La comunidad michoacana de San Juan Huitzontla, ubicada en la zona sierra-costa del municipio de Chinicuila, gana amparo contra el otorgamiento de títulos de concesión minera por parte de la Secretaría de Economía (SE) a las empresas Las Encinas y ArcelorMittal México.
Según informó la defensa del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh), el pasado 21 de enero, el Juez Sexto de Distrito con sede en Uruapan Michoacán, concedió un amparo a la comunidad nahua contra el otorgamiento por parte de títulos de concesión miner, otorgados por la Secretaría de Economía, “por estimar que con ello se ignoró el derecho de la comunidad a ser consultada de manera libre, previa e informada”.
Según el informe México: Empresas y Derechos Humanos —elaborado por el Centro de Información sobre Empresas y Derechos Humanos— la concesión a Las Encinas, S.A. de C.V. fue otorgada por el gobierno federal en octubre de 2008, durante el gobierno de Felipe Calderón, bajo el título 232842, con una vigencia hasta 29 de octubre de 2058 y corresponde a los lotes I, II, III y IV en los municipios de Aquila, Coahuayana y Chinicuila.
“Durante varios años un grupo del crimen organizado estuvo explotando una mina de fierro a cielo abierto que contaminó uno de sus principales ríos, la coyuntura de operativos policiacos, la formación de la policía comunitaria y el enojo de la comunidad por la contaminación de su río incidieron en que la explotación cesara”, expone el documento.
Luego de más de tres años de iniciado el proceso legal, “la sentencia dictada dentro del juicio de amparo 590/2018 reconoció la violación a los derechos de la comunidad indígena y declaró la suspensión de los títulos de concesión minera a dos empresas hasta que la comunidad sea consultada.
Con esta sentencia la SE “debe abstenerse de impugnar la resolución obtenida por la comunidad de San Juan Huitzontla. De no hacerlo, vulneraría los derechos colectivos de protección a la tierra y al territorio indígena que está obligado a proteger”, expone el centro de derechos humanos.
En este contexto, la sentencia a favor de San Juan Huitzontla ha sido emitida cuando la SCJN se apresta a analizar, el próximo 2 de febrero, el Amparo en Revisión 134/2021, presentado por la comunidad indígena de Tecoltemi, en la Sierra Norte de Puebla, acompañada por Fundar – Centro de Investigación y Análisis y el Consejo Tiyat Tlali.
El recurso busca que el máximo Tribunal “no solamente cancele los títulos de concesión minera, sino que declare inconstitucional e inconvencional la Ley Minera por vulnerar los derechos a la tierra y el territorio de los pueblos indígenas. Dada la trascendencia de la decisión, el Centro Prodh presentó una Amicus Curiae ante la Corte que, a partir de la experiencia acumulada en la lucha de San Juan Huitzontla y de otros procesos que inspiraron nuestro “Manual Antiminero”, recalcamos el impacto negativo que genera la minería a gran escala para cientos de comunidades en nuestro país y argumentamos la incompatibilidad de la Ley Minera vigente con la Constitución y los tratados internacionales firmados y ratificados por México.
Si la SCJN no realiza un análisis profundo sobre la Ley Minera, se seguirá validando una legislación que permite concesionar sus tierras y territorios sin considerar la obligatoriedad de que se les consulte y se obtenga el consentimiento libre e informado. Esto en un contexto en el que la mayoría de las comunidades y pueblos indígenas en nuestro país no cuentan con condiciones materiales para sostener largos litigios contra poderosos intereses económicos”, expone el Centro Prodh.
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