Desde hace casi cuatro años, cuarenta familias habitantes del municipio Nezahualcóyotl, Estado de México, piden a la Comisión Nacional del Agua (Conagua) tomar responsabilidad respecto de la inundación de aguas negras que dejó la lluvia del 23 de junio de 2019. Ello, con el objetivo de que la instancia federal les pague indemnizaciones por las pérdidas materiales que sufrieron.
No obstante, la institución señala que en la atención a esa precipitación se actuó con diligencia y no procede la solicitud de las indemnizaciones, pues el incidente se debió a un fenómeno natural y no a un error humano. En entrevista con Contralínea, Heriberto Montes –gerente de Aguas Superficiales e Ingeniería de Ríos de la Conagua– asevera que el día de los hechos se actuó bajo el protocolo de operación conjunto del Sistema Hidrológico del Valle de México, que establece las reglas y políticas para el manejo del agua en la región.
“El grupo de monitoreo trabaja constantemente las 24 horas del día y está muy atento a cualquier cuestión que ocurra en cualquier lluvia para estar notificando y que se opere si es el caso”. En razón de ello, el funcionario enfatiza que la velocidad de los escurrimientos en las redes de drenaje –particularmente las municipales– fue demasiado grande en un periodo tan corto, lo que provocó que éstas se saturarán y las descargas fueran ineficientes. Posteriormente, fue rebasada la capacidad y se provocó la inundación.
No obstante, los afectados insisten que sí hay elementos de responsabilidad. Blanca Irene Solano González, coordinadora de la Unión de Vecinos de Valle, Segunda Sección y Plaza Aragón señala: “somos gente de la tercera edad, ya fallecieron tres compañeros y no vemos que la justicia llegue”.
El día de la inundación cayó una lluvia extraordinaria derivada de la onda tropical número 6. No sólo se registraron pérdidas en mobiliario, aparatos eléctricos y vestimenta; daños a la infraestructura y al sistema eléctrico, sino también afectaciones a la salud de los vecinos de dicha sección.
Los vecinos señalan que la Conagua es la institución encargada de aplicar los debidos protocolos nacionales para maniobrar el agua, tomar decisiones y, en este caso en particular, lograr la seguridad hídrica y evitar incidentes. Desde su percepción, eso no se realizó. Por ello, presentaron una reclamación de indemnización ante la Dirección de Asuntos Jurídicos del Organismo de Cuenca Aguas del Valle de México (OCAVM), acompañada de documentos y pruebas del desbordamiento (relatoría del suceso, fotografías y videos de los inmuebles, mobiliario y objetos dañados). Sin embargo, acusan que el 20 de septiembre de 2022 fue declarada como no procedente.
Ante esa respuesta, los vecinos pidieron una revisión exhaustiva del caso al entonces director de la OCAVM, Víctor Bourguett Ortiz; y el 27 de octubre del año pasado –ante la Oficina de Atención Ciudadana de la Presidencia de la República– presentaron un escrito de desacuerdo sobre la resolución antes mencionada. No obstante, también se les indicó que no podía ser revocada.
Luego de analizar el desbordamiento del pasado 23 de junio en el municipio de Nezahualcóyotl, el investigador en ingeniería hidráulica del Instituto de Ingeniería de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), Ramón Domínguez Mora, concluyó que Conagua sí debería indemnizar a los vecinos de las colonias Plazas de Aragón y Valle de Aragón, Segunda Sección.
Explicó que la velocidad con la que transcurrió la tormenta ocasionó “retraso en la implementación de algunas acciones”: el incremento en los niveles en el Túnel Interceptor Pío de los Remedios (TIRR) medidos en la lumbrera seis, se dio en aproximadamente una hora; mientras que los bombeos en las plantas Caracol y Casa Colorada profunda se incrementaron cuando ya los niveles en el TIRR eran muy altos. El ingeniero señala que “al tener niveles en el TIRR por arriba de la cota 2218, el drenaje de las colonias –cuyas cuencas también recibieron aportaciones de manera súbita– a las captaciones, se hizo ineficiente y se produjo la inundación”.
El especialista señaló que para evitar el incidente, la Conagua debía “bombear al cajón del río de Los Remedios”. Sin embargo, la descarga del cajón era hacia el Gran Canal, que también presentaba problemas. Con dicha explicación, reiteró, se justifica que haya una indemnización a las personas afectadas. La opinión del experto solicitada por los vecinos fue presentada junto con los documentos de prueba a la institución que fueron desechados.
El argumento de la Conagua para tal decisión de improcedencia es que tras iniciarse la lluvia se actuó de manera eficaz y con rapidez, pues se activaron los protocolos ante la emergencia. El Protocolo de Operación Conjunta entró en operación a las 21:30 horas; mientras que a las 21:55 horas, se realizó el cierre total de compuertas de los Vasos Fresnos y Vasos Carretas. A las 03:20 horas, se desactivó el protocolo, e inició el vaciado del sistema a las 03:35 con la apertura de compuertas en los Vaso Carretas y Vaso Fresnos. El organismo mencionó que, “en todo momento, la infraestructura hidráulica para el desalojo de las aguas residuales y pluviales que se producen en el Valle de México, estuvo disponible y en operación, sin embargo, debido a la magnitud y velocidad con la que transcurrió el evento, los sistemas alcanzaron su máxima capacidad y no fue suficiente para desalojar y/o regular todo el volumen que ingresaba al sistema”.
Heriberto Montes, gerente de Aguas Superficiales e Ingeniería de Ríos de la Conagua, explica a este semanario que “el protocolo estaba operando, las obras estaban operando, todo estaba funcionando sin ningún inconveniente”. No hubo una situación diferente ni tampoco una omisión en el caso, asegura.
Agrega que “el monitoreo meteorológico estuvo totalmente disponible. La operación del drenaje se hizo en tiempo y forma; todas las diferentes obras de infraestructura, involucrando las diferentes plantas de bombeo, estuvieron operando de forma correcta y sin ningún contratiempo en cuestión de irregularidades u omisión”.
El funcionario afirma repetidamente que la inundación se debió a la lluvia extraordinaria: “no hubo una situación diferente, porque cuando hay una lluvia en el Valle de México, se nos reportan los datos antes de que pase algo y se está actualizando la información en tiempo real”. Por ello, señala que de acuerdo con el artículo tercero de la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado se exceptúa de indemnizar los casos fortuitos de fuerza mayor, los daños y perjuicios que no sean consecuencias de una actividad irregular del Estado.
No obstante, desde el día de los hechos los vecinos continúan reclamando la indemnización. Señalan que muchos de los afectados son personas mayores que buscan únicamente resarcir el daño que generó en su vida la inundación de aguas negras producida el 23 de junio de 2019. “Somos gente de la tercera edad y la mayor parte de las compañeras son amas de casa, […] y no se vale porque perdimos muchas cosas y las hemos repuesto como se ha podido, con mucho trabajo”, indica Blanca Irene Solano González. “El agua nos agarró durmiendo, fue un horror. Es horrible. Era agua negra”.
Comenta que los afectados han transitado por la vía pacífica, pues saben que un proceso legal es, en su mayoría, muy extenso, desgastante y ocasionalmente se llega a resolver. “A Conagua le demostramos y ellos lo saben: tuvimos que demostrarles que nos inundaron. […] Ellos son los que cierran y abren la compuerta para que el agua venga por aquí”.
Los vecinos explican que se han llevado a cabo reuniones con representantes de la Conagua, pero ellos siguen aseverando que no tiene responsabilidad. El próximo 23 de junio se cumplirán cuatro años de que los vecinos exigen a la Conagua una indemnización. Desde ese día, aseguran, la Comisión Nacional del Agua los ha vulnerado, al evadir su responsabilidad en el tema.
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