El artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, de la Organización de las Naciones Unidas –cuyo brillante estudio se debe a Hans Kelsen en su libro El derecho de las Naciones Unidas–, a la letra dice: “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión…” (Javier Hervada y José María Zumaquero, Textos internacionales de derechos humanos). Con base en ese artículo de vigencia universal constituido hace varios años, el director de la organización Artículo 19, en su jurisdicción para los Estados Unidos Mexicanos y Centroamérica, Darío Ramírez, mantiene un monitoreo sobre el desempeño de esas libertades, no solamente a través de sus informes anuales, sino también de constantes pronunciamientos para velar por el trabajo de periodistas.