Operaciones de contrainteligencia neutralizarían un Golpe de Estado Blando en México. El esquema táctico para contenerlo va de acciones de seguridad militar y control de documentación e información, hasta la operación total de instalaciones estratégicas, revela el más reciente Manual de Inteligencia Aérea (MIA), elaborado por la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).
En el documento, del cual Contralínea posee copia, se observa que las Fuerzas Armadas Mexicanas cuentan con un plan especial de contrainteligencia para contener los Golpes de Estado Blando en sus distintas variantes: Golpe de Estado Técnico, Situación Extrema o Tiempo de Guerra en México. Este plan contempla 11 líneas de acción con las cuales se mantendría el orden y la seguridad para la población.
Las directrices, que sólo en caso extremo y de riesgo se pondrían en marcha, son: Operaciones de Seguridad Militar, Seguridad de Personal, Seguridad de la Documentación e Información, Seguridad Física y de Material, Planificación de la Seguridad Militar, Estudios de Seguridad, Inspección de Seguridad. Y en casos de guerra abierta declarada: Pruebas de Seguridad, Seguridad Civil, Seguridad de Aeropuertos-Fronteras y Censura.
El manual sostiene que para “impedir activamente los esfuerzos del enemigo en la realización de espionaje, sabotaje, subversión, guerrillas, insurgencia”, se deben poner en práctica, además, cinco actividades básicas.
La primera de ellas es el “Contraespionaje”, actividad de la contrainteligencia para descubrir y neutralizar el espionaje o atentado de espionaje producido contra las Fuerzas Armadas o la nación.
Enseguida cita el “Contrasabotaje”, mecanismo con el cual se preservaría la seguridad de las propias instalaciones, unidades, centros vitales, obras de arte, vías de comunicaciones, entre otras posiciones.
Una tercera actividad básica es la “Contrasubversión”, operación encaminada a descubrir, neutralizar y prevenir las actividades de carácter subversivo orientadas a debilitar las Fuerzas militares o al régimen establecido.
También considera la “Contrainsurgencia”, consistente en la aplicación de medidas militares, paramilitares, políticas, económicas, psicológicas y de acciones cívicas para derrocar una insurgencia o combatir un levantamiento contra un gobierno.
Finalmente, la “Contraguerrilla”, acción para obtener información referente al movimiento guerrillero, técnicas tácticas, para ser puestas a disposición de las fuerzas destinadas a combatirlas, indica el manual.
En el Manual de Inteligencia se recomienda la aplicación de medidas de protección para impedir o dificultar la acción de la inteligencia enemiga relacionada con el espionaje, sabotaje, subversión, guerrilla y propaganda. Esto para evitar sorpresas y proporcionar libertad de acción al comandante en el cumplimiento de su misión específica.
Cita como objetivo: proteger y prevenir el daño que sufriría la unidad por la entrega de información que voluntaria o involuntariamente pueda entregar el individuo, garantizando con ello que sólo aquellas personas autorizadas y con “necesidad de saber” tengan acceso a material e información clasificada.
El sistema de seguridad de personal está conformado por cuatro instrumentos.
La “Declaración de historial de personal” es un documento para identificar física e ideológicamente a un individuo.
La “Investigación de seguridad personal” se define como un proceso de estudio de análisis de antecedentes personales con el objeto de determinar los valores individuales.
Las “Investigaciones sumarias” son las indagatorias que tienen lugar cuando al interior de las Fuerzas Armadas haya faltas a la disciplina que vayan en perjuicio de la seguridad militar (como la indiscreción) con materias clasificadas, indiferencia o negligencia en puestos de guardias, dactilografía, comandantes de unidades o encuadrados, jefes de departamentos.
Además, el “Proceso de los trámites” se refiere a que cuando hay un delito que afecte la seguridad militar, el comandante debe comunicar a la autoridad judicial competente y a la autoridad de inteligencia correspondiente los detalles. Algunos de estos delitos pueden ser: espionaje, sabotaje, robo o hurto de material de guerra, robo o hurto de material clasificado, colaboración con el enemigo, entre otros.
Para contener los ataques, el documentó enumera un conjunto de medidas y procedimientos establecidos que tienden a evitar que tanto la documentación como la información sea revelada sin la autorización debida, o que pueda ser leída, escuchada, grabada o reproducida.
Así, en principio, el sistema de seguridad de documentos e información está conformado por varias actividades o métodos. Una de ellas es conocida como “Disciplina del secreto”, que comprende todas aquellas precauciones que es necesario tomar, a fin de asegurarse que la difusión se haga sólo a los organismos y unidades indispensables, que la información sea conocida únicamente por las personas imprescindibles.
La “Clasificación de la documentación” se refiere al nivel de confidencialidad asignado a la información “cuando las materias de la documentación son estructuradas frente a objetivos y finalidades que comprenden a las Fuerzas Armadas o al país”.
A partir de ese momento cualquier violación de su contenido ocasiona daño, en menor o mayor medida, a la institución o al Estado. Por tal razón, su clasificación toma su categoría en relación a los tipos de daños que provocarían la violación del contenido de los documentos.
En el mismo orden, se recomienda ejercer un control de las comunicaciones como medida de carácter técnico para impedir o reducir la acción de la inteligencia adversaria. Lo anterior, seguido de un procedimiento de control, uso, archivo e incineración de documentación. Todo con el propósito de impedir que la documentación pueda ser revelada sin la autorización debida o que pueda ser leída, grabada o reproducida por los adversarios.
La documentación doctrinaria sostiene que se debe prevenir, controlar y tratar de impedir, con medidas activas y pasivas, el acceso físico de personas no autorizadas o cualquier otra forma de penetración especial o técnica, que vulnere (ataque, dañe y burle) la integridad de un recinto militar, del personal, documentación, información, equipos y material de su dotación.
“También para prevenir y controlar el acceso a la unidad o repartición se emplean principalmente barreras, que son obstáculos activos y pasivos que se interponen entre un intruso potencial (enemigo) y lo que se desea proteger, con la misión de dificultar que este intruso vulnere los medios y elementos que están bajo custodia”, asienta.
Describe que las barreras y medidas de seguridad física y del material son, en primer término, las “barreras naturales”, constituidas por accidentes topográficos naturales ubicados dentro o fuera del recinto militar y que se aprovechan para retardar o hacer más difícil la entrada del intruso.
También distingue a las “barreras artificiales”, formadas por obstáculos construidos por el ser humano, específicamente para seguridad militar cuyo fin es evitar penetración. Por su parte, las “barreras humanas” revisten “la mayor importancia”, porque se activan por sí mismas; permiten el rendimiento de los otros tipos y aprovecha en forma coordinada la eficacia o ayuda de las otras barreras, para interponerse entre el intruso y lo que tiene por misión proteger.
Asimismo, el documento se refiere a las “barreras animales”. Son aquellas integradas fundamentalmente por perros adiestrados o con cualidades naturales que los hagan aptos. Están destinados a anunciar la presencia de intrusos e impedir el acceso de personas no autorizadas a determinados recintos.
Al mismo tiempo, las “barreras de energía” están constituidas por elementos artificiales activados por energía mecánica, eléctrica o electrónica que ayudan a la observación y vigilancia al personal que compone las “barreras humanas”, al mismo tiempo que indican precisamente áreas o lugares donde la penetración del adversario se está realizando.
En el mismo rango, se recomienda establecer medidas de control del personal y medidas de control de vehículos, ejercidas por personal del servicio de guardia, para comprobar que el conductor del vehículo como sus acompañantes, reúnan los requisitos para autorizar la entrada a instalaciones estratégicas.
El Manual de Inteligencia ubica esta etapa como “tiempo de guerra”. Y para mantener la seguridad civil, expresa que se deben abarcar todas las medidas especiales de seguridad y protección respecto a elementos civiles nacionales que residan temporal o permanentemente en un área bajo jurisdicción militar.
Entre otras no se recomiendan las operaciones en el área, mediante la supresión del peligro que significa la penetración o intromisión de agentes enemigos, dentro del elemento civil.
Para limitar y disminuir a los enemigos se instruye para hacer todas las maniobras posibles de “Registro civil”: incluye todas las medidas de control referentes al censo de la población civil, dentro del área asignada, incluyendo extranjeros neutrales y enemigos, con el objeto de evitar se mezclen agentes de espionaje o bien, descubrir cualquier intromisión enemiga en el área, añade.
En este campo se instruye para arbitrar las medidas necesarias para controlar la circulación dentro del área, con el fin de evitar o dificultar el libre tránsito y expedición de agentes enemigos y asegurar el normal desarrollo de operaciones.
Las medidas de control por aplicar van desde: toque de queda, vigilancia a individuos o grupos políticos sospechosos, distribución de pases y permisos, investigación de seguridad a obreros y operarios y control de horarios de trabajo.
Al mismo tiempo –para no generar crisis– proteger al personal civil y militar del área jurisdiccional. Esto, de acciones de agentes adversarios que puedan perjudicar el libre desempeño de sus actividades.
En forma paralela, establecer un control de “áreas restringidas”: una vez que el oficial de contrainteligencia de un determinado cuartel general ha establecido por medio del estudio de seguridad, cuales son las áreas prohibidas o restringidas dentro del recinto militar que le corresponda, deberá establecer los sistemas de control destinados a impedir al acceso a ellas de personas no autorizadas.
Con respecto de la contrapropaganda será necesario disponer de mecanismos de relaciones públicas para difundir material destinado a anular la propaganda enemiga (interna y externa).
En tanto, en caso de guerra abierta o declarada, recomienda la instalación de “centros de interrogación y detención”: Disponer de los medios necesarios a fin de activar los lugares destinados a detener e interrogar a aquellos individuos que sean de interés a los servicios de contrainteligencia, por razones operativas vigentes.
En situación extrema de guerra se controlarían todas las medidas, tanto militares como civiles, aplicadas a los aeropuertos de carácter internacional. Un programa de esta magnitud implica la cooperación entre la Fuerza Aérea, el Ejército, la Guardia Nacional, el servicio de aduanas, el Instituto Nacional Migración y el sistema sanitario, reconoce el documento.
Además, revisar y controlar cada uno de los desplazamientos militares: controlar y restringir los movimientos hacia o desde las áreas jurisdiccionales, a fin de evitar la suplantación o infiltración de agentes enemigos dentro de las fuerzas propias, indica.
En forma total, el control de seguridad de los residentes en áreas jurisdiccionales: disponer las medidas necesarias para dificultar o evitar la acción de agentes enemigos entre los residentes de la zona jurisdiccional, dice.
En forma coordinada, poner en acción patrullas de costa y fronteras terrestres: disponer los procedimientos que deben seguir las patrullas de costa y fronteras terrestres, con la intención de canalizar los puntos de entrada y salida para evitar la penetración de agentes enemigos.
Y, controlar a la tripulación de áreas civiles: dictar las normas, con el propósito de neutralizar las actividades de espionaje, abastecimientos de guerrillas que se efectué por medio de tripulaciones aéreas civiles.
El Manual de Inteligencia identifica y diferencia la censura en tiempos de paz y en etapas críticas o “tiempos de guerra”. Así, en etapas críticas, la censura, abarca el control y examen de las comunicaciones con un doble propósito:
Evitar la transmisión de información que sea de interés y ayuda al enemigo. Además, reunir y propagar información valiosa a nuestro propio servicio de inteligencia que ayude al esfuerzo bélico, indica.
El término “comunicaciones” incluye todo tipo de material postal, sin importar la clase, medios de comunicación o cualquier otra forma tangible de comunicación, mediante los cuales pueda ser transmitida la información desde un área donde se lleve a cabo la censura, sostiene.
La censura, en su concepto más amplio, abarca una serie de medidas aplicables en todo tiempo. En tiempos de paz, la censura se traduce en medidas de seguridad que implican más bien, una auto-censura de las informaciones que el país estima de carácter clasificado.
En “tiempo de guerra”, la censura se traduce en medidas de seguridad mucho más drásticas, orientadas a impedir la filtración de informaciones tanto de carácter militar como civil.
La “censura nacional” consiste en la inspección de las comunicaciones que entran y salen del país o transitan por su territorio, fronteras o posesiones.
Por su parte “censura militar o de las Fuerzas Armadas”. Se lleva a cabo en emergencia o “tiempo de guerra”, consiste en el examen y control de las correspondencias y de las comunicaciones, tanto personales como del servicio, de todos los miembros de las Fuerzas Armadas para evitar que la información militar clasificada llegue a conocimiento de personas ajenas no autorizadas.
En una situación extrema, la censura, durante la emergencia o tiempo de guerra, actúa en los órganos de difusión tales como prensa, radio y televisión, a fin de evitar la divulgación de información que ayude al enemigo.
Se debe dar instrucciones precisas al respecto, indicando el material que no debe ser publicado, previniendo la aplicación de medidas drásticas en los casos de no cumplimiento de estas instrucciones.
Y para completar el control estratégico, el Manual de Inteligencia plantea la “censura civil” que se enfoca en la inspección de las comunicaciones civiles que entran, salen o circulan dentro de un territorio ocupado o controlado por la jurisdicción militar.
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