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Tras una serie de modificaciones legislativas, la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto de las reformas que prohíben la producción, distribución y enajenación de vapeadores, cigarrillos electrónicos y fentanilo ilícito, el cual entrará en vigor a partir del 16 de enero de 2025.
El dictamen, que adiciona diversas disposiciones a los artículos 4 y 5 constitucionales en materia de protección a la salud, establece que “la ley sancionará toda actividad relacionada con cigarrillo electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos electrónicos análogos que señale la ley, así como la producción, distribución y enajenación de sustancias tóxicas, precursores químicos, el uso ilícito del fentanilo y demás drogas sintéticas no autorizadas”.
De igual manera, precisa la prohibición de la profesión, industria, comercio interior o exterior, trabajo o cualquier otra actividad relacionada con estas sustancias químicas.
Por este motivo, el Congreso de la Unión deberá armonizar el marco jurídico de las leyes en las materias con el contenido del presente decreto; mientras que los Congresos Locales deberán realizar las adecuaciones normativas previstas, dentro de los 365 días próximos a la publicación de la reforma en el DOF.
Asimismo, las erogaciones que se generen se llevarán respecto a los presupuestos aprobados conforme al ejercicio fiscal, por lo que no se autorizan recursos adicionales para tales efectos.
El dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales en la LXV Legislatura es producto de la iniciativa presentada por el expresidente Andrés Manuel López Obrador, el 5 de febrero de 2024. El mismo fue presentado en la actual legislatura por el cuerpo legislativo.
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