La abogada observa que en esta lucha contra la violencia feminicida y el abuso sexual también hacen falta medidas precautorias en los espacios fundamentales donde se desarrolla a diario la vida de las mujeres. También considera la tipificación del delito de feminicidio, los protocolos y la creación de fiscalías especializadas tienen sólo como resultado el mejoramiento del acceso a la justicia, pero para la prevención del delito “es necesario atender la violencia familiar y las órdenes de aprensión”.
Ello, porque las muertes violentas de mujeres, adolescentes y niñas se siguen clasificando e investigando como homicidios y suicidios y no como feminicidios. En enero de 2023, de las 230 muertes intencionales y 396 homicidios culposos registrados, sólo 68 casos se categorizaron como feminicidio. Lo mismo ocurrió en el periodo 2015-2022, cuando de las 27 mil 133 muertes violentas de mujeres que se contabilizaron en todo el país, solo el 25 por ciento –6 mil 689 casos– fueron clasificados como feminicidios, de acuerdo con datos concentrados por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP).
De las 27 mil muertes, 21 mil 229 fueron contra mujeres de 18 y más años; 2 mil 166 de los crímenes perpetrados fueron contra niñas y adolescentes de entre 0 y 17 años. Otras 3 mil 738 mujeres fueron víctimas de feminicidio y de homicidio intencional, sin embargo, no hay información sobre la edad en la que fallecieron.
Al respecto, la abogada Pérez Garrido –también directora ejecutiva de Justicia Pro Persona, AC– indica que en el país hay entidades que tienen como política la “resistencia a reconocer y atender de manera correcta, adecuada y específica” las muertes violentas de mujeres. “En las entidades federativas hay un promedio de acreditación del tipo penal de feminicidio de un 25 por ciento, es decir, solamente una cuarta parte del total de asesinatos de mujeres es considerado feminicidio”.
La asesora jurídica del OCNF señala que es necesario que en las instancias de procuración de justicia se brinde una atención integral y oportuna, que derive en un verdadero acceso a la justicia para las mujeres que han sido víctimas de violencia y tentativa de feminicidio. Por ejemplo, indica que los miles de casos de violencia familiar “resultan en procedimiento, en salidas alternas y en conciliación. Son pocos los casos que llegan a acceder a una condena por violencia familiar derivando en la privación de la libertad”.
Asimismo, considera que hacen falta también, áreas especializadas para canalizar a las víctimas según sea el motivo de su denuncia y el grado de violencia en el que se encuentran; así como la creación de albergues dignos. “Las mujeres no tienen esta garantía de saber a dónde acudir para llevar a cabo la realización de sus derechos”.
De acuerdo con los datos del SESNSP, Oaxaca es la entidad con más feminicidios a nivel nacional. Le siguen el Estado de México, Veracruz y Ciudad de México. Tan sólo en los primeros días de este marzo, tres mujeres han sido privadas de la vida en Oaxaca: dos cuerpos fueron encontrados el sábado 4 en la comunidad de Piedra Ancha Jamiltepec; y el tercero se localizó el lunes 6, en Santa María Atzompa.
En el caso de Guanajuato, esa entidad sólo tipificó como feminicidios 21 casos de un total de 400 asesinatos de mujeres. Por esa razón no figura como una de las entidades con mayor número de feminicidios. Sin embargo, sí es el número uno en crímenes perpetrados contra mujeres que incluyen asesinatos dolosos y feminicidios. Actualmente, supera las cifras del Estado de México, que se destacaba, por posicionarse, históricamente, en primer lugar en el asesinato de mujeres. En el mismo contexto se encuentran Guerrero y Colima, explica la jurista Pérez Garrido.
Considera que tipificar feminicidios como muertes violentas revela un estado de impunidad. Paralelamente, refleja el grave contexto de violencia que atraviesa el país, el descrédito que post mortem sufren las víctimas de violencia feminicida; así como la ausencia de perspectiva de género y de derechos humanos. En muchas de las ocasiones, también visibiliza la revictimización que ejerce el poder judicial, así como la negligencia, la falta de competencia y capacitación del personal forense, de investigación y del Ministerio Público.
Como ejemplo está el reciente feminicidio de la joven Ariadna Fernanda, el pasado 31 de octubre de 2022: tras su autopsia, los peritos de la Fiscalía General del Estado de Morelos y su titular, Uriel Carmona Gándara, declararon que su deceso fue por una broncoaspiración producto del consumo excesivo de bebidas alcohólicas. Sin embargo, esto fue desmentido por el peritaje realizado posteriormente por las autoridades de la Ciudad de México. Asimismo, el pasado 16 de enero, la Fiscalía General de la República (FGR) confirmó que la joven falleció por “un traumatismo craneoencefálico, trauma torácico y trauma múltiple”, es decir por homicidio.
Esa no fue la primera vez que las propias autoridades ocultaron el crimen. Eso ocurrió con la joven Lesvy Berlín Rivera Osorio, cuyo cuerpo fue hallado en Ciudad Universitaria el 3 de mayo de 2017. Tras la autopsia, la Fiscalía capitalina determinó que la entonces estudiante se había suicidado frente a su novio. Posteriormente, el caso fue reclasificado como feminicidio.
Ninguna mujer está exenta de ser víctima de feminicidio, abuso y hostigamiento sexual: estos delitos ocurren en todos los estratos sociales y en todo tipo de comunidades urbanas y rurales. El Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública reveló que del 25 de diciembre de 2022 al 25 de enero de 2023, se registraron 24 mil 668 llamadas de emergencia relacionadas con incidentes de violencia contra la mujer. En tanto, las que tienen que ver con el abuso sexual fueron 543; acoso u hostigamiento sexual, 815; y violación, 276. Dicho reporte proviene de los 194 centros de atención de llamadas de emergencia que operan a nivel nacional y que son remitidos mensualmente al CNI por los Centros de Comando, Control, Cómputo y Comunicaciones de las 32 entidades federativas.
En el país, la incidencia de asesinatos de mujeres por razones de género, es mayor cuando se trata de la pareja de las víctimas. En tanto que el delito de violencia sexual se focaliza en niñas y mujeres con discapacidad. De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, los principales agresores suelen ser los tíos, los primos y un no familiar (vecino o persona no sanguínea cercana). Entre las situaciones de violencia que más han permitido las mujeres cuando eran menores de edad fue el tocamiento de partes íntimas, –propias o de otra persona–; intento de violación, la imposición a mirar escenas, actos sexuales o pornográficos (fotos, revistas, videos, películas) y realizar actos sexuales a cambio de dinero o regalos.
De acuerdo con el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, América Latina y el Caribe es la región con la tasa más alta del mundo en edad de inicio de la actividad sexual en las niñas. Más del 22 por ciento han tenido su primera relación sexual antes de cumplir los 15 años. En algunos países, la tasa alcanza un 25 por ciento.
Para la abogada Ana Yeli Pérez Garrido, asesora jurídica del OCNF, se necesita saber “¿qué se está haciendo con los recursos del Estado?, y ¿cómo se están invirtiendo los recursos humanos y económicos para atender la problemática de la violencia?” Ello, porque el presupuesto para el combate contra los feminicidios y la violencia suele destinarse “al tema de la política hacia agresores”, critica la experta.
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