Una persona nacida en el extranjero puede cumplir con el requisito constitucional de ser mexicana por nacimiento para contender por una gubernatura si es hija de padre o madre mexicanos, aclaró la consejera jurídica de la presidencia, Luisa María Alcalde Luján.
Durante la conferencia presidencial, la funcionaria explicó que el Artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que, para ser gobernador o gobernadora, se requiere ser ciudadano mexicano por nacimiento, además de ser nativo de la entidad o contar con una residencia efectiva de al menos cinco años inmediatamente anteriores al día de la elección y tener 30 años cumplidos, salvo que la Constitución local establezca una edad menor.
Alcalde precisó que esta condición no significa necesariamente haber nacido en territorio nacional.
Detalló que el Artículo 30 constitucional reconoce como mexicanos por nacimiento a quienes nazcan en territorio de la República, independientemente de la nacionalidad de sus padres. También reconoce como mexicanos por nacimiento a quienes nazcan en el extranjero y sean hijos de padre o madre mexicanos, entre otros supuestos.
“Es mexicano por nacimiento una persona que pudo haber nacido en territorio extranjero, pero tiene padres o madres mexicanos”, explicó la consejera jurídica.
La aclaración se produjo tras los cuestionamientos sobre los requisitos para ocupar una gubernatura, en particular respecto del caso de la senadora por Nayarit y coordinadora de Morena, Jasmine Bugarín Rodríguez.
Sobre este caso, Alcalde informó que la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) confirmó que Bugarín Rodríguez renunció a su doble nacionalidad desde 2018, mediante el trámite correspondiente ante la dependencia.
La consejera señaló que, por ello, la situación de la senadora quedó resuelta antes de la entrada en vigor de la reforma constitucional en esa materia.
En cuanto a los alcances de la modificación, recientemente aprobada por ambas cámaras del Congreso, explicó que no tendrá aplicación inmediata.
El cambio constitucional, que también recibió el respaldo de 20 congresos estatales, establece restricciones para las personas con doble nacionalidad que busquen ocupar determinados cargos, entre ellos la presidencia de la República y las gubernaturas.
De acuerdo con Alcalde, quienes estén sujetos a las nuevas disposiciones deberán renunciar a su nacionalidad extranjera antes de registrarse ante el Instituto Nacional Electoral (INE).
No obstante, un artículo transitorio señala que estas reglas serán aplicables a partir del proceso electoral correspondiente a 2028.
La funcionaria explicó que este plazo responde a las disposiciones que impiden modificar las leyes electorales para aplicarlas de manera inmediata a un proceso próximo, con el propósito de no alterar las condiciones de esa elección.
Agregó que, una vez concluido el procedimiento de aprobación de la reforma, será necesario expedir la legislación secundaria que precise las reglas para su aplicación.
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