Tras una álgida discusión de más de 15 horas, marcada por un ambiente repleto de insultos y descalificaciones, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó en la madrugada de este jueves el Plan B de la reforma electoral, que reducirá los costos de ayuntamientos y congresos locales, y regulará la percepción salarial de consejeros y magistrados electorales para que ninguno pueda contar con una remuneración superior a la de la presidenta.
Pese a las múltiples controversias al interior de las bancadas, la iniciativa fue avalada en lo particular por una mayoría calificada de 343 votos a favor, con el respaldo de Morena, el Partido del Trabajo y el Partido Verde Ecologista de México. En contraste, registró 124 votos en contra por parte del Partido Acción Nacional (PAN), el Partido Revolucionario Institucional (PRI) y Movimiento Ciudadano (MC), así como una abstención de la diputada petista Aracely Cruz Jiménez.
De esta manera, la minuta remitida por el Senado de la República fue aprobada sin modificación alguna por la Cámara de Diputados, por lo que los Artículos 115, 116 y 134 de la Constitución serán modificados para la implementación progresiva de medidas orientadas a regular el gasto público en materia electoral. Entre éstas se contempla la reducción de los presupuestos de los congresos locales, la disminución del número de regidores en los ayuntamientos y el ajuste a las remuneraciones de consejeros y magistrados electorales.
Durante la presentación del dictamen, el presidente de la Comisión de Reforma Política Electoral en la Cámara Baja, Víctor Hugo Lobo Román, sostuvo que la iniciativa, impulsada por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, tiene como objetivo “racionalizar el gasto, eliminar privilegios y robustecer la democracia”; además de que aclaró que no se vulnera el federalismo ni la autonomía de los órganos electorales. Ello en relación a los argumentos descalificativos que han sido promovidos por parte de legisladores de la oposición –PAN, PRI y MC–.
Con ello, Lobo Román argumentó que la reforma es parte de un proceso de “modernización” del Estado, orientado a hacer más eficiente el uso de recursos públicos, mediante la reducción de estructuras administrativas, así como de la homologación de criterios presupuestales en los congresos locales. De igual manera, aseguró que se garantizará la representatividad, la paridad de género y el respeto y autonomía de los municipios.
En ese sentido, destacó que los cambios al Artículo 116 constitucional establecen un tope de 0.70 por ciento del presupuesto estatal para los congresos locales, con el objetivo de evitar “asimetrías y excesos”, mientras que la modificación al Artículo 134 refuerza los límites a las percepciones de servidores públicos, incluidos consejeros y magistrados electorales, y así “poner fin” a los “gastos excesivos, extraordinarios o privilegios”.
“El presente dictamen robustece nuestra democracia, fortalece nuestras instituciones, respeta el federalismo, reconoce el régimen del municipio libre, garantiza el principio de representatividad y promueve la austeridad en todos los poderes. Este documento […] hace una democracia más confiable, más eficaz y representativa, con áreas electorales, administrativas y jurisdiccionales que garantizan su desarrollo y calificación sin representar esto un gasto excesivo o desproporcionado. Se promueve la austeridad, no como una regla administrativa, sino como una convicción para destinar los mayores esfuerzos en beneficio colectivo”, sostuvo el presidente de la Comisión de Reforma Política Electoral.
Por su parte, al fijar el posicionamiento del grupo parlamentario de Morena, el diputado Leonel Godoy Rangel rechazó las críticas de la oposición, mismas que calificaron la reforma como una “ocurrencia” o como “basura”. Por el contrario, sostuvo que la iniciativa responde a una demanda histórica de transformación del sistema electoral, pues en tribuna recordó los procesos electorales de 2006 y de 2012, marcados, dijo, por denuncias de fraude y uso indebido de recursos.
De igual manera, Godoy recordó que, aunque el primer plan en materia electoral incluía modificaciones más amplias –particularmente en materia política y del financiamiento electoral–, la actual reforma se centró en combatir privilegios, racionalizar el gasto público y regular el funcionamiento de congresos locales y ayuntamientos, sin vulnerar la autonomía de las instituciones electorales. Con ello, desestimó los señalamientos sobre una supuesta “sobrerrepresentación legislativa”, al afirmar que las reglas vigentes fueron aprobadas por las propias fuerzas opositoras.
“La sobrerrepresentación que mencionan es un falso debate, porque esta integración del Congreso de la Unión, como la anterior, fue con las reglas que ustedes impusieron, no con las reglas que teníamos nosotros. No teníamos reglas, y entonces ahora no les gusta y quieren que se cambien para beneficio de ellos. No. Ahora se está legislando para el pueblo, se está legislando contra los privilegios, se está legislando para que haya transparencia en el uso de los recursos públicos y en el manejo institucional de los servidores públicos. Eso es lo que estamos votando nosotros el día de hoy. No a los privilegios, no a los gastos onerosos de los congresos locales y los cabildos en los ayuntamientos, en los municipios”.
De acuerdo con las modificaciones constitucionales, el Artículo 115 precisa que cada municipio será gobernado por un ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un presidente o presidenta municipal, una sindicatura y hasta quince regidurías de conformidad con los principios de paridad de género vertical y horizontal, perspectiva de género e igualdad sustantiva en el acceso, integración y ejercicio del poder público municipal.
Mientras que, el Artículo 116 señala que las constituciones estatales deberán establecer que el presupuesto anual de las legislaturas locales no exceda del 0.60 por ciento del presupuesto de egresos de la entidad federativa correspondiente. Y el Artículo 134 subraya que las remuneraciones de las personas consejeras electorales, las magistradas y magistrados electorales, titulares de las secretarías de órganos administrativos y titulares de áreas ejecutivas y técnicas u homólogos del Instituto Nacional Electoral (INE), los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLEs) y los tribunales electorales de las entidades federativas, no excederán el límite establecido en el Artículo 127 de esta Constitución, es decir, no podrán percibir un salario mayor al de la presidenta de la República.
De igual manera, dichos funcionarios tampoco podrán adquirir o contar con recursos públicos, seguros de gastos médicos, de vida o de pensiones privadas, seguros de separación individualizados, cajas de ahorro especiales, regímenes especiales de retiro u otras prestaciones que no estén previstas por la ley, decreto, disposición general, contrato colectivo o condiciones generales de trabajo.



















