La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), junto con autoridades penitenciarias de los estados de Chiapas, Estado de México, Guerrero, Michoacán, Nayarit, Oaxaca, Puebla, San Luis Potosí, Veracruz y Yucatán, además de varias defensorías públicas, realizaron mesas de trabajo para identificar el impacto en los derechos humanos de las personas indígenas privadas de la libertad.
A partir de estas actividades institucionales, y como parte de las propuestas de distintos informes y la Recomendación general 45/2021 sobre personas indígenas en procesos penales, se identificó la necesidad de garantizar que la gente proveniente de pueblos originarios tenga acceso a servicios de intérpretes y traductores durante los procesos penales, señaló el comunicado 021/2026 de la Dirección General de Difusión de los Derechos Humanos (DGDDH).
El documento indicó que, de acuerdo con el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI), solo en 22 entidades de la República hay personas que ayudan a traducir estos procesos jurídicos, así como fondos para la excarcelación de personas indígenas en reclusión.
Otro punto abordado por las instituciones del Estado mexicano para salvaguardar a estas personas cuando son detenidas y presentadas ante la autoridad fue la necesidad de implementar acciones que protejan el derecho a la identidad cultural de quienes pertenezcan a un pueblo originario, vinculadas con el uso de la lengua y las prácticas originarias, entre ellas la medicina tradicional.
Asimismo, el oficio menciona la intención de garantizar el “emprendimiento de medidas conjuntas para la salvaguardia de sus derechos, de manera particular el acceso a una defensa técnica intercultural; así como la promoción de beneficios de preliberación o libertad anticipada”.
Por otra parte, se realizaron visitas a 29 centros de reinserción social para identificar prácticas por parte de las autoridades de los lugares. Entre los puntos a verificar estaban: difusión de materiales en las lenguas indígenas habladas en el sitio sobre régimen disciplinario, derechos y obligaciones de las personas encarceladas; documentación en esos idiomas; personal hablante de las lenguas para funcionar como traductores; saludos con enfoque multicultural, con plantas medicinales o ungüentos tradicionales; e información a las familias para que puedan visitar a sus parientes.
Así, el comunicado subrayó las conclusiones de la CNDH: es necesaria una “campaña de concientización efectiva sobre el respeto, protección y garantía de los derechos humanos de las personas indígenas afrodescendientes y afromexicanas privadas de la libertad; además de las herramientas y mecanismos a las que tienen derecho para una debida defensa, sin dejar de lado la implementación de una estrategia reforzada por parte de las autoridades corresponsables en la materia conforme a una perspectiva intercultural”.



















