La autorización otorgada en 2012 a Monsanto Comercial, SA de CV, para la siembra de soya genéticamente modificada sobre 253 mil 500 hectáreas del campo mexicano registra siete amparos.
Luego de 3 años de litigio, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación decidirá sobre los recursos de amparo en revisión 241/2015, 270/2015, 410/2015, 498/2015, 499/2015 y 500/2015.
Los instrumentos derivan de siete juicios de amparo iniciados en 2012 por comunidades indígenas, campesinas y organizaciones de apicultores para revocar el permiso concedido por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa) con el aval de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) en ese mismo año.
En entrevista, Jorge Fernández, abogado de la organización de promoción y defensa de derechos humanos Indignación, explica que la principal motivación de los amparos es que se considera que el permiso violenta el derecho a un medio ambiente sano; hace caso omiso al principio precautorio, y vulnera el derecho a una consulta libre, previa e informada: “Se debió haber efectuado la consulta que establece el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo. Representa una obligación reconocida en el Artículo 2 de la Constitución [Política de los Estados Unidos Mexicanos]. Las autoridades debieron haber consultado a las comunidades indígenas, fundamentalmente a las que van a ser afectadas por el permiso”.
Agrega que la consulta debió seguir protocolos, como dotar de información a las comunidades antes de la toma de decisión y hacerse a través de sus autoridades tradicionales, en su lengua y por una autoridad distinta a la que pretende llevar a cabo el proyecto.
“Se le pidió al juez que ordenara el alto a la siembra de soya [transgénica] hasta en tanto no se resuelva el juicio de amparo, como una medida precautoria provisional, al alegar que en caso de completarse la siembra estaríamos ante daños que podrían ser de imposible reparación”, explica a Contralínea Jorge Fernández.
En 2014, el Juzgado Segundo de Distrito del estado de Campeche otorgó una resolución favorable del amparo 753/2012 a las comunidades mayas de Pac-chen y Cancabchén, pertenecientes al municipio de Holpechén, en contra del permiso otorgado por Sagarpa y la Semarnat para la siembra de soya genéticamente modificada en dicha entidad.
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En su resolución, el juez Segundo de Distrito considera que se violó el derecho a la consulta libre, previa e informada; y que la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental, de la Semarnat, al momento de dar el aval para dicho permiso, violó el procedimiento establecido en su Reglamento Interior, pues hizo caso omiso de tres dictámenes vinculantes de la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (Conabio), la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp) y el entonces Instituto Nacional de Ecología (INE), que desaconsejaron la siembra de soya genéticamente modificada en los polígonos señalados.
Pese a que la demanda fue presentada únicamente por dos comunidades del municipio de Holpechén, el juez, al delimitar el alcance de la sentencia, determinó que los efectos de la misma aplicaban a todos los municipios afectados por el permiso, con lo cual el permiso quedó cancelado en todo el estado de Campeche.
En consecuencia, se obligó a la Sagarpa a garantizar que no se sembrará soya transgénica en el estado.
De reactivar dicho permiso en la entidad, la Secretaría debía cumplir con dos requisitos indispensables: un nuevo dictamen de impacto ambiental que considere las opiniones de la Conabio, la Conanp y el ahora Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático; y un proceso de consulta libre, previa e informada en todas las comunidades mayas asentadas en los municipios afectados por el permiso. Esto de conformidad con los más altos estándares de protección en materia de derechos humanos y derechos de los pueblos originarios.
No obstante, las sentencias fueron impugnadas por la Sagarpa, la Procuraduría General de la República y la multinacional de agroquímicos y biotecnología Monsanto, por lo que los casos serán resueltos en la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
De acuerdo con Fernández, la empresa y las dependencias de gobierno argumentaron, entre otras cosas, que no había riesgo y que el glifosato se utiliza siempre.
Aunque los amparos siguen en curso, no hay impedimento para la siembra de soya transgénica a escala comercial en ninguno de los siete estados que comprenden la poligonal autorizada.
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Tan sólo en Campeche, durante 2013 se han deforestado más de 38 mil hectáreas de selva para la siembra de soya transgénica, denuncia Leydi Pech, integrante del Colectivo Apícola Chenero en Hopelchén, Campeche.
En la última década, las autoridades mexicanas han otorgado a PHI México, Bayer y Monsanto, 48 permisos para la siembra piloto, experimental y a escala comercial de soya genéticamente modificada en el país.
El más grande de ellos, solicitado por Monsanto, se concedió en 2012. Se trata de 253 mil 500 hectáreas en Campeche, Chiapas, Quintana Roo, Yucatán, Tamaulipas, San Luis Potosí y Veracruz.
Para la realización de este trabajo se solicitó entrevista con la Sagarpa y la Semarnat, quea través de sus oficinas de Comunicación dijeron a este semanario que el vocero en el tema es la Comisión Intersecretarial de Bioseguridad de los Organismos Genéticamente Modificados; también se solicitó entrevista con Monsanto México, sin que al cierre de edición se obtuviera respuesta.
Glifosato, cancerígeno: Organización Mundial de la Salud
El 20 de marzo de 2015, un grupo de 17 expertos de 11 países de la Agencia Internacional para la Investigación sobre el Cáncer (IARC, por su sigla en inglés), de la Organización Mundial de la Salud, publicó en la revista científica The Lancet Oncology los resultados de la evaluación del potencial cancerígeno de cinco plaguicidas organofosforados y herbicidas: tetraclorvinfos, paratión, malatión, diazinón y glifosato.
Con base en estudios de exposición, en su mayoría agrícolas, en Estados Unidos, Canadá y Suecia, los cinco plaguicidas evaluados se clasificaron como probables y posibles carcinógenos para los seres humanos. El grupo de la Organización Mundial de la Salud encontró además suficientes evidencias de daños al ADN y daños cromosómicos en células humanas in vitro.
“Para el herbicida glifosato, hay pruebas convincentes de que puede causar cáncer en animales de laboratorio y hay pruebas limitadas de carcinogenicidad en humanos. También causó daño al ADN cromosómico y a las células humanas”.
Desarrollado y patentado por Monsanto en 1974, el glifosato es uno de los agrotóxicos con mayor volumen de producción y uso en el mundo, reconoce la OMS en su informe; de acuerdo con el Grupo ETC, este plaguicida se usa en el 85 por ciento de los cultivos transgénicos.
Elva Mendoza, @elva_mendoza
[BLOQUE: INVESTIGACIÓN] [SECCIÓN: CAMPO]
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