En un viraje de 180 grados a la política marrullera, entreguista y violatoria de reglamentos y leyes de la pasada administración municipal de La Paz, Baja California Sur, la actual alcaldesa del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) Milena Paola Quiroga Romero comienza a resolver algunos de los atracos político-sociales cometidos en contra de la sociedad paceña y sudcaliforniana por su antecesor, el también morenista Rubén Gregorio Muñoz Álvarez.
Desde 2020, Contralínea ha dado seguimiento a los actos de usurpación de funciones y violación de varias leyes y reglamentos, que en diferentes sesiones del Cabildo paceño cometió Muñoz Álvarez al alinear a sus designios a varios ediles de diferentes partidos políticos para, en un acto de abuso de poder, como funcionario público deslegitimar a la Comisión de Desarrollo Urbano, Ecología y Medio Ambiente que ya había desestimado la competencia del Cabildo para aprobar un cambio de uso de suelo; y más aún, atraer el caso a la Comisión de Gobernación, Seguridad y Tránsito, presidida por él, y en consecuencia aprobar la edificación del enorme complejo inmobiliario denominado “Misión Punta Norte” en un predio cuyo uso de suelo no lo permite.
En la Décima Sesión Extraordinaria del Cabildo del Honorable XVII Ayuntamiento de La Paz, celebrada el martes 15 de marzo de 2022, se discutió y se aprobó el dictamen presentado por Milena Quiroga, mediante el cual se autoriza al Síndico Municipal Rogelio Alfonso Martínez Mayoral y a la Dirección de Asuntos Jurídicos a ejercitar todos los recursos legales procedentes para anular el acta de la Vigésima Séptima Sesión Extraordinaria del Cabildo llevada a cabo el 25 de marzo de 2021, mediante la cual se aprobó el dictamen presentado por la comisión edilicia de Gobernación, Seguridad Pública y Tránsito Municipal, entonces presidida por Muñoz Álvarez e integrada por Juan Ramón Domínguez y Pilar Eduardo Carballo, quienes mandataron la aprobación integral del desarrollo inmobiliario Misión Punta Norte, que sería edificado en el predio denominado “Zacatecas”, ubicado en la carretera transpeninsular La Paz-San Juan de la costa del municipio de La Paz.
El dictamen de Quiroga Romero señala que el acto de gobierno mediante el cual Rubén Gregorio Muñoz “aprobó” el cambio de uso de suelo y en consecuencia la edificación del desarrollo Misión Punta Norte, no reunió los requisitos de validez que señalan las distintas legislaciones aplicables al caso, tal como se advierte en los análisis técnicos y jurídicos emitidos por la Dirección General de Gestión Integral de la Ciudad y la Dirección de Asuntos Jurídicos; de los cuales el más importante es que todo acto de autoridad tiene que regirse bajo el principio de legalidad, por virtud del cual las autoridades del poder público sólo están facultadas para hacer lo que la ley les permite en la forma y en los términos establecidos en la misma; con el propósito de dar seguridad jurídica a los gobernados. Lo que implica, necesariamente, que las facultades que le son atribuidas a los servidores públicos están establecidas en las leyes y reglamentos de carácter legislativo; lo cual está expresamente establecido en la Constitución Política del Estado de Baja California Sur en el Título Primero: Principios Constitucionales en su artículo tercero que a la letra establece: “Las autoridades y Funcionarios del Estado no tienen más facultades que las que expresamente les conceden esta Constitución, la General de la República y las Leyes que de ella emanen”. Así que, de acuerdo a la máxima ley de Baja California Sur es un ordenamiento que las autoridades del poder público únicamente pueden ejercer las facultades y atribuciones previstas en la ley que regula sus actos y consecuencias.
Debido a lo anterior, el dictamen presentado por la presidenta municipal Milena Quiroga establece que Muñoz Álvarez y aquellos ediles que votaron por la aprobación del desarrollo Misión Punta Norte han violado la ley a partir del momento en que apócrifamente la Comisión de Gobernación y Tránsito Municipal, presidida por Rubén Muñoz, le retiró a la Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología el asunto del cambio de uso de suelo y en consecuencia “aprobó” el desarrollo inmobiliario Misión Punta Norte.
Quiroga señala que Muñoz Álvarez no contaba con las atribuciones para mandatar la aprobación del cambio de uso de suelo, por lo que violó el artículo 86 del Reglamento Interior del H Ayuntamiento de La Paz al alterar el procedimiento de análisis y discusión del asunto en cuestión; ya que el citado artículo establece que: “una vez agotada la ronda de expositores inscritos y antes de declarar agotada la discusión de algún asunto, propuesta o dictamen, el Presidente Municipal consultará al Cabildo si se considera lo suficientemente discutido. Si la respuesta fuere afirmativa se someterá a votación y si fuere negativa se procederá a formar una nueva lista de expositores hasta que el Cabildo considere agotada la discusión para pasarla a votación, regrese la propuesta, acuerdo o dictamen a la Comisión respectiva para que formule otro dictamen o desecharla definitivamente” (sic).
Debido a ello se desprende que Rubén Muñoz contravino el principio de legalidad, con lo que transgredió el artículo tercero de la Constitución del Estado de Baja California Sur. Y de un análisis más detallado se podría desprender una transgresión a lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Por otro lado, Quiroga exalta en su documento que existe un procedimiento legal que debe darse en varias dependencias e instancias legislativas y jurídicas de orden social y medioambiental para lograr un cambio de uso de suelo, lo que no implica que las autoridades y organismos competentes concedan tal cambio; procedimiento que como expliqué en los análisis previos, Muñoz Álvarez transgredió. Mediante su dictamen Quiroga Romero no cancela el proyecto Misión Punta Norte, pues nunca estuvo legalmente aprobado, simplemente está regresando al cause legal el asunto. Así que los desarrolladores inmobiliarios deberán replantearse su proceder y considerar actuar con apego a la ley y en absoluta cooperación y entendimiento con la sociedad paceña y sudcaliforniana; y de ello no depende que se autorice el cambio de uso de suelo que requieren, pues el predio en cuestión tiene una caracterización ambiental y de usos que no corresponde con la urbanización masiva.
Con esta acción Milena Quiroga intenta resolver uno de los actos ilícitos más notorios cometidos por su antecesor Rubén Gregorio Muñoz Álvarez. Ahora, falta ver si Milena Quiroga Romero y su administración van hasta el fondo del asunto y, además de regresar al cause legal el trámite de cambio de uso de suelo, accionan legalmente contra los implicados en la apócrifa autorización.
Roberto Galindo*
*Maestro en Ciencias con especialidad en Exploración y Geofísica Marina; maestro en Apreciación y Creación Literaria
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