a siete años, aunque se ampliarán agravantes y se agregarán medidas como reparación del daño.
Sobre este último punto, la petista Mary Carmen Bernal Martínez expresó estar de acuerdo con que haya más agravantes, pero no en la disminución de la pena, por lo que hizo una invitación a reflexionar sobre esa modificación: “No se pueden mantener tipos penales ambiguos que permitan interpretaciones que revictimicen. Esta reforma no criminaliza relaciones consensuadas, protege la libertad sexual, no vulnera garantías, fortalece la certeza jurídica, no presume culpabilidad y define con precisión cuando hay abuso”.
Por su parte, la diputada Ana Luisa del Muro García del grupo parlamentario del PT sostuvo que el abuso sexual es una de las violencias más dolorosas y persistentes, que rompe infancias y deja cicatrices invisibles. “Estos cambios protegen a las víctimas porque definen con claridad qué es el abuso sexual, incluyendo conductas que durante años fueron minimizadas o normalizadas; reconoce que la violencia puede ocurrir tanto en espacios públicos como privados; y establece agravantes”.
Mientras que la diputada Alma Navarrete Rivera, del grupo parlamentario de Movimiento Regeneración Nacional (Morena), destacó que el abuso sexual no es solo un delito, es una experiencia traumática que hiere la integridad, limita el proyecto de vida y deja huellas que acompañan a las víctimas durante años; atenta contra la libertad, seguridad, el bienestar emocional y el derecho a vivir sin miedo. “Esta reforma coloca al centro un principio ético fundamental: el consentimiento libre y voluntario, el cual no puede presumirse del silencio, la pasividad o de la falta de resistencia”.
El documento, enviado al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales, considera abuso sexual cuando se obligue a la víctima a exhibir su cuerpo. Con ello, se entiende por actos de esta categoría los tocamientos, caricias, roces corporales, exhibiciones o representaciones explícitas. Además, no considera que exista consentimiento cuando la voluntad de la persona haya sido anulada o viciada por violencia, intimidación, engaño, amenaza, abuso de confianza, autoridad o situación de vulnerabilidad. “El consentimiento no podrá presumirse del silencio, la pasividad o la falta de resistencia física de la víctima”, explica el dictamen.
A quien cometa el delito se le aplicará una sanción de tres a siete años de prisión, y multa de doscientas a quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). De igual manera, se impondrá la obligación de acudir a talleres reeducativos con perspectiva de género y no violencia contra las mujeres y/o prestar servicio social en favor del Estado o de instituciones de beneficencia pública, a fin de favorecer medidas de no repetición y promover un cambio cultural en favor de la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres.
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