Después de haber mantenido congelados varios meses dos casos del adeudo fiscal de Grupo Elektra, la presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Norma Piña, aceptó tramitar uno de los recursos de revisión contra el Servicio de Administración Tributaria (SAT): el del expediente 5654/2024, cuyo importe es de 1 mil 431 millones 466 mil 606 pesos. Esto es que dejó pendiente de acordar el expediente 6321/2024, por 33 mil 306 millones 476 mil 349 pesos.
Por la importancia del monto, este último es el asunto más relevante para la hacienda pública, pero la Presidencia de la Corte no se pronunció sobre éste. Es decir que la ministra Piña continuaría violentando el artículo 91 de la Ley de Amparo, que señala: “el presidente del órgano jurisdiccional, según corresponda, dentro de los tres siguientes días a su recepción calificará la procedencia del recurso y lo admitirá o desechará”.
Como se recordará, por instrucción del presidente Andrés Manuel López Obrador, el pasado 21 de agosto de 2024, la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal envió un oficio a la presidenta de la SCJN para advertir de la falta en ambos casos, toda vez que no se les había dado trámite, y con ello se prolonga aún más el tiempo de la deuda, pues los casos datan de los sexenios de Felipe Calderón y Peña Nieto.
La mañana de este 23 de agosto se publicó en la lista de acuerdos de la SCJN la admisión del recurso de revisión del expediente 5654/2024. En el acuerdo se menciona, “con fundamento en los artículos 81, párrafo primero, y 86, párrafo primero, del Reglamento Interior de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, […] túrnese el expediente para su estudio, a la ministra Yasmín Esquivel Mossa, integrante de la Segunda Sala, y radíquese en ésta, en virtud de que el acto reclamado en este juicio de amparo, trasciende a la materia de su especialidad”.
El caso que se tramitó corresponde al amparo directo en revisión 5654/2024, y se deriva de un crédito fiscal de 1 mil 431 millones 466 mil 606 pesos, que data de 2008. El tribunal que conoció del asunto fue el Décimo Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito (AD 474/2023), que negó el amparo a Grupo Elektra con base en precedentes de la Corte. Es decir, resolvió a favor del SAT.
Este recurso de revisión ingresó a la SCJN el 9 de julio de 2024; la admisión la autorizó directamente la ministra Norma Piña, el 22 de agosto, y se notificó por lista este 23 de agosto de 2024.
No obstante, en el amparo directo en revisión 6321/2024 –que data de 2013 e implica un crédito fiscal por 33 mil 306 millones 476 mil 349 pesos–, el tribunal que conoció del asunto fue el Vigésimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito (amparo directo 98/2021), y al negar el amparo a la quejosa dio la razón al SAT para el cobro del adeudo.
Sin embargo, Grupo Elektra presentó un recurso de revisión ante la Suprema Corte, que ingresó el 14 de agosto de 2024 y permanece en la congeladora.
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