“El SAT nunca pidió la constancia de situación fiscal, no es un requisito del SAT”, aclaró esta mañana la maestra Raquel Buenrostro Sánchez. La jefa del Servicio de Administración Tributaria explicó que el origen de la saturación en sus oficinas de atención a los contribuyentes se deriva de una exigencia de los empleadores y no de la institución.
La exigencia de empresas e incluso dependencias de gobierno se aplicó lo mismo a plantillas laborales activas que a pensionadas, luego de que la miscelánea fiscal aplicable a 2022 estableció la necesidad de que el SAT verificara en las facturas el nombre, la razón social y el código postal de quien las emite, además del RFC, que era el único elemento que se verificaba en el pasado por sistema.
Acerca de la saturación en las citas y las largas filas en atención a los contribuyentes, la maestra Buenrostro Sánchez explicó en la conferencia presidencial que se debió a “que la mayoría de las personas que tienen sueldos y salarios no conocen el código postal que tienen registrado ante el SAT. “Como no conocen el código postal, pues fueron los propios gerentes de recursos humanos de las empresas que mandaron a los trabajadores a conseguir el dato del SAT y en el SAT el documento que contiene esa información, pero además tiene otra más, es la constancia de situación fiscal”.
El requisito de verificación del nombre, razón social y código fiscal iba a entrar en vigor a partir del 1 de julio. Al respecto, la jefa del SAT indicó: “¿qué es lo que pasa?, pues que siempre se deja el trámite hasta el último [momento]. La fecha límite era el 1 de julio y en mayo empezaron a llegar las solicitudes de constancia. Lo dejaron hasta el final y luego lo que empezaron a hacer fueron muchos patrones a condicionar o a presionar a los trabajadores para condicionales el pago”.
Por ello, reiteró: “el SAT no pidió la constancia de situación fiscal”. Y señaló que “ningún empleador puede condicionar el pago de un trabajo ya devengado por un trámite administrativo de ningún tipo”.
Asimismo, indicó que la factura o el timbrado de nómina lo único que debe contener es el código postal y el nombre correcto del trabajador, por lo cual si saben esa información sus patrones no tienen por qué exigirles la constancia de situación fiscal. La maestra Raquel Buenrostro indicó los trabajadores pueden denunciar si un empleador les condiciona el pago, porque eso es ilegal.
Respecto de las largas filas, indicó que cuando notaron ese fenómeno se decidió posponer la medida: “desde el 8 de junio publicamos una facilidad administrativa donde dijimos que eso no lo íbamos a exigir y lo dejamos hasta el 1 de enero de 2023”.
Asimismo, explicó que no se necesita ir a ventanilla para realizar el trámite: “hay varios caminos: por ejemplo, se puede hacer desde lo que llamamos el SAT Móvil, el SAT ID, que es otra nada más con uso de contraseña, y el otro es el portal del SAT, esos tres caminos se pueden utilizar sin necesidad de ir a la ventanilla. Desafortunadamente, tampoco la gente está muy familiarizada con los aplicativos, con las aplicaciones, pero la verdad para eso se hizo la prórroga y desde el 8 de junio se publicó la prórroga hasta el 1 de enero del 23”.
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