El caso del operativo Rápido y Furioso –con el que autoridades de Estados Unidos introdujeron a México, en 2009, más de 1 mil 500 armas de alto poder para la delincuencia organizada, y con el permiso del gobierno de Felipe Calderón– volvió a la escena nacional, luego de que la jueza Novena de Distrito del estado de Sonora, Jesús Karina Ahumada Rábago, pretendió dejar en libertad a Luis Cárdenas Palomino, uno de los brazos derechos de Genaro García Luna en el sexenio calderonista.
Esta mañana, el subsecretario de Seguridad y Protección Ciudadana, Luis Rodríguez Bucio, exhibió que la juzgadora
Al presentar el informe Cero Impunidad, en la conferencia presidencial, el funcionario indicó que en el periodo se tuvo conocimiento de tres casos de jueces que favorecen a presuntos delincuentes. El primero que citó fue precisamente el de Luis Cárdenas Palomino, exfuncionario de la Secretaría de Seguridad Pública Federal en el gobierno de Calderón.
Al respecto, indicó que del proceso que se sigue en la justicia mexicana por el operativo “Rápido y Furioso”, intervino la jueza Jesús Karina Ahumada Rábago, “quien el 20 de enero de este año dictó auto de libertad por falta de elementos para procesar, a favor de Luis ‘N’, por el delito de omisión al no impedir la introducción a territorio nacional en forma clandestina de armas y municiones de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas”.
El general Rodríguez Bucio detalló que para la jueza Almada Rábago, “no se aportaron medios de convicción aptos y suficientes para acreditar el delito como lo mandata el artículo 21 constitucional”. Con ese criterio, la juzgadora pretendió que uno de los más cercanos colaboradores de García Luna obtuviera su libertad.
No obstante, el subsecretario añadió que actualmente Cárdenas Palomino continúa recluido en el penal de alta seguridad del Altiplano por otras causas penales que se le siguen. Entre ellas, si posible cooperación con el crimen organizado.
Operador del Cártel del Golfo
En un segundo caso, Rodríguez Bucio expuso que se trata de un asunto que involucra a un presunto operador financiero del Cártel del Golfo, a quien identificó como Rogelio “N”. Éste fue “detenido en un cateo con fentanilo y cocaína”.
Al respecto, detalló que el 14 de diciembre de 2023, el juez Crescencio Contreras Martínez determinó sobreseer la causa penal de Rogelio “N”, con lo que ordenó su libertad porque, determinó, “se afectó su presunción de inocencia”.
Según el juez Contreras Martínez, “el cateo en el que fue detenido Rogelio ‘N’, vulneró sus derechos fundamentales, pues no se le permitió nombrar testigos y su detención fue ilegal, ya que la situación no daba pauta a restringirlo de su libertad ni representaba riesgo alguno ante la cantidad de elementos participantes en el cateo”.
El subsecretario agregó, “el Ministerio Público había designado sus propios testigos en términos del criterio prudencial 164 mil 831 de la Suprema Corte de Justicia, lo que lo facultaba para iniciar la diligencia de cateo en ausencia de respuesta de algún ocupante del domicilio donde fue el cateo. Este mismo juez, en otro caso, solicitó el traslado de José Alberto ‘N’, alias la Quena, a un penal de Reynosa, cuando fue detenido el 17 de enero de 2024, a pesar del riesgo que representaba dicho traslado. Además, en su audiencia del 25 de enero de este año, decretó la no vinculación a proceso a su favor. José Alberto ‘N’ continúa recluido por el delito de secuestro”.
Caso Lozoya-Pemex
El tercer caso fue el del exdirector general de Petróleos Mexicanos al inicio del sexenio de Enrique Peña Nieto, Emilio Lozoya Austin, relacionado con el presunto fraude a Pemex por los contratos asignados a la trasnacional brasileña Odebrecht.
Este, dijo el subsecretario de Seguridad, “involucra a la jueza Sandra Leticia Robledo Magaña, quien el 23 de enero de este año otorgó una suspensión provisional a favor de Emilio ‘N’, quien promovió amparo contra la resolución de fecha 15 de diciembre del 23, pues el juez de Control del Reclusorio Norte le negó el cambio de la medida cautelar de prisión preventiva justificada”.
En ese contexto, Rodríguez Bucio explicó que, el 6 de febrero pasado, la jueza Robledo Magaña decretó esta suspensión de manera definitiva, que prevalecerá hasta en tanto se resuelva de fondo el amparo y no implica la libertad de Emilio “N”.
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