La reforma a la Ley General de Salud en materia de prevención del suicidio busca identificar a personas en riesgo, mejorar la salud mental de la población a través de la promoción de la salud mental, y la atención de las personas con trastornos mentales y del comportamiento, indicó la nota legislativa número 90 del Instituto Belisario Domínguez. Para ello, la administración federal creará el Consejo Nacional para la Prevención del Suicidio.
Ello, porque la elevada incidencia del suicidio en México representa un grave problema de salud pública que no sólo afecta a la persona que atenta contra su vida, “sino que también genera graves consecuencias para la salud física, psicológica y emocional de los familiares que sufren la pérdida”.
Según datos del Inegi –citados por el Instituto dependiente del Senado–, en México el suicidio ha cobrado la vida de 90 mil 49 personas en el periodo de 2000 a 2017. Un 40 por ciento corresponde a adolescentes, pero también jóvenes de 19 a 29 años de edad.
Asimismo, la Nota del IBD señaló que “si bien las causas del suicidio son multifactoriales”, ´wste se puede prevenir a través de medidas de carácter interdisciplinario que pueden ayudar a reducir significativamente las muertes por lesiones autoinfligidas.
Por ello, la Ley General de Salud adiciona la fracción VI Bis al artículo 3; la fracción VI Bis al artículo73 y un nuevo título denominado “De la Prevención del Suicidio” para establecer la prevención y control del suicidio, así como la asistencia por lesiones autoinfligidas con el propósito de perder la vida, así como la implementación del Programa Nacional de Prevención del Suicidio con el fin de prevenir, detectar y atender el suicidio.
De igual forma, se busca la disminución de la incidencia del suicidio mediante la prevención, asistencia y postvención –acciones posteriores a la consumación de suicidio para el tratamiento de familiares de la persona que ha perdido la vida, o de la víctima de la tentativa de suicidio y sus familiares– en el ámbito federal, estatal y municipal.
Para la instrumentación de la ley se prevé la creación del Consejo Nacional para la Prevención del Suicidio, presidido por el secretario de Salud y los titulares de otras dependencias y entidades de la administración pública federal, los homólogos de los estados, así como especialistas y voluntarios de la sociedad civil organizada. Ello, con la finalidad de elaborar el Plan Nacional de Prevención del Suicidio, el protocolo de atención ante situaciones de riesgo, el programa de capacitación para la prevención del suicidio, la asistencia y postvención dirigido a los responsables públicos, así como elaborar el registro de los intentos de suicidio y suicidios consumados y evaluarla implementación del Programa Nacional de Prevención del Suicidio.
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