México está considerado como un país de tránsito y destino de mercancía apócrifa. Asimismo, se le identifica como uno de los países con más sitios en línea para descarga de contenido pirata y el segundo con mayor número de descargas de películas piratas a nivel mundial
Tan sólo en 2021, el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) –a través de su Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual– realizó 2 mil 80 visitas de inspección [procedimientos de declaración administrativa] a petición de parte y de oficio relacionadas con la estrategia de combate a la piratería.
Derivado de ello, “se aseguraron 3 millones 460 mil 509 productos (en su mayoría, productos de belleza, contenedores y/o envases, prendas de vestir, calzado o accesorios y juguetes), con un valor aproximado de 47 millones 504 mil 372 pesos”, refiere el Informe de autoevaluación enero-diciembre de 2021, de la Junta de Gobierno del IMPI.
Agrega que de éstos, se determinó destruir 1 millón 877 mil 402 productos –en 55 procedimientos–, considerados “mercancía no segura para consumo, elaborados con materiales tóxicos, los cuales representaban un riesgo para la salud”. Adicionalmente, a lo largo del año pasado el Instituto también impuso 171 multas por oposición y por resolución, con valor aproximado de 43 millones 47 mil 539 pesos, vinculadas a productos falsos.
Después de Australia, Alemania, Suecia, Brasil e India, desde 2020 México también se posicionó como uno de los países con un aumento significativo en la frecuencia de descargas piratas por internet.
Al respecto, el Informe indica que “para proteger los derechos de propiedad intelectual, promover la competencia y prevenir la piratería, el IMPI trabaja de manera conjunta mediante convenios de colaboración firmados con diversas asociaciones para combatir la piratería de software, el uso ilegal de fonogramas y su descarga de internet, la reprografía ilícita, la ejecución pública de obras musicales, el respeto a los derechos de autor en las artes escénicas y también por los derechos de propiedad intelectual de artistas e intérpretes. Sin embargo, debido a la emergencia sanitaria causada por la Covid-19, las visitas de inspección de oficio se han tenido que reducir”.
Internet ha sido un medio de distribución para todas las industrias y es notorio que la tolerancia y la permisividad hacia el comercio tradicional de productos apócrifos se están trasladando al ámbito digital, advierten organismos y expertos.
El papel de México en el comercio de productos piratas ha sido de tal calado que, con la firma del Tratado de Libre Comercio, se crearon unidades antipiratería al interior de la entonces Procuraduría General de la República, la Comisión Federal de Protección de Riesgos Sanitarias, las procuradurías y fiscalías locales, el IMPI, el Indautor, entre otras.
En el caso de la PGR, en su último reporte de “Acciones operativas contra la piratería” señalaba que de 2012 –último año del gobierno de Felipe Calderón– a 2019 –periodo que abarca el sexenio de Enrique Peña Nieto y el primer año del gobierno de Andrés Manuel López Obrador– se obtuvieron 375 órdenes de cateo y 3 mil 365 locales fueron cateados.
En esos 8 años, se reportaron 436 operativos en vía pública; 313 inspecciones en aduana; 33 millones 293 mil 880 objetos asegurados; 138 laboratorios desmantelados; 16 fábricas desmanteladas; 339 personas detenidas en flagrancia. Además, se aseguraron 13 vehículos, 630 mil 601 pesos, 80 inmuebles y 766 locales en todo el país.
Actualmente, ante el auge de los mercados piratas del continente asiático, un gran porcentaje se importa a México de Hong Kong, China, Vietnam, India, entre otros.
El creciente uso de internet como medio de distribución de piratería para las industrias corre por dos vías: la venta de productos ilegales físicos por medio de redes sociales, páginas web o plataformas de comercio electrónico, y distribución de material digital, fonogramas, videogramas o videojuegos, protegidos por derechos de autor.
En el mercado digital, a través de aplicaciones, plataformas y páginas de internet ajenas a las propias marcas, suelen comercializarse productos piratas, contraseñas de acceso a sitios de paga, así como reproducción de contenido sin autorización como música, audio y video.
La evolución del streaming es ahora una de las principales fuentes de consumo de piratería. Bajo este esquema, sitios de internet para descargas o cyberlockers, una serie de links o hiperlinking que seccionaban el contenido, han sido superados por el streaming ilícito.
Otro aspecto es la monetización de diversas formas de consumo de piratería digital, así como de la existencia o no de un móvil de lucro de personas que los ponen a disponibilidad.
El uso de contenido, como videos, que bajo la fachada de ser tutoriales o blogs de opinión, en realidad contribuyen a la piratería pues utilizan un alto porcentaje del material de alguna obra sobre la que no tienen los derechos.
Un ejemplo serían videos de supuesta crítica de películas pero que ponen a disponibilidad hasta un 80 por ciento de la obra vía streaming en su canal.
Es clave notar que mucho del contenido ilegal que se consume vía streaming es considerado gratuito por los usuarios cuando difícilmente lo es. Por su parte, los propios piratas que lo ponen a disponibilidad tienen incentivos para mantener esa percepción errónea.
La Oficina de Comercio Exterior de Estados Unidos (USTR, en inglés), refiere ejemplos de mercados tanto físicos como en línea que tienen reportes de participar, omitir o beneficiarse de manera sustancial de la violación de derechos de autor a través de la piratería y falsificación de marcas comerciales.
Clasifica, con base en reportes en materia de propiedad intelectual de cada país, en dos listas: la Priority Watch y la Watch List. México pertenece desde hace unos años a la Watch List al ser considerado como uno de los países con más sitios en línea para descarga de contenido pirata, así como el segundo con el mayor número de descargas de películas piratas a nivel mundial.
La piratería Over-The-Top (OTT) o de televisión por internet (IPTV) se deriva de la evolución de los hábitos de televidentes y su migración hacia plataformas on demand.
Esta ocurre cuando los usuarios acceden a contenido protegido (en tiempo real o desfasado) sin suscribirse a un servicio de cable o satelital a través de hardware (decodificadores lícitos o ilícitos) y/o software (apps) especializados.
Convive tanto la venta de los dispositivos físicos ilícitos como la prevalencia de apps gratuitas o de pago que vinculan a los usuarios a toda una librería de contenidos que infringen derechos de autor.
En México hay mucha comercialización y promoción pirata en el entorno digital, por lo cual cambió la ley, para tener mayor facilidad legal y poder actuar en esta nueva realidad, sostuvo Ernesto Rendón Algara, director del Instituto Mexicano de Protección Industrial. “Veníamos colaborando en el combate a la piratería, en especial con Estados Unidos, Interpol y organismos internacionales de aduanas. Sin embargo, la pandemia nos frenó la cooperación directa”, señaló durante su participación en un foro virtual organizado por el Wilson Center.
Por tanto, dijo que ahora el IMPI se enfoca en reactivar la capacitación y colaboración con otros países, para detener la importación de productos piratas, en coordinación con aduanas y la FGR, y evitar que se introduzcan al mercado.
Indicó que actualmente, el IMPI ha reactivado procedimientos de cooperación y capacitación en la falsificación y similitud en grado de proporción de productos, para sancionarlos con un margen más alto.
La colaboración principal es con las autoridades aduaneras, intercambio de información más fuerte, sobre todo con países centroamericanos, en términos de capacitación, y capacitación digital, apuntó Rendón Algara.
Dijo que en materia de patentes el IMPI trabaja desde hace muchos años con la libertad que tienen los países de determinar si se otorgan o niegan las patentes, “compartiendo información de expedientes, pero sin llegar a otorgarlo, por la soberanía de cada país”.
Indicó que ahora en el entorno de la propiedad industrial se tiene mejor conocimiento de qué es y qué no se debe de hacer. “Antes la piratería era una conducta socialmente aceptada, pero hoy se tiene consciencia del daño que puede ocasionar en empleo.
“Ya la gente está más enterada en lo que implica. Pérdida de empleos, el daño que puede hacer un software ilegal, en México se tiene una mayor responsabilidad en cuanto a lo que implica la falsificación”.
En el entramado de la piratería se distinguen actores privados –titulares de derechos, infractores, delincuentes, o consumidores–; y actores públicos de tipo administrativo, penal, judicial, fiscal y policial, explica Manuel Vélez Salas, investigador del Observatorio Nacional Ciudadano.
Para el coautor del estudio Piratería en México, diagnóstico de la oferta y de las acciones gubernamentales, cada institución enlista funciones, estructura, tamaños y obstáculos que enfrentan para brindar respuestas institucionales coordinadas y eficientes para el combate a la piratería.
“Si bien el proceso legal contra la piratería contempla un rápido aseguramiento de mercancía, las instancias posteriores son lentas y admiten apelaciones e impugnaciones constantes, convirtiendo el litigio en una carrera de resistencia”, indica en entrevista.
Por otra parte, explica que los procedimientos en el sistema de justicia penal adversarial contemplan salidas alternativas que permiten a las partes establecer acuerdos reparatorios cuando exista algún daño patrimonial derivado de piratería.
Sin embargo, aclara que autoridades, tenedores de derechos y abogados, encuentran en la práctica dificultades durante la etapa de investigación, ejecución de operativos en vía pública o cateo de bienes inmuebles, durante las cuales enfrentan resistencia violenta.
Otros esquemas que ilustran el procedimiento por infracción de marca ante el IMPI, describen el proceso en toda su extensión, pero destaca que un caso de falsificación de marca no necesariamente llegará a convertirse en un litigio de esta complejidad.
Los procedimientos penales en materia de delitos de propiedad intelectual difieren en función de si se trata de derechos de autor o de marcas. Lo que se busca a través de la vía penal consiste en identificar indicios que conduzcan a sancionar a presuntos responsables de los delitos o bien, llegar a un acuerdo entre las partes.
En este caso, el sistema de justicia penal adversarial otorga salidas alternativas, conocidas como Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias, permiten a las partes resolver algún conflicto legal y establecer acuerdos reparatorios cuando exista algún daño patrimonial.
Si bien el sistema procesal penal está en vías de consolidación, los procedimientos pueden llegar a requerir al menos un año para que se determine la situación de la carpeta de investigación y en caso de que se judicialice, comience la siguiente etapa.
Otro tanto se observa en la participan antipiratería en juzgados de distrito, juzgados de control o garantías y tribunales de enjuiciamiento que conocen de los delitos en materia de derechos de autor y propiedad industrial registrados en las diversas causas penales.
De acuerdo con el Censo Nacional de Impartición de Justicia Federal (CNIJF) 2011-2019, jueces penales tuvieron conocimiento de 2 mil 925 causas por delitos en materia de derechos de autor entre 2010 y 2018. En este mismo periodo, se resolvieron 4 mil 892 causas por delitos en materia de invenciones y marcas.
Entre 2011-2019, los jueces tuvieron conocimiento de 272 causas penales por delitos en materia de propiedad intelectual, se resolvieron 443: y de 76 causas penales por delitos en materia de propiedad industrial entre 2017 y 2018, se resolvieron 47.
El censo aporta evidencia sobre la escasa respuesta de esta autoridad ya que entre 2017 y 2018 se tiene conocimiento de 7 sentencias por delitos en materia de derechos de autor y 4 en materia de propiedad industrial.
Lograr que la piratería adquiera relevancia en la agenda pública y posteriormente, se traslade a la agenda política ya sea en el ámbito legislativo, ejecutivo o judicial constituye el siguiente paso dentro de la respuesta institucional asociada a procedimientos legales, refiere Vélez Salas.
Con el cambio de gobierno, se advierte cómo el tema antipiratería fue perdiendo mucha fuerza. No es que en sexenios pasados hubiera un interés mayúsculo. Veíamos que la lucha antipiratería, cuando fue más intenso quizá fue en el sexenio de Fox, quien permitió mucha piratería en Guanajuato, donde hay municipios que viven de la piratería, apunta Vélez Salas.
“En 2018 vimos un deterioro de la aplicación de las normas antipiratería, tanto en el aparato penal, en la FGR, donde fue más marcado, cómo debilitaron esas áreas, les quitaron presupuesto, impedían realizar optativos, cateos en vía pública”, destaca.
Explica que la protección de este gobierno a la piratería fue para proteger al empleo precario, al ingreso de las familias que se dedican a comerciar con esos productos.
La respuesta de titulares de derechos para hacer valer sus derechos es por dos vías: a través del IMPI, una solicitud de declaración administrativa, en que titulares pagan a inspectores, para incluir todos los recursos jurídicos y a veces llegan a algún acuerdo reparatorio.
La otra vía es la penal, a través de denuncias ante la FGR, titulares de derecho en su mayoría realizan investigaciones y llevan la carpeta para que la FGR solo haga la orden de cateo y hagan la detención.
En el caso de los agroquímicos es muy sintomático, encontramos una empresa que era muy estricta con los plaguicidas, y es una de las pocas que logró una sentencia condenatoria, por venta de productos falsos.
Hay otro espectro de marcas, que mejor optan por tener un perfil bajo y cambiar su modelo de negocios. Ya no vender, y no dar tanto peso al producto en sí, sino mejorar la experiencia de compra. Tratan de diferenciarse a partir del servicio.
Otras empresas, como laboratorios, o ropa, sí hacen operativos. Pero, hay otras marcas de ropa que, si la autoridad detecta camisetas deportivas, no se van a enfrascar en una batalla legal para sancionar a venden estos productos.
Hay empresas más proclives y tenaces para proteger sus marcas, y derechos de autor, como sectores de lujo, algunas marcas de bolsas; y donde hay menos información es sobre el calzado, ropa. Mientras que en medicamentos hay varias experiencias, hay laboratorios muy tenaces, y otros declinan.
Como el delito de falsificación de marca es solo a petición de parte, pues el titular de derecho es el que tiene que ir a denunciar. La autoridad por sí misma no puede hacer nada. Caso contrario con los derechos de autor, ahí sí se persiguen de oficio, o deberían.
Hay muchos mecanismos y procedimientos de reparación de daños y perjuicios, por lo que ya no necesita que exista una solución firme administrativa o penal. Ya puedes iniciar tu proceso civil de daños y perjuicios en paralelo, el problema es que no hay quien lo haga, por falta de recursos y de aplicación de la ley.
Extinta PGR y el combate a la piratería
Periodo | Orden de Cateo Autorizado | Inmueble Cateado | Operativo en Vía Pública | Inspección en Aduana | Objetos Asegurados | Laboratorio Desmantelado | Fábrica desmantelada | Persona Detenida en Flagrancia | Vehículo Asegurado | Dinero y Valores | Inmueble Asegurado | Local Asegurado |
2012-12 | 4 | 40 | 0 | 0 | 264,119 | 1 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
2013 | 36 | 650 | 247 | 0 | 6,140,765 | 21 | 6 | 74 | 1 | $32,673.50 | 7 | 0 |
2014 | 53 | 680 | 63 | 0 | 12,723,991 | 37 | 5 | 109 | 4 | $544,153.00 | 4 | 0 |
2015 | 67 | 455 | 87 | 167 | 8,969,929 | 65 | 2 | 40 | 1 | $920.50 | 1 | 6 |
2016 | 26 | 189 | 7 | 75 | 643,845 | 3 | 0 | 1 | 1 | $0.00 | 2 | 0 |
2017 | 66 | 555 | 21 | 71 | 3,522,907 | 5 | 2 | 92 | 5 | $28,582.00 | 29 | 216 |
2018 | 92 | 602 | 10 | 0 | 754,573 | 0 | 1 | 23 | 1 | $10,107.00 | 34 | 407 |
2019 | 31 | 194 | 1 | 0 | 273,751 | 6 | 0 | 0 | 0 | $14,165.00 | 3 | 137 |
Totales | 375 | 3,365 | 436 | 313 | 33,293,880 | 138 | 16 | 339 | 13 | $630,601.00 | 80 | 766 |
Fuente: PGR
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