Grupos de presión siguen a sus anchas en el Congreso

Grupos de presión siguen a sus anchas en el Congreso

Símbolo de opacidad y corrupción, el cabildeo sigue pendiente de regular en la llamada “Cuarta Transformación”. Los intereses de trasnacionales y grupos de presión siguen rondando los pasillos de las cámaras del Poder Legislativo.

En febrero próximo se definirá el papel que jugarán los cabilderos en el renovado Congreso de la Unión. El también llamado lobbying ha sido símbolo de opacidad y corrupción entre legisladores y representantes de trasnacionales, asociaciones, cámaras y personas físicas, que negociaban en sin rendir cuentas a la sociedad.

Víctor Torres, investigador de la consultoría Ethos, Laboratorio de Políticas Públicas y excabildero, dice que esta práctica se ha caracterizado por ser delicada y opaca, debido a las dádivas y regalos entregados por cabilderos a algunos diputados y senadores.

Retoma la exhibición que se hizo sobre la entrega de beneficios, cuando las tabacaleras influyeron en una discusión con respecto de una reforma fiscal que planteaba ampliar el impuesto al tabaco: “Las tabacaleras empezaron a regalar viajes y otras dádivas a los legisladores y esa propuesta se cayó”.

Hasta la legislatura pasada (LXIII), el padrón de cabilderos del Senado de la República se componía de 104 personas físicas y 117 personas morales, entre los que se encontraban representantes de Afore XXI Banorte; Altos Hornos de México y American Chamber of Commerce of Mexico; Johnson & Johnson; Medical Mexico; Mercedes-Benz México; PricewaterhouseCoopers; Danone de México; Casa Cuervo; la Cámara Minera de México, entre otras, sin que haya informes puntuales de las pláticas y de los acuerdos que hayan logrado.

Con la entrada de la LXIV Legislatura, el registro de cabilderos se llevó a cabo del 7 al 9 y del 12 y 14 de noviembre, donde los interesados llevaron la documentación a las oficinas de la secretaría de la Mesa Directiva, sin que hasta el momento sea público.

La Gaceta Parlamentaria señala que el número máximo de comisiones en las que las personas acreditadas podrán realizar sus actividades de cabildeo serán de “cinco comisiones y de 20 personas acreditadas por cada una de ellas”; y que “en caso de exceder este número, la mesa directiva acordará lo conducente”.

El documento indica que “los servidores públicos durante el ejercicio de sus funciones no podrán llevar a cabo actividades de cabildeo, así como sus cónyuges, además de que los diputados y servidores públicos bajo cualquier relación laboral se abstendrán de hacer recomendaciones que equivalgan a un cabildeo, cuando tengan beneficio económico o en especie para sí o su cónyuge o parientes consanguíneos, o por afinidad hasta el cuarto grado o para terceros con los que tengan relaciones profesionales, laborales o de negocios”, según una nota de la reportera Marisol Velázquez, del diario El Economista.

Víctor Torres, investigador de la consultoría Ethos, comenta que hay una regulación que está en los reglamentos de las Cámaras: cada una tiene su propio reglamento y, dentro de él, un capítulo completo sobre cabildeo.

“La cuestión es que ese reglamento es muy general, un poco laxo y no queda definido quién tiene que aplicar al reglamento. Se habla de que los cabilderos tienen que registrarse en un padrón, entregar cierta información. Los legisladores tienen que reportar qué reuniones tienen con los cabilderos y de qué trataron esas reuniones. Pero si no lo hacen, no se sabe quién tiene qué sancionar esa falta, quién vigila que los cabilderos estén actuando conforme al reglamento cuando son contratados por un cabildero”, cuestiona el excabildero.

Los intereses

El investigador explica que los cabilderos se seccionan en tres bloques. El primero, de empresas y cámaras empresariales. “Ellos se representan a sí mismos en lo que le llaman la gerencia de asuntos públicos o de relaciones gubernamentales”.

También, hay organizaciones no gubernamentales que buscan incidir en el proceso legislativo “porque ellos también están interesados en que las decisiones que toma el congreso lleven una cierta dirección que ellos consideran que son más adecuadas que el interés general”.

El tercer bloque está representado por integrantes del Poder Ejecutivo y los organismos autónomos. “Los entes públicos también tienen sus enlaces legislativos, que también buscan incidir en la toma de decisiones del Congreso, en este caso. Ellos representan el punto de vista de su dependencia o de su órgano público autónomo, ya sea para defender alguna función que ellos consideran debe tener su secretaría o instituto”.

Iniciativa pendiente

El 11 de octubre pasado, se presentó la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se Expide la Ley que Regula las Actividades de Cabildeo en el Congreso de la Unión, presentada por el senador Ricardo Monreal Ávila, del Movimiento Regeneración Nacional (Morena).

En la exposición de motivos del documento presentado por el presidente de la Junta de Coordinación Política, se señala: “Una fuente de desconfianza en las democracias modernas proviene de la interacción de los intereses legítimos de particulares con los tomadores de decisiones. A este tipo de interacción se le conoce como lobby, un vocablo anglosajón que se traduce en castellano como ‘cabildeo’ y que, en general, es definido como un acto para ejercer presión o tratar de convencer, intentar neutralizar, modificar e influir en las decisiones de la autoridad pública”.

El legislador también expone que “el cabildeo puede ser un componente invaluable en el proceso de toma de decisiones públicas, pues tiene el potencial para promover la participación democrática y para proporcionar ideas e información valiosas a los responsables de la toma de decisiones”.

“No obstante, la legítima defensa de intereses por parte de tales grupos ha tensado la cuerda democrática, al punto de ser percibida también, dada la movilización de cuantiosos recursos, como una actividad opaca de dudosa integridad, que puede resultar en actos de corrupción, influencia indebida, competencia desleal y captura regulatoria en detrimento del ejercicio imparcial, justo y efectivo de las funciones gubernativas y legislativas”.

Dentro de las propuestas que integran esta iniciativa, se encuentran:

1) “La necesidad de establecer normas para el ejercicio transparente y honesto de la actividad del cabildeo ante los órganos de los poderes Legislativo y Ejecutivo de la Unión.

2) “Definir al cabildeo como la actividad realizada por personas físicas o morales tendientes a promover o influir, de manera lícita, en las decisiones legislativas o administrativas del Congreso de la Unión o del Poder Ejecutivo federal.

3) “Delimitación de las actividades consideradas objeto de regulación en materia de cabildeo.

4) “Estándares para el registro de cabilderos.

5) “Creación de un Código de Ética.

6) “Regular y controlar cualquier tipo de comunicación tendente a formular decretos o acuerdos del Congreso de la Unión, así como influir en la planeación y desarrollo de las acciones administrativas.

7) “La prohibición de ejercer actividades de cabildeo por parte de los servidores públicos durante el ejercicio de sus funciones y hasta uno, dos o cuatro años después de haber terminado su encargo, así como a sus cónyuges y parientes por consanguinidad y afinidad.

8) “La obligación de presentar un informe trimestral o semestral que, entre otros aspectos, obligue a informar el monto de ingresos y egresos por las actividades efectuadas.

9) “Sanciones establecidas por la violación de la ley, que van desde la suspensión temporal y definitiva del registro hasta multa de 50 a 5 mil días”.

Transparentar la información

El investigador Víctor Torres dice que el cabildeo está fundamentado en el Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que a la letra indica: “Los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho de petición, siempre que ésta se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa; pero en materia política sólo podrán hacer uso de ese derecho los ciudadanos de la República.

“A toda petición deberá recaer un acuerdo escrito de la autoridad a quien se haya dirigido, la cual tiene obligación de hacerlo conocer en breve término al peticionario.”

Para que la iniciativa que se encuentra pendiente de aprobar se encuentre más detallada, dice, es necesaria mayor transparencia y más acceso de información a los ciudadanos de cómo los cabilderos hacen su trabajo en el Congreso. Así como en qué medida los legisladores toman en cuenta las opiniones de los cabilderos. “Y que se defina quién es la autoridad encargada de vigilarlos”.

En lo que se refiere a esta apertura de información, además de transparentar el padrón de cabilderos, es necesario conocer los clientes; para quiénes trabajan, y qué costos manejan para llevar a cabo sus actividades de cabildeo.

El consultor dice que para que haya mayor transparencia, también es necesario la creación de un portal único, donde la ciudadanía pueda acceder a la información, incluso “los mensajes vía aplicaciones como Messenger o WhatsApp”.

Ley de Austeridad Republicana, comenta Víctor Torres, dice que se prohíba el cabildeo en el proceso legislativo, pero “consideramos riesgosa esa solución porque al final del día el cabildeo va a existir. Los cabilderos se pueden reunir dentro o fuera de la cámara. Mejor regularlo y hacerlo lo más transparente posible”.

Érika Ramírez

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