CNDH pide a Fiscalía de Veracruz reabrir caso de Ernestina Ascencio Rosario

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Redacción

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) exhortó públicamente a la Fiscalía General de Veracruz para que instruya la reapertura de la investigación del caso de la indígena Ernestina Ascencio Rosario, violada sexualmente por militares en febrero de 2007, lo que derivó en su defunción. Ello, para facilitar los procesos de memoria, verdad, justicia y reparación.

“Esta revisión constituirá un parteaguas que obliga a hacer revisiones pendientes sobre casos emblemáticos en los que se han violado los derechos humanos por parte del Estado mexicano y sobre todo en materia de reparación integral del daño”, consideró el organismo autónomo.

En caso de aceptar, la reapertura de la indagatoria corresponderá a la Fiscalía Coordinadora Especializada en Asuntos Indígenas y Derechos Humanos. Este exhorto se dio luego de que el pasado 8 de marzo la CNDH consideró “pertinente revisar su propia actuación en el caso, así como analizar presuntas violaciones al derecho a la libertad sexual, al derecho a la vida y al derecho a la protección de la salud de Ernestina Ascencio Rosario bajo una perspectiva de género, por lo que se radicará el expediente de queja correspondiente”.

Para la Comisión, “si bien el 25 de febrero de 2007 familiares de Ernestina Ascencio y funcionarios del hospital denunciaron el ataque sexual a la Procuraduría General de Justicia del Estado de Veracruz (PGJV), originando la investigación 140/2007/AE por violación y posterior homicidio. Y que si bien el 27 de febrero de 2007 la CNDH abrió el expediente de queja número 2007/901/2/Q, que derivó en la emisión de la Recomendación 34/2007, sin embargo, es la fecha que la justicia plena sigue siendo un reclamo porque hay incumplimiento en la atención a las personas familiares de la señora Ernestina Ascencio, quienes exigen el esclarecimiento de las indagatorias”.

En este caso de la mujer indígena que perdió la vida tras ser víctima de violación tumultuaria, criticó que “los argumentos no son congruentes con el principio pro persona –consistente en brindar la protección más amplia al gobernado– ni con el derecho a un recurso efectivo señalado en la Convención Americana sobre Derechos Humanos”.

En un comunicado, el organismo autónomo también manifestó que se debe generar un proceso de colaboración y coordinación interinstitucional para garantizar los derechos de las víctimas y fortalecer la plena eficacia del Sistema de Protección no Jurisdiccional de los Derechos Humanos.

Asimismo, “emitir un diagnóstico desde un enfoque de interseccionalidad dadas las características y contexto de la señora Ernestina Ascencio Rosario, la cual pertenece a grupos de atención prioritaria en su condición de mujer, indígena, adulta mayor en un contexto socioeconómico de alta marginación”.

Otro punto que destacó es el de “colaborar en la queja que, por este caso, se presente en la Contraloría General de la Fiscalía en contra de quienes resulten responsables de las irregularidades señaladas; llevar a cabo revisiones periódicas de las carpetas de investigación iniciadas por violencia sexual, desaparición de personas con la finalidad de que ningún caso deje de ser indagado y realizar las diligencias necesarias para su correcta integración”.

Para la CNDH también es importante que se garanticen los derechos de debido proceso y seguridad jurídica de las personas; se repare a las personas en situación de víctimas, tanto directas como indirectas; se genere una estrategia de cumplimiento a las medidas de no repetición; se diseñe e instale un mecanismo de participación ciudadana para dar seguimiento a la estrategia de cumplimento a las garantías de no repetición bajo criterios tales como transparencia, máxima publicidad y progresividad de los derechos humanos; y se fortalezcan los programas de promoción y protección de derechos humanos en coadyuvancia con la Comisión Estatal de Derechos Humanos, la Universidad Veracruzana, la CEAV estatal y federal, y la propia CNDH, en materia de atención a las personas en situación de víctimas.

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