Confrontación ilegal planteada por Poder Judicial es tema de seguridad nacional

Confrontación ilegal planteada por Poder Judicial es tema de seguridad nacional

Nepotismo en el Poder Judicial. El 49% del personal tiene al menos un familiar en el Poder Judicial: Luisa María Alcalde Luján.
FOTO: CUARTOSCURO.COM

Lo que llamo virtud en la república es amor a la patria, es decir, el amor a la igualdad. Ella no es una virtud moral ni cristiana, es la virtud política. Y ésta es el resorte que hace mover la república.  (Bobbio: 2018, 131).

Desde la conformación del Estado nacional moderno (Acuerdos de Westfalia, 1648) que estableció sólidamente las bases de los Estados soberanos y marcó el inicio de un modelo de relaciones internacionales basado en este principio inalterable, basado en el derecho internacional, al Estado soberano le es consustancial una estructura jurídico-política de poder público, que abarcaba un territorio, una población, un poder aceptado y acatado en sus disposiciones por todos, y un poder sancionador de la ruptura de las normas de convivencia, que poseía el monopolio en el uso de la fuerza, consagrada en un pacto social. Se consideró también, la expresión máxima de la capacidad de organización y representación de los intereses generales de la sociedad, del conjunto de la Nación (la población asentada en un territorio, con una cultura, un idioma, unos valores y una historia aceptados mayoritariamente por todos los habitantes en ella, y una autoridad reconocida por todos, igualmente). Digamos que son elementos y principios teórico-históricos aceptados comúnmente por todos los estudiosos.

Una cuestión que merece mención especial es que dicha entidad históricamente superó la fragmentación de la autoridad y de los intereses sociales hasta antes predominante, y se constituyó como un poder unitario, el poder político se unificó a partir del Estado que expresó una fuerza social y política dominante que ejerció el poder a través de la construcción de un aparato de Estado, incluyendo la organización y el uso de la fuerza armada, cohesionado a partir de este poder y aparato y de los intereses sociales que predominaron, históricamente, del siglo XVIII en adelante, que eran los de quienes controlaban el sistema económico de propiedad privada, primero, aliados con la nobleza y los monarcas, y luego de hacer sus propias revoluciones, como clase social unificada también.

Cuando el Estado asumió distintas formas de organización política, es decir, de ejercicio del poder (“formas de gobierno” le llamaron los clásicos) se estructuró como monarquías o como repúblicas, democráticas, despóticas, oligárquicas, esclavistas, lo cual estaba consagrado en las constituciones políticas que regían en sus relaciones con la sociedad, es decir, en los pactos sociales. En cada caso, con variantes de peculiaridad histórica que mezclaban los componentes aludidos antes:  como la República esclavista romana, o la Monarquía constitucional y parlamentaria inglesa. En la región asiática, en Ciudades-Estado (aun no, Estados nacionales) existieron formas de ejercicio del poder llamados por los clásicos también, “monarquía despótica” o “despotismo oriental” dentro de sociedades en evolución hacia etapas de civilización más avanzadas, un poder absoluto ejercido con violencia sobre los gobernados, poder que se ejerce en favor de quien manda. Luego las repúblicas se conformaron como federales o centralistas, en el primer caso un pacto entre entidades agrupadas en un Estado mediante un pacto federal, y en otros mediante un Estado central y provincias sin soberanía propia.

En el caso europeo el llamado “proceso de formación de Estados nacionales”, avanza considerablemente luego de la firma de la Paz de Westfalia (1648-49), y a finales del siglo XVIII los Estados europeos, varios de ellos, convertidos en potencias coloniales, en América, Asia y África, han concluido su proceso de organizar un Estado moderno (con distintos atributos) e incluso, vuelven a entrar en guerras de predominio regional, económico y político, e incluso, por posesiones coloniales y las riquezas naturales que les acompañaban. Otras, como la joven república americana (Estados Unidos de América), antigua colonia británica, emerge como una de las tres potencias políticas mayores hacia finales del siglo XIX.

En México, durante dicho siglo y luego del periodo colonial, se luchó por cinco décadas para definir la estructura del nuevo poder independiente, monarquía o república, centralista o federada. La Constitución de 1917, luego de la “gran rebelión campesina y popular” contra la dictadura unipersonal de Porfirio Díaz, consagró una estructura republicana del Estado, con un pacto federal, y una forma de gobierno democrática, con un poder ejecutivo que superaba las potestades legales de los otros dos poderes, “presidencialista”. El régimen político (que no el sistema político establecido en la Constitución) ha sido un régimen presidencialista de poder concentrado, centralizado y excluyente, con un partido de Estado corporativo (formado por corporaciones de distinto tipo) que hizo del fraude electoral, de la corrupción y de la represión criminal cíclicamente, la forma de ejercicio del poder.

La dominación política sin hegemonía ideológica y cultural es poder coercitivo, fuerza y violencia social desde el gobierno, por lo cual el “poder revolucionario” se acompañó de reformismo social y económico que le dio solidez a la dominación política basada en la “ideología de la revolución mexicana”.

La propia seguridad para los mexicanos, se fincó también en el desarrollo de fuerzas armadas y coercitivas, militares y policiales, que cuidaban fundamentalmente el poder establecido para su preservación prolongada. Los servicios de información o secretos surgidos desde los años 30 del siglo pasado, en adelante, fueron esencialmente volcados a proveer información de las luchas políticas internas del Estado en desarrollo y sus conflictividades de gobierno, combatiendo a opositores.

Después de la segunda guerra mundial, en que surge y se desarrolla el concepto de “seguridad nacional” en el  contexto de la “guerra fría”, se acuña en México una doctrina apegada al anticomunismo radical proveniente de los gobiernos de Estados Unidos de América (EUA), en la cual surgió dentro del contexto latinoamericano, la “Doctrina de Seguridad Nacional”, basada en las teorías y doctrinas militares desde “la doctrina francesa anti subversiva” y de la “doctrina contrainsurgente” de las academias castrenses de EUA, particularmente, la creación de la CIA en 1947, influyó en la creación de la Dirección Federal de Seguridad (DFS) en México el mismo año, una agencia de inteligencia para la represión criminal de opositores internos al régimen.

A ello se llamó en aquél entonces una doctrina de seguridad nacional, configurada para destruir al “enemigo interno” que dio lugar a la “guerra sucia”, en un periodo que últimamente los especialistas definieron como propia del periodo de 1965-1990, según el informe de la Comisión de la Verdad instruida por el presidente AMLO (mediante decreto, del 6 de octubre de 2021), que contabilizó 46 masacres y 8 mil 354 víctimas de diversas violaciones graves a los derechos humanos. ¿En dónde estaban los privilegiados funcionarios del Poder Judicial y del Ministerio Público estatal y federal en esos 25 años? Fue el “tiempo del garrote y de la bala”.

Proceso político actual en México

Actualmente, México ha cursado por un proceso de transición a la democracia que concluyó con la llegada al poder de un candidato de la izquierda opositora, que planteó una alternancia programática llamada “Cuarta Transformación para la Cuarta República” (4T-4R). Este proceso nacional ha comportado un cambio político de gran envergadura en cuatro grandes espacios de la vida pública de nuestro país:

1.​Una recomposición del poder político al interior del Estado mexicano, marcado por un debilitamiento de la influencia determinante del poder económico en las decisiones de este poder público, sin que ello signifique la cancelación de la representación y promoción de los intereses del poder privado-económico.

2.​Una vulneración de la hegemonía ideológica y cultural hasta antes dominante conformada por los principios, teorías y doctrinas del “neoliberalismo” en su versión mexicana, plasmada en distintas instituciones, programas de gobierno, políticas públicas, cuerpos de ideas, valores y principios, símbolos e interpretaciones históricas, desde un combate ideológico cotidiano por el propio jefe del Estado mexicano, orientado a la sustitución de aquella ideología por una doctrina política llamada “humanismo mexicano”, que es una amalgama de plataformas ideológicas que tienen como eje el “progresismo político-social”, que incluye las relaciones internacionales del Estado y el gobierno nacional, y con un partido en el poder.

3.​Una transición hacia un régimen político alternativo al precedente, caracterizado por un ejercicio diferenciado del poder político en donde se ejecuta una relación cercana a las mayorías nacionales, con mediaciones e interlocuciones que desarrolla el partido Movimiento de Regeneración Nacional y sus distintos aliados, cuadros legislativos, de funcionarios públicos, de grupos sociales y políticos afines, de intelectuales orgánicos (pocos), etcétera, que gestionan las demandas populares y recogen los disensos, basados en tres máximas: “no mentir, no robar, no engañar al pueblo”, y con un proceso informativo permanente de las acciones y posiciones políticas, sociales, económicas y culturales desde la presidencia de la república.

4.​La estructuración de un nuevo modelo económico girando en torno a cinco soportes fundamentales: austeridad en el gasto público, recomposición de las empresas del Estado –especialmente las energéticas–, un conjunto de políticas y programas sociales y de revisión de los niveles salariales que han configurado una nueva política de ingresos para la población; una política de seguridad alimentaria y una política de bajo endeudamiento, inversión y promoción económica, para que todo ello oriente los impulsos al desarrollo teniendo como eje principal la expansión del mercado interno.

Lo anterior conforma así mismo, las fortalezas, los activos y los impulsos hacia una Cuarta República que refunde la actual y conlleve la propia refundación del Estado, con una nueva Constitución Política.

Ha generado severas contradicciones y tensiones, a pesar del triunfo más que contundente en el proceso electoral de junio de 2024: i) un severa contradicción al interior del proceso de transición hacia una nueva composición del poder político, una nueva forma de ejercicio del gobierno y la dominación, un nuevo modelo económico y una nueva institucionalidad publica y social, todo lo cual se ha desfasado de la estructura de poder económico-social, que está en poder de no más de 10 grandes conglomerados empresariales, nacionales y extranjeros, en distintos casos, articulados corporativamente, y que actúan en unos seis sectores económicos distintos (dato a 2020), a quienes pertenecen la proporción inmensa de las ventas de las 500 empresas más grandes que en México controlaron el 69 por ciento respecto al PIB (dato para 2022).

Además, el 1 por ciento de las empresas más grandes de México, concentran el 73 por ciento de las utilidades corporativas; en tanto, el 90 por ciento de las empresas asentadas en territorio nacional, obtiene sólo el 4 por cientode las utilidades, Y el 1 por ciento más grande de las empresas generan el 82 por ciento del valor agregado de la economía (Datos, Ríos, Viridiana, Cepal, No. 205).

Los 30 años de gobiernos “neoliberales” que prometieron un nuevo modelo de desarrollo incluyendo con apertura e integración externa, para un mayor desarrollo económico con distribución de la riqueza provocaron la más descomunal concentración y centralización de la riqueza en la historia de México, conformando un bloque social privado muy homogéneo con articulaciones de negocios muy estrechas. Es muy posible que este caso mexicano sea único en América Latina, lo cual le dio un inmenso poder de influencia política en el vértice del poder publico en México, en primer círculo presidencial.

Por ello, la apuesta del presidente AMLO de disociar “el poder político del poder económico”, ir a un nuevo modelo económico y a un nuevo régimen político, ha sido muy alta y arriesgada, de una voluntad política muy clara de operar una transformación importante en la vida política y socioeconómica del país, no obstante ofertar a esta súper élite económica, una eficiente gestión de la nueva versión de integración económica con EUA y Canadá, de la construcción de un modelo macro económico de estabilidad con ampliación del poder adquisitivo, así como de un modelo fiscal sin nuevos tributos impositivos, sólo cobrando los grandes adeudos anteriores acumulados, que han logrado ser cobrados en algunos casos, todos significativos. Pero falta mucho dinero por ingresar a la hacienda pública por estos conceptos.

No obstante, que las elecciones definieron lo fundamental del poder público y de la representación política nacional, en el tema de las “18 reformas constitucionales” hay reticencia para aceptar varias de ellas, especialmente la reforma al poder judicial, y están militando en contra de ello. Lo nuevo, es la impugnación también de dicha reforma por el embajador de EUA en México, del señor Ken Salazar, su alianza clara y sin tapujos con la derecha nacional, siguiendo una línea de sus jefes en EUA. Obviamente no le corresponde.

Pero el reacomodo provocado por el debilitamiento sin precedentes de la influencia del gran capital en la conducción política del país, ha redundado en un desfase entre el poder económico al nivel del poder político, en términos clásicos diríamos, que la base económica no corresponde puntualmente con el ejercicio del poder del Estado, y esto crea una contradicción mayúscula que tiene diversas expresiones, lo cual no sucedía apenas un sexenio político antes, porque justamente los 30 años de “neoliberalismo” no sólo impulsaron un crecimiento fabuloso de los negocios corporativos privados y la caída vertical del ingreso popular y los salarios reales, explosión de la pobreza, etcétera, sino, un ajuste en el “Estado y el gobierno de la revolución” para lograr la necesaria correspondencia –de acuerdo al enfoque estructural de las formaciones en donde predominan el capital y el mercado–del dominio del sistema económico con la gran influencia en el ejercicio del poder público, sin obviar el margen de autonomía, de maniobra propio de la alta burocracia encabezada por la presidencia de la república que tiene las riendas del aparato del Estado y el control de las instituciones fundamentales. Modificar dicha correspondencia y generar un nuevo equilibrio ha conformado un proceso que ya va siendo un cambio de envergadura en México.

En consecuencia asistimos así a un nuevo equilibrio general en la forma de ejercicio del poder y en el funcionamiento de las instituciones públicas, un equilibrio de fuerzas socio-económicas y políticas nacionales que debe solidificarse, porque la política salarial, la recuperación de las empresas energéticas, la seguridad alimentaria, los programas sociales y para el campo, otros apoyos sociales, la redistribución del ingreso vía el gasto público, los grandes proyectos de infraestructura, todo para fortalecer el mercado interno, ofrecen demanda solvente para infinidad de empresas medianas y pequeñas, y para varias grandes también, no afectan el dominio de la estructura económica que controla “el grupo de los 10” conglomerados empresariales más grandes del país, quienes poseen también una poderosa proyección globalizada. Así el nuevo equilibrio general del sistema (economía y poder político no correspondientes, que confirma el principio de la “autonomía relativa”) puede preservarse, y aun, fortalecerse, generado estabilidad de mediano plazo para México, si los intereses de ambas estructuras no se trastocan ni se contraponen. Si predomina la “cohabitación a la mexicana”.

La correspondencia histórica preexistente en la praxis de la política nacional, entre poder económico y poder político, para no fracturar la unidad en la dominación política e ideológica, se ha mantenido hoy aun fracturada por la necesidad de preservar el poder unitario del Estado, unidad del poder para la conservación a salvo de ambos macro intereses (económicos del gran capital, de los liderazgos políticos-ideológicos, y de la burocracia política como mediadora de las demandas populares), como el gran factor de cohesión social y para mantener la estabilidad necesaria en la conducción de la formación económico social mexicana. Resulta de mutua conveniencia.

La unidad que existió antes obra de la etapa “neoliberal” que inauguró la hegemonía del liberalismo social, se fracturó hoy desde la praxis transformadora de los líderes del poder político, y ello trastocó los equilibrios centrales de la vida pública nacional, aunque no ha ido en detrimento de los grandes intereses del sistema económico dominado por el gran capital transnacional. Este fracasó en su propósito de recuperar dicha gran influencia política e ideológica en el poder del Estado, patrocinando una alianza de partidos políticos en proceso de desaparición, muy cuestionados socialmente y desgastados, corruptos e inoperantes como alternativa de poder. Fue una apuesta equivocada y costosa.

Tendrán que ir por una nueva forma de organizar y promover sus poderosos intereses socio-económicos. Una vía es un pacto de desarrollo, que preserve sus grandes intereses y los del liderazgo político como representación del conglomerado nacional-popular. La otra vía, desastrosa, será la de la pulverización del nuevo equilibrio económico-político del sistema, mediante una disputa sin normas ni límites en las formas.

La praxis transformadora del poder político actual, alteró las condiciones de la lucha política en forma relevante en México. A pesar de muchas dificultades y resistencias, hoy existen mayores posibilidades que antes y desde la época de vigencia del cardenismo, para impulsar transformaciones relevantes. La preservación para sí del liderazgo político-partidista de la 4T-4R en la conducción política del Estado, de sus instituciones, con una amplia legitimidad popular, asegura la continuidad del programa político de cambio social, y tiende con ello a hacerlo irreversible. Esto inquieta sobremanera a la derecha ideológica-política y económica, poderosa por sí misma.

No es el modelo económico ni la forma de dominación que mejor les acomoda, se acostumbraron a tener, además de derecho de picaporte, una voz directa e influyente en las decisiones. Hoy el alud de votos, el consenso ampliamente mayoritario en las redes sociales, etc., para el programa transformador es el peor de sus escenarios posibles. Pero su gravitación económica es inmensa, descomunal. No puede tampoco menospreciarse.

El Estado y el gobierno electo constitucionalmente por los ciudadanos, deberá mantener su calidad de factor de cohesión, de unidad en la diversidad, de confrontación civilizada, normada y avanzar con cautela.

Sin embargo, el tema de la reforma al poder judicial, no obstante, su inmensa legitimidad social, y el perjuicio que un poder disfuncional causa a la enorme mayoría de los mexicanos -salvo para quienes pueden pagar prestigiados despachos de abogados y repartir canonjías en juzgados y tribunales- desde quienes rechazan tal reforma, ha merecido el apoyo del gran capital para quienes resisten.

Es un punto fuerte de conflicto, que dio alas al “partido judicial” (el bloque de jueces, magistrados y ministros que se oponen sistemáticamente al gobierno de la 4T-4R en todas las veces en que pueden manifestarlo) que domina el Poder Judicial de la Federación, para ir a un paro de labores absolutamente ilegal, que rompe el orden constitucional que dicho poder tiene como gran encomienda, preservar. Tremenda paradoja y una contradicción absoluta. Servidores públicos de alto nivel, jueces y magistrados, principalmente, que se niegan a prestar el servicio de impartición de justicia mandatado por la Constitución Política, que han jurado guardar y hacer guardar es un contrasentido total.

El paro laboral en el Poder Judicial, es tema de la seguridad nacional.

Para el historiador inglés Edward Palmer Thompson, existen dos modelos de revoluciones en la época contemporánea: la denominada como “cataclísmica” y la llamada “evolutiva” (Rojas: 7, 2021). El proceso transformador actual en México puede catalogarse como un “proceso evolutivo de cambios”, desde esta perspectiva. O bien, como “una revolución pasiva” en su vertiente del “transformismo” propio de los gobiernos latinoamericanos del curso del siglo XXI, afiliados al progresismo (Modonesi: 96, 2017). No es el caso discutirlo aquí. El proceso mexicano está en marcha y profundiza sus objetivos.

La constitución de un nuevo poder y régimen político a cargo de la fuerza social e ideológicamente dominante hoy en México, los líderes del movimiento de la 4T-4R y el partido político Movimiento de Regeneración Nacional, y todo el apoyo social que poseen, se propone conducir el tránsito hacia una formación social y una forma política del Estado que nos lleve a la integración de una nueva república, que implica la refundación del poder público, desde una perspectiva de democratización de las instituciones que lo integran, que son los tres poderes consagrados en la doctrina republicana del equilibrio de poderes. Por lo tanto, el proyecto de democratización del Estado incluye -no podía ser de otra manera- al poder judicial.

Esa es la racionalidad en principio del proyecto de reforma a dicho poder, y de que contenga como piedra angular, la votación directa, universal y secreta de los jueces, magistrados y ministros, lo cual naturalmente que comporta importantes problemas operativos, pero nada que no pueda ser solucionado. Se trata de una concordancia programática, en primer lugar, de una necesidad política y social del ejercicio de poder, y de satisfacer una ingente demanda popular. Desde la segunda causalidad indicada, en el ejercicio del poder, de la mejora de la gobernanza y de la superación de agudas problemáticas públicas, la reforma es condittio sine qua non para profundizar y lograr mejores resultados en contra la corrupción de Estado y la estrategia de la lucha contra el crimen transnacional organizado, así como la propia impartición de justicia, e instaurar a plenitud, la justicia restaurativa, consolidando internamente la conducción política de alto nivel y los liderazgos del movimiento, y reforzando también los márgenes de ejercicio de la soberanía nacional, así como devolver la seguridad perdida y la restauración del orden jurídico en el país.

Todo proyecto de democratización de las instituciones y poderes del Estado tiene en su centro de gravedad una fórmula sencilla: menos Estado y más sociedad organizada y activa, reforzada con las disposiciones concernientes al ejercicio de la democracia deliberativa y directa. Todo lo que sea ocupación de los espacios hoy dominados por el poder instituido y reconquistados por la sociedad (el pueblo) abona a la democratización para beneficio de la misma sociedad y en detrimento de la omnipresencia del Estado, lo que en general y sucintamente es un modelo diferente de articulación de las relaciones Estado-sociedad y con el proceso democrático. Todo lo cual supone una participación activa y directa en la conducción de los asuntos públicos, dejando de ser un observador o reclamante, en el mejor de los casos Es, por tanto, una pieza a integrarse dentro del programa del Estado de bienestar, en la versión posible dentro de las condiciones mexicanas.

Hablar de “venganzas”, “caprichos”, “ocurrencias” detrás de este proyecto solo implica ignorancia grotesca y simpleza en la visión política sobre el adversario. Por eso repiten mil veces los mismos argumentos, no ofrecen debates serios los opositores, es solo combate ideológico, no hay debates técnicos detallados y puntuales de sus objeciones. Simulan un debate que no están en condiciones políticas de dar. Por ejemplo, en la oposición (son tres partidos con tres bancadas parlamentarias en Cámara de Diputados y senadores) pudieron haber elaborado y presentado una iniciativa de ley alternativa, para ir a un debate detallado punto por punto, si de verdad como afirman, “están de acuerdo con una reforma al poder judicial, pero no con esta reforma”. Demagogia vil y siniestra para engañar.

México posee un déficit de justicia inmenso, ha circulado un dato: son más de 1.2 millones de expedientes rezagados, “muertos” en los archivos de jueces, magistrados y ministros. Esta deficiencia estructural favorece los gobiernos despóticos de concentración desmesurado de poder y de ejercicio de gobierno. Porque la limitación más importante que puede tener un gobierno de las mayorías para evitar los excesos, son la parte ética y jurídica, legal, pero sobre todo y especialmente, la justicia, porque ella marca límites al “derecho de mandar y de actuar” de los gobernantes. Un demócrata jamás apuesta al poder sin límites de nadie, no cree, no apoya este principio, ni del gobernante, ni del pueblo, ni de la oligarquía. A la democracia le es consustancial el acotamiento del poder.

Un poder democrático se pone límites a sí mismo. Este es el criterio democrático de la impartición de justicia, pero también debe autolimitarse el poder del impartidor mismo de la justicia. Si el principio de limitación recíproca falla, se rompe el equilibrio de los limites comunes a los poderes de la república, se vulnera un principio de igualdad entre pares. Tales límites tienen que ser constitucionales.

En México, la conducción actual del poder judicial trata de actuar como “el poder de los poderes de la república”. Rompe el principio de paridad y abre el espacio a un conflicto de orden constitucional, de disputa de potestades legales, de invasión de competencias y atribuciones con los otros dos poderes que integran el “gobierno mixto” (o “gobierno compartido” como se le llama también a una república de tres poderes en equilibrio) y que, en su posible agudización, en un nivel mayor de enfrenamiento, puede avanzar hacia una crisis de constitucionalidad, que la convierta en un tema de la seguridad nacional, en una grave amenaza para la estabilidad socio-política del Estado mexicano y de la nación.

En suma, una crisis constitucional entre poderes de la república y una crisis de seguridad interior por amenazas a la estabilidad socio-política, que es uno de los tres grandes tipos de amenazas a la seguridad nacional.

Explosividad del problema planteado por el PJF

El Estado es en sí mismo una fuerza político social organizada, cualquier tipo de rebelión política fuera de los marcos constitucionales es una declaración de guerra al gobierno a cargo del Estado, de igual manera lo son las rebeliones económicas interno-externas que desestabilizan la marcha normal de una economía de base nacional. Es también -hemos dicho antes- dentro de sus funciones sustantivas, un macro factor de cohesión del conjunto de intereses sociales que en la nación convergen e interactúan al seno de una formación social, incluso cuando ellos choquen, aplicando la normatividad legal-constitucional y secundaria al respecto.

Es también, preservante de los equilibrios sociales, políticos e ideológicos. Todo ello como obligación inesquivable de la fuerza social y política dominante al frente del poder del Estado, que controla el aparato del mismo Estado, y la fuerza armada profesional del mismo. Éste último conforma un poder unitario, aunque funciona en la realidad cotidiana en forma fragmentada, dado que puede estar ocupado parcialmente –al igual que los Estados de la República– por una fuerza política e ideológica distinta a la dominante, y que contienda contra ella.

Cuando los factores de cohesión y equilibrio, y el orden constitucional, se relegan para dar paso a una confrontación sin normas ni limites, ya sea entre organizaciones socio-políticas, o entre los propios poderes de la república, se rompe el orden jurídico y político y se abre una coyuntura de crisis del orden constitucional, que plantea una problemática de seguridad interior en la cual el jefe del Estado puede asumir facultades extraordinarias y tomar medidas de excepción para restablecer el Orden constitucional y el equilibrio entre los poderes de la república, invocando el articulado de la Carta Magna a que haya lugar. En el caso de México, el artículo 29, que otorga al jefe del Estado y comandante de las fuerzas federales, la facultad de establecer, incluso, el Estado de excepción limitado.

O bien, como en la crisis del llamado “culiacanazo”: cuandose tuvo que soltar, por órdenes del presidente de la República, al recién aprehendido Ovidio Guzmán López, uno de los líderes del Cártel de Sinaloa, para evitar una masacre, ante lo mal estructurado del operativo de captura, lo cual, en sentido estricto, violentaba la legalidad nacional, pero se invocó la “razón de Estado” como justificante y explicación de la conducta ilegal asumida, que precisamente postula la necesidad de adoptar medidas de excepción ante una situación excepcional, en la ruta de fortalecer al Estado, y no permitir su debilitamiento ante las consecuencias socio-políticas del evento extraordinario ocurrido. En tal tipo de decisión, no se piensa en nada más que los efectos sobre el Estado y el jefe de Estado debe actuar en consecuencia, conforme al análisis del surgimiento y desarrollo del concepto en Maquiavelo y Botero, enfocado a la manera clásica (Mendoza, Rubén, Filosofía UIS, Vol. 8, No. 2, 2009).

El conflicto planteado por el Poder Judicial de la Federación, se puede entender desde dos grandes apartados: a) la negativa a respetar y acatar las decisiones de un poder que tiene su propia soberanía e independencia funcional, como el Poder Legislativo, procesadas, gestionadas conforme a sus leyes en materia legislativa y el marco constitucional que le es inherente, para la aprobación de una reforma constitucional , así se trate de que ella atañe al propio Poder Judicial, y si todo ha sido procesado conforme al texto constitucional, constituye un acto de violación a sus facultades y un acto flagrante de invasión de sus potestades constitucionales; b) promover y apoyar, tolerar, o cualquier otro acto, directo o indirecto sobre “el paro ilegal” iniciado y establecido por los trabajadores de la administración del poder judicial, sin motivo, declaración y trámite alguno, no sólo violentan todo el orden laboral del país, por lo tanto constitucional, sino que se ubican en un estado de toma ilegal de las instalaciones del propio poder judicial, lo que está sancionado, ya no por las leyes laborales, sino incluso, por la legislación penal. Retienen de manera fáctica las instalaciones de una parte del Estado mexicano, y se hacen responsables de todos los acervos documentales que ellas contienen, de su integridad.

Este “paro ilegal” y posesión por asalto de las instalaciones físicas de un poder de la república, plantea un problema jurídico-penal de envergadura. Qué vergüenza ver a abogados titulados y en formación, apoyar un asalto anticonstitucional de esta naturaleza, pero, además, con una enorme manipulación informativa de por medio, porque no han podido demostrar que la iniciativa de ley para la reforma afecte las condiciones de su contratación individual de trabajo o sus prestaciones colectivas.

El colapso de la seguridad en países como México, en su causalidad estructural, se desarrolla ante la debilidad y escasa articulación de las instituciones del Estado, a la debilidad también de la vigencia del orden constitucional, a los factores constitutivos del ejercicio del poder político, del régimen político, la antidemocracia, la corrupción (incluidos los cuerpos de inteligencia y los armados), la inoperancia de ministerios públicos e impartidores de justicia (aparato de justicia), la gran porosidad en las fronteras, el intervencionismo extranjero. Todos ellos son factores de derivación directa al fenómeno criminal transnacional, y la falta de control y dominio territorial de la totalidad del suelo patrio.

En consecuencia, el tema de la seguridad colapsada o débilmente existente, está impregnada de la condición estructural del Estado débil, o aun más, del Estado fallido, de ser el caso, a los cuales, especialmente al primer tipo que asimilamos al caso mexicano, le es inherente la ausencia de una presencia robusta y de una funcionalidad real y eficiente del aparato de justicia. Si además este aparato ha sido penetrado, cooptado o en algunas regiones del país, controlado por el crimen transnacional organizado (como en el caso de segmentos de la policía o las instituciones militares que se ha informado, cursaron por tal situación) tendríamos una problemática de seguridad prácticamente irresoluble.

Los cuerpos armados, por más eficientes que lleguen a ser, no pueden solos con la inmensa tarea, necesitan la acción de todo el aparato del Estado, y en especial de la inteligencia y el aparato de justicia. Es la enorme relevancia que no captan o logran entender los detractores de la reforma judicial en curso. Es indispensable, con los otros macro factores institucionales enumerados, el concretarla y ponerla a funcionar sobre nuevas bases para el éxito de la erradicación de la corrupción y la criminalidad transnacional que devuelvan la seguridad y el orden jurídico.

La rebeldía del poder judicial acompañada de un paro ilegal de los empleados estatales y federales (sin derecho de huelga al estar incluidos en el apartado B del artículo 123 constitucional), y menos si son “empleados de confianza”, se constituye en un macro factor de desestabilización socio-política que está conceptualizado como amenaza a la seguridad interior.

La seguridad nacional y su correlato, la defensa del “interés nacional”, como iniciativa, organización y acción del Estado, surgió durante los años previos a la segunda guerra mundial, pero hubo un despegue impresionante durante los años de la Guerra Fría, que fue escenario de una contienda intensa, a veces violenta y criminal, de los más grandes servicios de inteligencia para la preservación de la seguridad nacional, la CIA y el KGB, para defender “el interés nacional” de los respectivos países, EUA y la URSS, por ello sus orígenes y desarrollo tiene un carácter esencialmente militar, de defensa ante posibles agresiones del exterior, y los actores para esta defensa eran los ejércitos profesionales de todos los países, quienes confrontaban los llamados “riesgos y amenazas externas”.

Gestionar la seguridad nacional es lograr una condición del Estado nacional que garantice a la nación, a todos los ciudadanos, comunidades, regiones, Estados y pueblos, etnias que la componen, el resguardo de su vida, su libertad, su orden social, sus instituciones, incluyendo la totalidad del territorio, para un desarrollo nacional integrado, ante las amenazas del exterior. Se consideró que un ejército ultra poderoso podía ser garantía de ello.

Después, la concepción y el concepto evolucionaron hasta separar de ello, los riesgos y amenazas provenientes del interior de las fronteras nacionales, comprendiendo a todos aquellos agentes y procesos que amenacen las instituciones del Estado desde su interior, y se desarrolló, la seguridad interior, cuya organización, medios e instrumentos legales, armados, políticos, etcétera, se destinaron a combatir a los “adversarios internos”, tanto los que actuaban desde la legalidad como los que actuaban desde la ilegalidad. Fue un instrumento jurídico-político para reprimir a los opositores, al “enemigo interno”. Fue la proclama máxima de las dictaduras miliares esgrimida como “Doctrina de Seguridad Nacional”, impulsada desde EUA, por ello, por esa nefasta historia, muchos líderes y jefes de Estado no la invocan o ni siquiera la aluden.

En nuestro caso, la Constitución explícitamente la consagra, aunque no de manera muy precisa y perfectamente diferenciada de la seguridad nacional como tal, y de la seguridad pública. Los cuerpos armados militares desarrollan el concepto con amplitud y precisión. En el gobierno actual fue marginada y se optó por atribuir toda la problemática criminal y de inseguridad, a la seguridad pública. Las políticas del gobierno giran en torno a ella. En la actualidad, dados los cambios relevantes en los escenarios globales y regionales, y en las problemáticas internas que se han desarrollado, el concepto comprende los temas de las catástrofes naturales, las insurrecciones sociales separatistas, la criminalidad transnacional, los temas del cambio climático, las guerras económicas, y otras.

Pero en la Agenda Nacional de Riesgos, basada en el artículo 89, fracción VI,  que se construye anualmente en la agencia de la inteligencia civil, y que consagra la facultad del titular del poder ejecutivo para “preservar la seguridad nacional” se localizan claramente los tres grupos de riesgos y amenazas que comprometen directamente la necesaria condición de seguridad interior del Estado mexicano, de sus instituciones y de la sociedad nacional: i) la inestabilidad socio-política; ii) la permanencia del Estado en el tiempo; y la integridad del mismo.

La Agenda

En la primera se integran los problemas socio-políticos diversos que desestabilizan las funciones de gobierno, es decir que atacan la gobernanza y la estabilidad de la convivencia armoniosa y pacífica, como el crimen organizado, las insurrecciones sociales y políticas de diverso tipo, los ataques a las instituciones del Estado o la República (incluyen las pandemias); ii) se refiere a fenómenos o procesos que pudieran hacer colapsar al Estado mismo y amenazas a su existencia como entidad nacional independiente y soberana; y iii) la integridad territorial, de sus fronteras internas e internacionales, de la totalidad de su territorio, de sus límites marítimos, sus aduanas, etcétera. Es decir, el concepto de la seguridad se ha expandido a diferentes espacios de la vida pública y del ámbito mundial durante el siglo XXI. Por ello se usó el concepto de “seguridad multidimensional”, y lo ha hechos de manera horizontal y vertical. Son distintas formas de seguridad, no conceptos encontrados de un mismo tema.

Adicionalmente, en la Ley de Seguridad Nacional vigente se establece en el artículo 5, numeral IV, que una de las amenazas a la misma es:

“Actos tendientes a quebrantar la unidad de las partes integrantes de la Federación, señaladas en el artículo 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”. (www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LSN.pdf ).

Este artículo 43 fue reformado en mayo de 2021, para señalar que la federación la integran la totalidad de los 32 Estados que conforman también la República mexicana. Es decir, el territorio de la República comprende a todos los Estados existentes en el territorio nacional.

La seguridad interior es la condición que proporciona el Estado mexicano que permite salvaguardar la permanencia y continuidad de sus órdenes de gobierno e instituciones, así como el desarrollo nacional mediante el mantenimiento del orden constitucional, el Estado de derecho y la gobernabilidad democrática en todo el territorio nacional, y la organización del Estado como República. Es una variante de la seguridad nacional. Esta última, es oro tipo de condición del Estado que atiende, confronta y gestiona para su desaparición los riesgos y las amenazas provenientes del exterior, del sistema regional o del sistema internacional de Estados.

No es lo mismo que la seguridad pública, la CPEUM ubica a ambas en articulados distintos: la seguridad pública, el artículo 21 esencialmente; la seguridad nacional, en elartículo 89 fracción VI, que comprende la seguridad interior y la defensa exterior de la federación. En cambio, la seguridad pública, entendido como un sistema institucional integrado por varias funciones, un todo correspondiente, para cuidar la integridad física y el patrimonio de las familias y las empresas, el orden público y la convivencia armónica sujeta a ordenamientos legales, cuya función deben proveer los tres niveles de gobierno, la federación, los Estados y los municipios o alcaldías, cada uno en la esfera de sus competencias define los términos de su acción legal, usando para ello a los cuerpos policiacos. La seguridad pública no es la policía. Es un sistema institucional integrado que comprende desde la administración de la jurisdicción, hasta el sistema penitenciario.

Tampoco la seguridad pública es lo mismo que la seguridad ciudadana, pero no hay espacio para explicar con precisión las diferencias.

Cuando tales seguridades, la nacional o la interior, han sido vulneradas o colapsadas, significa que el Estado no posee la condición necesaria para garantizar la ausencia de peligros, la seguridad de la sociedad o de la nación al interior de sus fronteras, o frente a las fuerzas económicas, políticas y militares del exterior. Estamos hablando sustantivamente de concepciones y conceptos de la ciencia política, aunque no solamente de ella. En todos los casos de las variantes de la seguridad, se trata de funciones y responsabilidades del Estado.

En torno a la reforma a la justicia en México se han venido agrupando un conjunto de fuerzas socio-políticas que confronta la voluntad del gobierno, como parte de una voluntad colectiva de carácter nacional: Ministros, magistrados y jueces, empleados del poder judicial, partidos políticos de derecha, colegios de abogados, escuelas de derecho de distintas partes de México, medios de comunicación, prensa escrita, gobiernos socios estratégicos de México, como EUA y Canadá, operadores de mercados financieros (de dinero y valores bursátiles), algunas ONG, comentaristas y analistas de derecha, y algunos más.

Todos con la  misma idea absurda: legitimar un paro ilegal de labores, legitimar una rebelión del poder judicial contra los dos poderes de la república, descalificar la iniciativa presentada por el gobierno del presiente AMLO, y sobre todo, rechazar la voluntad popular, soberana, expresada en las urnas el 2 de junio de 2024 que se pronunció claramente por dicha reforma porque se lo pidieron explícitamente los líderes de la 4T-4R, especialmente, el presidente AMLO y la presidenta electa Claudia Sheimbaum.

Ello ha puesto en máxima tensión las fuerzas en torno al tema. La estrategia del gobierno es clara: adelanta el curso de la aprobación de la iniciativa de ley, y el lunes 26 de agosto fue aprobada en la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, y el siguiente trámite es que pase al pleno para ser discutida y votada, lo cual será durante el mes de septiembre en que se haya instalado la próxima legislatura (a partir del 1 de septiembre), ya con la mayoría calificada de parte de Morenay sus aliados, previa aprobación de parte del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, última instancia procesal para validar constitucionalmente la distribución de las curules en la Cámara de Diputados y de Senadores, lo cual hizo ya el Instituto Nacional Electoral que calificó la elección.

Estamos ante una alianza transnacional de la derecha ideológica y política-social encabezada por la embajada de EUA en México. Pésima situación, toda vez que nos acerca a un conflicto diplomático con nuestros socios principales de América del Norte, aunque no hay que olvidar que la algidez de las declaraciones y acciones de los actores políticos estadounidenses está en relación directa con la coyuntura electoral en dicho país, con la elección presidencial, y es común que México ocupe un lugar destacado en las polémicas y contrastes políticos de ambos partidos.

Ken Salazar se reunió con los opositores a la reforma y le pidieron y otorgó su apoyo. Entonces, la formación de la alianza transnacional derechista es real, está actuando en la arena política cotidianamente. Es común que ello pase, a partir del criterio de los Estados débiles en nuestra región, todo mundo quiere intervenir, eso no hacen en EUA o Canadá, se abrogan un “derecho de intervención” a partir de la sociedad económica con ellos, que nos recuerda los peores momentos de la historia mexicana, la historia de los procónsules, del siglo XX, los que son embajadores, cónsules y se sienten gobernantes.

Hoy el liderazgo bicéfalo de la reacción que ha reunido una coalición transnacional de intereses para detener la reforma al poder judicial, está en manos de Norma Piña y de Ken Salazar, dado que es el único poder que no ha sido realmente tocado por la 4T-4R y que es indispensable reformar para ir adelante con otros cambios de envergadura, es necesario lograrlo para estar en posibilidades de acceder con certeza hacia una nueva cuarta república.

Esta fuerza reaccionaria conformada al vapor, está solicitando en Washington D.C., al acudir a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, una revisión, ante la eventualidad de que se violenten los derechos humanos. Ha intervenido ya también, de una manera lamentable haciendo declaraciones públicas, la Relatora de Derechos Humanos de la ONU, Margaret Sattertwaite.

A esta última le contestó la propia presidenta electa, rebatiendo punto por punto sus argumentos que lastimosamente solo repiten los la derecha retrógrada en México, y lo hizo al seno de la conferencia mañanera del presidente AMLO. Lo fundamental que le dijo la presidente electa, es que no lograba comprender la profundidad del proceso transformador de la 4T-4R, y que la mayor garantía de fortaleza del poder judicial, era que sus jueces, magistrados y ministros tengan la amplia legitimidad que les otorga ser electos por la soberanía popular. (www.prensaalternativa.com , 29 de agosto de 2024)

En esta lucha estamos por segunda ocasión, más de 30 millones de mexicanos, –herederos de otras luchas de gran significación nacional– para fundar una nueva república en donde la virtud política, el amor a la patria, a la igualdad, como la entendían Voltaire y Montesquieu, sea el valor dominante.

 

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