Por unanimidad, la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados aprobó una iniciativa de reforma a la Ley General de Salud para prohibir la venta y suministro de bebidas energéticas a menores de edad.
Con 20 votos a favor, la propuesta de los diputados Ricardo Monreal Ávila y José Luis Fernández Martínez (PVEM) fue avalada con modificaciones planteadas por legisladores del PAN y PRI. El dictamen pasará a la Mesa Directiva de San Lázaro para continuar su trámite legislativo.
Monreal explicó que la reforma responde al incremento en el consumo de bebidas energéticas, en ocasiones combinadas con alcohol y otras sustancias. De igual manera, señaló que su ingesta provoca trastornos y daños en la salud, por lo que consideró necesario establecer medidas de prevención.
El legislador llamó a no ceder a la presión de grupos de interés vinculados con fabricantes y comercializadores. Asimismo, pidió a los diputados respaldar la prohibición y sostuvo que la iniciativa busca proteger a infancias y adolescencias.
De acuerdo con el dictamen, estas bebidas contienen altas concentraciones de cafeína, taurina, glucuronolactona, guaraná, ginseng y azúcares añadidos, ingredientes que producen un efecto estimulante en el sistema nervioso y cardiovascular. Estudios señalan que, a temprana edad, su consumo puede generar insomnio, ansiedad, nerviosismo y dificultades de concentración, lo cual afecta el aprendizaje y el desarrollo cognitivo.
“En esta etapa de la vida, el cerebro se encuentra en constante formación, y los trastornos del sueño o el estrés causado por estas sustancias pueden tener un impacto significativo en habilidades como la memoria, la toma de decisiones y la estabilidad emocional. Además, el uso frecuente de estas bebidas puede llevar a la dependencia psicológica, creando una percepción errónea de que son necesarias para rendir académica o socialmente”, se expone en la iniciativa.
La reforma adiciona la fracción II Bis al artículo 215, incorpora el artículo 216 Ter y modifica el 419 de la Ley General de Salud. Establece sanciones de hasta dos mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), equivalentes a 226 mil 280 pesos, para quienes incumplan la prohibición.
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