Se publicarán dos nuevas normas emergentes en el Diario Oficial de la Federación (DOF) con el objetivo de fortalecer la regulación del transporte y la distribución del gas licuado de petróleo (gas LP), informó la titular de la Secretaría de Energía, Luz Elena González Escobar.
Durante la conferencia presidencial, la secretaria detalló que las nuevas normas complementarán la regulación actual de la Norma 007-SESH-2010, la cual regula las actividades de transporte y distribución de gas LP. La intención es diferenciar la actividad de transporte –que va desde las refinerías hacia las plantas o terminales de almacenamiento–, de la distribución, conocida como la “última milla”, es decir, aquella que va desde las terminales hasta las empresas o casas habitación.
Con estas medidas, dijo González, se fortalecerá el cumplimiento de los programas de mantenimiento de las unidades de transporte. De esta manera será obligatorio presentar ante la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA) la comprobación del cumplimiento de dichos programas mediante un dictamen técnico.
Y con el objetivo de incrementar la seguridad, se exigirá la acreditación de pruebas de seguridad. Ya no bastarán las inspecciones externas visuales, sino que será obligatorio presentar pruebas de presión hidrostática periódicas, lo que permitirá garantizar que los contenedores de transporte operen de manera segura.
Otro objetivo es la capacitación de los operadores en seguridad industrial, de manera que además de su formación en conducción, también cuenten con acreditación para la distribución de gas LP. Estas capacitaciones serán desarrolladas por la ASEA, la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), la Sener, con el aval del Consejo Nacional de Normalización y Certificación de Competencias Laborales (CONOCER), y se impartirán a través de la ASEA y los CECATIs, en convenio con la Secretaría de Educación Pública (SEP).
Como cuarto punto de reforzamiento, las unidades deberán contar con aditamentos que permitan regular la velocidad y con un GPS. Las normas son resultado del trabajo conjunto entre la Sener, la Comisión Nacional de Energía, la ASEA y la SICT, con el fin de reforzar la seguridad en el transporte y manejo de combustibles.
Ambas normas serán publicadas el 3 de octubre y serán obligatorias para todas las unidades de transporte y distribución de gas LP. Para la aplicación de la Norma 006-ASEA-2025 se contará con un plazo de cuatro meses, mientras que para la Norma 007-ASEA-2025, referente a la distribución, las unidades con capacidad mayor a cinco mil litros y antigüedad mayor a 10 años, contarán con cuatro meses para su cumplimiento y el resto con un periodo de seis meses.
Adicionalmente, se implementará un programa de inspecciones conjuntas entre SICT, la Comisión Nacional de Energía y la ASEA, quienes revisarán en las instalaciones de los regulados: las condiciones físicas mecánicas de las unidades, las condiciones de los elementos de seguridad de los contenedores, la vigencia de los permisos, la consistencia del registro en el padrón vehicular y las evidencias del cumplimiento en las obligaciones de las Normas aplicables.
“Con la emisión de estas dos nuevas Normas se transita hacia un esquema regulatorio, en el que las cuatro instituciones reconocemos que, tanto la velocidad como las condiciones de manejo y el estado de funcionamiento de las unidades del transporte y distribución de gas licuado, no solo son materia de tránsito, sino que también, de seguridad industrial y operativa”, subrayó la secretaria Luz Elena González.



















