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El martes 28 de febrero será publicado en la Gaceta oficial de la Ciudad de México el decreto por el cual se establece la exhibición obligatoria, en restaurantes y terrazas, de los menús con precios de los alimentos y bebidas.
El artículo 28 que reforma la Ley de Establecimientos Mercantiles entrará en vigor el 30 de marzo, y ésta obliga a los restauranteros a exhibir a la entrada de sus negocios la carta o menú “con medidas mínimas de 35 centímetros de ancho por 50 centímetros de largo, la descripción de precios de cada uno de los productos que ofrecen”. Asimismo, a informar del costo de cada producto y exhibir en un lugar visible los números de contacto de las autoridades.
De igual manera, informar sobre productos que generen un importe adicional y sobre las promociones que ofrecen; es obligatorio entregar a los clientes previo al pago, el comprobante o ticket de consumo. Los restauranteros también tienen el deber de realizar la aclaración y, en su caso, la rectificación de los montos cobrados, cuando sea solicitado por el cliente; así como “permitir la estadía de los clientes para consumir su pedido sin exigir un cobro mínimo”. A lo anterior se suma, la no discriminación en los establecimientos.
El incumplimiento de lo antes señalado será motivo de sanciones, que van desde una multa, la clausura o suspensión temporal de actividades hasta la revocación de los avisos y/o permisos.
El reglamento, de carácter obligatorio, se desarrolló en conjunto con la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) y la Cámara Nacional de la Industria Restaurantera y Alimentos Condimentados (Canirac).
De acuerdo con Ricardo Sheffield –titular de la Profeco– se llevarán a cabo visitas de verificación para corroborar que los establecimientos cumplan con el reglamento. En ese sentido, exhortó a los ciudadanos a denunciar el abuso en el cobro de establecimientos mercantiles de la Ciudad de México.
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